Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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132 NORMAS LEGALES Sábado 29 de agosto de 2026 El Peruano / Formato 13: Programación de Gastos y Actividades del Financiamiento Público Directo. Artículo Segundo.- ESTABLECER que los formatos y sus anexos relacionados al FPD que forman parte de la presente resolución deben ser utilizados por las organizaciones políticas bene fi ciarias para presentar su programación de gastos y actividades, así como, para la presentación de la rendición de cuentas de los fondos del FPD para el periodo comprendido del 27 de julio hasta el 31 de diciembre de 2026. ANEXOS FORMATO-10 NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN POLITICA CÉDULA CENTRAL DE INGRESOS Y GASTOS DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO DIRECTO Período: (meses) (año) ANEXO CONCEPTO DEL INGRESO TOTAL, S/ 10A Ingresos del Financiamiento Público Directo TOTAL, INGRESOS DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO DIRECTO S/ 0.00 ANEXO CONCEPTO DEL GASTO TOTAL, S/ 10B Gastos en actividades ordinarias S/ 0.00 10C Gastos en actividades de formación S/ 0.00 10D Gastos en actividades de capacitación S/ 0.00 10E Gastos en actividades de investigación S/ 0.00 TOTAL, GASTOS DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO DIRECTO S/ 0.00 SALDO DEL FPD AL _ S/ 0.00 Emitimos y suscribimos el presente formato en cumplimiento de las disposiciones contempladas en la Ley de Organizaciones Políti cas y en el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios. La información de ingresos y gastos consignada, constituye información fidedigna y se encuentra registra da en los libros contables de la organización política. Firma del (de la) Contador/a de la organización política Firma del (de la) Tesorero/a de la organización política Nombres y Apellidos: Nombres y Apellidos: D.N.I.: D.N.I.: Nº de matrícula: Colegio de Contadores de: La información declarada en el presente formato, corresponde al desarrollo del Formato 13 - Programación de Gastos y Actividades , aprobado por nuestra organización política, respecto de los gastos financiados con fondos del financiamiento público directo, en concordancia con lo establecido en la Ley de Organizaciones Políticas y del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución y sus anexos en el diario o fi cial El Peruano, así como, en la web o fi cial de la ONPE alojada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/onpe ) y en el Portal de Transparencia de la ONPE Regístrese, comuníquese y publíquese.LIDIA HERMELINDA FLORES JESFEN Gerente de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios