Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (01/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 240

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Sábado 1 de agosto de 2026 El Peruano / debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, “UNSAAC”, por concepto de ALIMENTACIÓN Y ALOJAMIENTO; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo de diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de retorno, perdiendo el derecho luego del citado periodo y el Formato Nro. 3 que deberá ser remitido de manera virtual al correo electrónico institucional área.integració[email protected]_pe. el mismo día de la presentación de la documentación física, con el tenor “RENDICIÓN DE CUENTAS - RESOLUCIÓN Nro ..... NOMBRE DEL BENEFICIARIO”, para cuyo efecto presentará los formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados mediante Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC de fecha 10 de septiembre de 2020 proporcionados por la Sub Unidad de Tesorería de la Dirección General de Administración, igualmente presentará informe ante la DIGA y Despacho Rectoral, respectivamente. Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar, el incumplimiento a la Unidad de Recursos Humanos, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 6.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC. Séptimo.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del bene fi ciario de presentar al retorno de su licencia, documento que acredite su participación en el evento a que se re fi ere la presente; así como informe ante el Despacho Rectoral y Facultad de Agronomía y Zootecnia. Octavo.- DISPONER, que la Unidad de Red de Comunicaciones de la UNSAAC, proceda a la publicación de la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe y en la página web de la Institución www.unsaac.edu.pe. El Vicerrectorado Académico, la Dirección General de Administración, la Unidad de Recursos Humanos, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.LAURO ENCISO RODAS Rector 2535328-1 Conceden licencia a docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para asistir a evento que se realizará en Argentina UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU -359-2026- UNSAAC Cusco, 9 de julio del 2026EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente Nº 26042190, presentado por el MGT. WILBER BOLIVAR YAPURA, Profesor Auxiliar a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Arqueología de la Facultad de Ciencias Sociales, solicitando licencia con goce de haber, para participar como ponente en evento internacional, que se indica, y; CONSIDERANDO: Que, a través del expediente del Visto, el Mgt. Wilber Bolivar Yapura, Profesor Auxiliar a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Arqueología de la Facultad de Ciencias Sociales, solicita licencia, a fi n de participar en calidad de ponente en el “SIMPOSIO TAWANTINSUYU 2026”, con la ponencia “Los ‘otros Cusco’: paisajes de poder y articulación territorial Inka entre el Cusco y la región de Vilcabamba” en el marco del “XII CONGRESO NACIONAL DE ARQUEOLOGIA ARGENTINA-BUENOS AIRES”, a llevarse a efecto del 27 al 31 de julio de 2026 en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina; para el efecto acompaña carta de aceptación de su ponencia, suscrita por el coordinador del evento; Que, al efecto solicita se le conceda licencia con goce de haber del 26 de julio al 01 de agosto de 2026; asimismo, el otorgamiento de pasajes, viáticos y pago de inscripción en el evento; Que, mediante O fi cio Nº D-0471-2026-FCCSS- UNSAAC, el Dr. Francisco Medina Martinez, Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, remite la solicitud formulada por el Mgt. Wilber Bolivar Yapura, comunicando que el Consejo de Facultad de dicha Unidad Académica, en sesión ordinaria del 03 de junio de 2026, aprobó por unanimidad la licencia con goce de haber a favor del citado docente; Que, obra en autos el O fi cio Nº 017-DDAA-EPA-FCS- UNSAAC, cursado por el Mgt. José Luis Tovar Cayo, director ( e) del Departamento Académico de Arqueología, comunicando que en sesión de junta de docentes de dicha Unidad Académica de fecha 18 de mayo de 2026, se aprobó por unanimidad, la solicitud de licencia con goce de haber a favor del Mgt. Wilber Bolivar y acompaña copia del acta de sesión; Que, con relación a la carga académica del recurrente, se tiene el compromiso de escrito de los docentes: Mgt. John Apaza Huamaní y Dr. Wilber Quispe Conya, de asumir el dictado de las asignaturas a su cargo, en el periodo correspondiente a la licencia, con lo que se garantiza la solución a la carga académica; Que, igualmente se tiene en el expediente el Informe Escalafonario Nº 1344-2026-SUEP-URH-DIGA/UNSAAC (VIRTUAL), a través del cual el jefe (e) de la Sub Unidad de Escalafón y Pensiones de la Unidad de Recursos Humanos, emite el informe escalafonario respecto del administrado, del que se colige que su rati fi cación se encuentra vigente; Que, mediante O fi cio Nº 397-2026-VRAC-UNSAAC, el Vicerrector Académico de la Institución, se pronuncia favorablemente a efecto de que se conceda licencia con goce de haber a favor del docente Mgt. Wilber Bolivar Yapura, a efecto de que pueda asistir como ponente en el evento señalado precedentemente; precisando que lo solicitado se encuentra dentro del Plan Anual de Capacitación Docente 2026 del Departamento Académico de Arqueología; Que, la jefa de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto expide el Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nº 934-2026 indicando la afectación presupuestal para atender lo solicitado, conforme se tiene en el anexo de la presente resolución; Que, la solicitud formulada por el Mgt. Wilber Bolivar Yapura, sobre concesión de Licencia con goce de haber del 26 de julio al 01 de agosto de 2026 y apoyo económico para participar como ponente en el “SIMPOSIO TAWANTINSUYU 2026” en el marco del “XII CONGRESO NACIONAL DE ARQUEOLOGIA ARGENTINA-BUENOS AIRES”, a llevarse a efecto del 27 al 31 de julio de 2026 en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en sesión ordinaria de fecha 08 de julio de 2026, siendo aprobada por unanimidad; Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley N.º 32513 del Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2026; especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nº 27619, Reglamentado por el D.S. Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fi nes; Que, al respecto el Art. 1° de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad; asimismo, el Art. 3° de la referida ley, señala que las resoluciones de autorización