Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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50 NORMAS LEGALES Sábado 1 de agosto de 2026 El Peruano / de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Estando al acuerdo del Consejo Universitario, Ley N.º 32513 del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE HABER a favor del MGT. WILBER BOLIVAR YAPURA, Profesor Auxiliar a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Arqueología de la Facultad de Ciencias Sociales, por el periodo comprendido del 26 de julio al 01 de agosto de 2026, para asistir en calidad de ponente en el “SIMPOSIO TAWANTINSUYU 2026” en el marco del “XII CONGRESO NACIONAL DE ARQUEOLOGIA ARGENTINA-BUENOS AIRES”, a llevarse a efecto del 27 al 31 de julio de 2026 en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina Segundo.- DISPONER que la Dirección General de Administración de la Institución otorgue a favor del docente bene fi ciario Mgt. Wilber Bolivar Yapura, lo siguiente: - Apoyo económico traducido en dos (02) días de viáticos S/ 2,510.08 ($ 740 = T.C. S/ 3,392 al 06/07 – SUNAT) - Adquisición de pasajes aéreos Cusco-Lima-Buenos Aires-Lima-Cusco - Inscripción en el evento - Publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Tercero.- El EGRESO que se origine por la aplicación de la presente resolución se atenderá con cargo al Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario 934-2026; documento que en anexo forma parte de la presente resolución. Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad con lo establecido en el Art. 3° de la Ley 27619. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del bene fi ciario de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nº 1 Declaración de Compromiso; asimismo, está en la obligación de presentar ante la Dirección General de Administración, la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituya la sustentación de gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de viaje y Declaración Jurada con carácter excepcional) siempre que no haga uso de la movilidad institucional, la comisionada deberá de sustentar con alimentación y alojamiento al 100% con comprobantes de pago, debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, “UNSAAC”, por concepto de ALIMENTACIÓN Y ALOJAMIENTO; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo de diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de retorno, perdiendo el derecho luego del citado periodo y el Formato Nº 3 que deberá ser remitido de manera virtual al correo electrónico institucional área.integració[email protected]_pe. el mismo día de la presentación de la documentación física, con el tenor “RENDICIÓN DE CUENTAS-RESOLUCIÓN Nro..... NOMBRE DEL BENEFICIARIO”, para cuyo efecto presentará los formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados mediante Resolución Nº CU-0309-2020-UNSAAC de fecha 10 de septiembre de 2020 proporcionados por la Sub Unidad de Tesorería de la Dirección General de Administración, igualmente presentará informe ante la DIGA y Despacho Rectoral, respectivamente. Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar, el incumplimiento a la Unidad de Recursos Humanos, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 6.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nº CU- 0309-2020-UNSAAC. Séptimo.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del bene fi ciario de presentar al retorno de su licencia, documento que acredite su participación en el evento a que se re fi ere la presente; así como informe ante el Despacho Rectoral y Facultad de Ciencias Sociales. Octavo.- DISPONER, que la Unidad de Red de Comunicaciones de la UNSAAC, proceda a la publicación de la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe y en la página web de la Institución www.unsaac.edu.pe. El Vicerrectorado Académico, la Dirección General de Administración, la Unidad de Recursos Humanos, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.LAURO ENCISO RODAS Rector 2535333-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Modifican el cronograma electoral aprobado mediante el Acuerdo de fecha 18/3/2026 para las consultas populares con fines de demarcación territorial convocadas mediante las Resoluciones Nº 0895-2026-JNE, Nº 0896-2026-JNE, Nº 0897-2026-JNE, Nº 0898-2026-JNE y Nº 0899-2026-JNE ACUERDO DEL PLENO (24/7/2026) VISTOS: El o fi cio Nº D000089-2026-RENIEC/SGEN del 22/7/2026 suscrito por la Secretaria General (e) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (Reniec), el Acta de acuerdos de la reunión de coordinación interinstitucional para la modi fi cación del cronograma de las consultas populares con fi nes de demarcación territorial del 24/7/2026, así como el Acuerdo del Pleno del 18/3/2026; y CONSIDERANDO QUE:1. Mediante el Acuerdo de fecha 18/3/2026 se aprobó el cronograma electoral para las consultas populares con fi nes de demarcación territorial que han sido convocadas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) mediante las resoluciones: a) Nº 0895-2026-JNE respecto a la anexión de los centros poblados Seccha, Tantana, Santa Rosa de Patopampa y Wariwayin, pertenecientes originalmente al distrito de La Unión, provincia de Dos de Mayo, al distrito de Rondos, provincia de Lauricocha, en el departamento de Huánuco, b) Nº 0896-2026-JNE respecto a la anexión de los centros poblados Topa, San Pablo, Once de Octubre, Julio C. Tello, Nueva Zelandia, José Carlos Mariátegui, Antonio Mansilla, Villa Cedro, Libertad de Pampas, José Olaya y Pueblo Libre, pertenecientes originalmente al distrito de Chaglla, provincia de Pachitea, al distrito de Daniel Alomía Robles, provincia de Leoncio Prado, en el departamento de Huánuco, c) Nº 0897-2026-JNE respecto a la anexión del distrito de Chinchihuasi, ubicado en la provincia de Churcampa, a la provincia de Tayacaja, en el departamento de Huancavelica; d) Nº 0898-2026-JNE respecto a la creación del distrito de Pachacútec, en la Provincia Constitucional del Callao; e) Nº 0899-2026-JNE respecto a la delimitación entre los departamentos de Apurímac y Ayacucho.