Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (21/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Sábado 21 de febrero de 2026 El Peruano / establece que la gestión del riesgo ante los efectos del cambio climático es un proceso de adopción de políticas, estrategias y acciones concretas, con el objetivo de reducir daños actuales o, prevenir o evitar los daños futuros, a las poblaciones y sus medios y formas de vida, territorios, ecosistemas, infraestructura, bienes y servicios, entre otros, o a las alteraciones en el funcionamiento de estas, generadas por peligros asociados al cambio climático, y las consiguientes pérdidas, cuyo desarrollo se realiza en concordancia con la normativa establecida del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres; Que, a su vez, la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 “Perú, País Saludable”, aprobada por Decreto Supremo N° 026-2020-SA, contempla entre sus objetivos prioritarios el “OP3: Mejorar las condiciones de vida de la población que generan vulnerabilidad y riesgos en la salud”, que incluye entre sus lineamientos reducir las condiciones de riesgo de los medios de vida ante emergencias y desastres de la población; Que, mediante Resolución Ministerial N° 599-2022/ MINSA, se aprueba el Documento Técnico: “Programación Tentativa de las Contribuciones Nacionalmente Determinadas en Adaptación frente al Cambio Climático del Ministerio de Salud al 2030”, cuyo objetivo es fortalecer la gobernanza climática con la implementación de medidas de adaptación al cambio climático en el área temática de salud, articulando intervenciones del nivel nacional con el nivel regional y el local; Que, de otro lado, el artículo 91 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, refiere que la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, encargado del planeamiento estratégico para desarrollar en el Sector Salud los componentes, procesos y subprocesos de la Política Nacional de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, con Resolución Ministerial N° 1072-2020/MINSA, se designa a la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud como Punto Focal de Cambio Climático del Ministerio de Salud; Que, con los documentos del visto, la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud propone la aprobación del Documento Técnico: Lineamientos para la implementación de estrategias en salud ante las altas temperaturas del Ministerio de Salud, en un contexto de cambio climático, cuya finalidad es contribuir a proteger la vida y la salud de la población ante las altas temperaturas, en un contexto de cambio climático; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud; Con el visado de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias, del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades, de la Oficina General de Comunicaciones, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Salud Pública y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: Lineamientos para la implementación de estrategias en salud ante las altas temperaturas del Ministerio de Salud, en un contexto de cambio climático, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS NAPOLEÓN QUIROZ AVILÉS Ministro de Salud 2489193-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Aprueban tercera convocatoria del año 2026 para el otorgamiento de 560 Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, dirigida a potenciales beneficiarios constituidos por damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables, ante intensas precipitaciones pluviales, ubicadas en diversos distritos de los departamentos de Apurímac, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, La Libertad, Lambayeque y Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 052-2026-VIVIENDA Lima, 19 de febrero de 2026 VISTOS: El Informe N° 039-2026-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (en adelante, DGPPVU); el Informe N° 134-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica (en adelante, OGAJ); y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 31526 se crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (en adelante, BAE) como un mecanismo de atención temporal al damnificado a consecuencia de desastres ocasionados por fenómenos de origen natural o inducidos por la acción humana, cuya vivienda resulte colapsada o inhabitable y que se encuentre comprendida dentro del ámbito de una zona declarada en Estado de Emergencia por decreto supremo; el BAE se otorga para el arrendamiento de una vivienda en el departamento en el que se encuentra la zona declarada en Estado de Emergencia; Que, el artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2022-VIVIENDA establece, entre otros, que el otorgamiento del BAE se realiza a través de una convocatoria aprobada por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, los “Lineamientos para la Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades”, aprobados por la Resolución Ministerial N° 324-2023-PCM, señalan que el Formulario de Campo 2A: Empadronamiento Familiar y Medios de Vida - Gobiernos Locales, es desarrollado por el gobierno local de manera íntegra, contiene la identificación de los daños a la vida y la salud de las familias y sus viviendas por la ocurrencia de una emergencia o desastre en un