Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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44 NORMAS LEGALES Sábado 1 de agosto de 2026 El Peruano / partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 4.- Disponer que las entidades proporcionen los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información y Gobierno Digital de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 6.- Publicar la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https:// www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2538605-1 Designan Jefe del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 411-2026-CG Lima, 30 de julio de 2026 VISTOS:La Hoja Informativa N° 000169-2026-CG/VCG, de la Vicecontraloría de Control Gubernamental; el Memorando N° 000237-2026-CG/GPOIN, de la Gerencia de Control Político, Institucional y Económico; el Memorando N° 000205-2026-CG/GCSPB, de la Gerencia de Control de Servicios Públicos Básicos; la Hoja Informativa N° 000050-2026-CG/JUSPE, de la Subgerencia de Control del Sector Justicia, Político y Electoral; la Hoja Informativa N° 000034-2026-CG/VICOS, de la Subgerencia de Control del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Memorando N° 000910-2026-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; el Memorando N° 001480-2026-CG/ POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa N° 000369-2026-CG/ PER y la Hoja de Envío N° 021063-2026-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; la Hoja Informativa N° 000631-2026-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000781-2026-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República;Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y sus modi fi catorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la Directiva de los OCI establece que el Jefe del Órgano de Control Institucional designado por la Contraloría General de la República ejerce sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el período de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes del Órgano de Control Institucional termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del Órgano de Control Institucional; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría General de la República; e) separación defi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación; Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las Entidades Públicas, cautelando la legalidad y e fi ciencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control gubernamental y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fi nes y metas institucionales; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución de Contraloría N° 086-2026-CG de 05 de febrero de 2026, se designó al señor Alberto Héctor García Aguirre en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros – PCM; Que, la Vicecontraloría de Control Gubernamental, mediante la Hoja Informativa Nº 000169-2026-CG/VCG, en atención a sus funciones establecidas en el literal e) del artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 274-2025-CG, y sus modi fi catorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Subgerencia de Control del Sector Justicia, Político y Electoral para dar por terminada la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, de conformidad con el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI, lo cual se justi fi ca en la recon fi guración de las jefaturas de algunos Órganos de Control Institucional, que implica concluir las existentes, a fi n de racionalizar los recursos humanos, optimizando los servicios y con ello fortaleciendo el Sistema Nacional de Control y a los Órganos de Control Institucional bajo su ámbito de control, mejorando y asegurando el ejercicio pertinente, efectivo y e fi ciente del control gubernamental; así como, a la propuesta de la Subgerencia de Control del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento para designar en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, a través de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, se establece, entre otros aspectos, los requisitos mínimos para acceder a los cargos de funcionario público y directivo público de libre designación y remoción del nivel