Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2026 (15/07/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 145

145 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de julio de 2026 El Peruano / Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 000023- 96-JEF (03ABR1996), se delegó a las O fi cinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del artículo 44° de la Ley N°26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que, mediante Resolución Jefatural N°000116-2013/ JNAC/RENIEC (05ABR2013), la Jefatura Nacional autorizó el proceso de automatización de las actividades delegadas a las O fi cinas de Registros de Estado Civil (OREC) que funcionan en las Municipalidades Provinciales, Distritales o de Centros Poblados, a nivel nacional, para realizar registros en línea de hechos vitales y actos modi fi catorios del estado civil de las personas y demás procedimientos registrales utilizando el Sistema Integrado de Registros Civiles y Microformas - SIRCM del RENIEC en el marco de las funciones delegadas mediante la Resolución Jefatural N°023-96-JEF; ampliado a todo tipo de o fi cinas del sistema registral conforme a las disposiciones de la Directiva DI-011-DRC/002 “Automatización de las actividades registrales en las OREC a nivel nacional y en los consulados”, aprobada mediante Resolución Secretarial N°000108-2023/SGEN/RENIEC (30OCT2023); Que, el 29 de septiembre del 2015 se realizó la automatización de la OREC de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, provincia de Chincha, departamento de Ica, realizando dicha OREC a partir de esa fecha, inscripciones en línea a través del aplicativo SIRCM-GE, permitiendo que en forma automática se actualice la base de datos de registros civiles, con la generación de estas nuevas actas en línea; Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 000061- 2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024), se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del RENIEC y de acuerdo a lo señalado en su artículo 41° la Dirección de Registros Civiles es el órgano de línea técnico normativo del Sistema Registral Civil - SRC, encargado de dar lineamientos, evaluar, supervisar y gestionar las acciones relacionadas con las O fi cinas del Sistema Registral Civil para su funcionamiento; así como conducir el proceso de delegación de funciones registrales emitiendo las resoluciones y proyectos de Resolución Jefatural en materia de su competencia; Que, asimismo, el artículo 102° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del RENIEC, establece entre otros, que la Sub Dirección Técnico Normativa es la unidad orgánica de la Dirección de Registros Civiles encargada de formular políticas, lineamientos e instrumentos procedimentales en materia de registros civiles, para orientar el desarrollo de la función de las unidades del Sistema Registral Civil, brindando asesoramiento a sus órganos conformantes; señala también que esta unidad controla, coordina y supervisa la integración a la institución, del acervo documentario registral de las O fi cinas autorizadas que conforman el Sistema Registral Civil; en este sentido, el literal m) del artículo 103° establece entre sus funciones gestionar la incorporación o transferencia el acervo documentario de Registros Civiles – RRCC al RENIEC, proveniente de las Ofi cinas Autorizadas que conforman el Sistema Registral Civil, con la fi nalidad de que las actas registrales se encuentren integradas en la base de datos del RENIEC; Que, mediante la Resolución Secretarial N° 000042- 2025/SGEN/RENIEC (19MAR2025), se aprobó la Guía de Procedimientos GP-040-DRC/SDTN/007 “Integración del Acervo Documentario Registral de las O fi cinas Autorizadas” - primera versión, la cual establece los lineamientos y acciones a seguir para coordinar, supervisar y controlar los procedimientos de Revocatoria Parcial, Revocatoria Total (Incorporación de acervo documentario) de las O fi cinas de Registros del Estado Civil (OREC) y la Transferencia de Acervo Documentario de las OREC y las Ofi cinas Registrales Consulares (ORC) con Actividades Registrales Automatizadas; Que, entre las estrategias de integración de los registros civiles, de acuerdo a lo señalado en el numeral 4.32 de la GP-040-DRC/SDTN/007, se encuentra la Transferencia del acervo documentario de OREC con actividades registrales automatizadas; que es aquella que tiene como objetivo trasladar el acervo documentario de la OREC con actividades registrales automatizadas al RENIEC, y que no revocarán facultades registrales de la OREC; en consecuencia, dicha OREC continúa con la inscripción de hechos vitales y actos modi fi catorios del estado civil a que hace referencia la Ley Nº 26497 y su Reglamento; Que, en el marco de lo señalado en el numeral 6.3.2. de la GP-040-DRC/SDTN/007 “INTEGRACIÓN DEL ACERVO DOCUMENTARIO REGISTRAL DE LAS OFICINAS AUTORIZADAS” – primera versión; la OREC automatizada de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, provincia de Chincha, departamento de Ica continuará realizando sus inscripciones de actas registrales en línea a través del aplicativo del RENIEC SIRCM-GE; permitiendo que en forma automática se actualice la base de datos de registros civiles, con la generación de estas nuevas actas en línea, permitiendo, asimismo, que los ciudadanos puedan solicitar copia certi fi cada de sus actas registrales en cualquier Centro de Atención categoría I y II del RENIEC a nivel nacional; Que, la cantidad estimada de libros y actas registrales primer original (matrices) correspondientes a la OREC automatizada de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, se detalla en el siguiente cuadro: DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITOCANT. APROX. LIBROSCANT. APROX. ACTAS ICA CHINCHATAMBO DE MORA170 9,000 Que, la Sub Dirección Técnico Normativa, con la fi nalidad de continuar con la integración de los registros civiles a nivel nacional, en el marco del Objetivo Estratégico Institucional OEI.01, de la Acción Estratégica Institucional AEI.01.05 y del indicador Porcentaje de actas registrales transferidas al RENIEC a nivel nacional , conforme a la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497, y contando con la disponibilidad presupuestal otorgada por la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización mediante HOJA DE ELEVACIÓN N° 000090-2026/OPPM/ UP/RENIEC (29ENE2026), propone la transferencia al RENIEC, del acervo documentario registral de la OREC de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, provincia de Chincha, departamento de Ica; propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Dirección de Registros Civiles de acuerdo al siguiente detalle: DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITOFECHA PROPUESTA DE TRANSFERENCIA ICA CHINCHA TAMBO DE MORA 22/07/2026 Que, la Sub Dirección Técnico Normativa en ejercicio de sus funciones, estará encargada de realizar las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de dicha municipalidad a efecto de suscribir el acta de transferencia correspondiente, para la inmediata entrega del acervo documentario registral; así como la información sistematizada en formato electrónico (datos e imágenes), si lo tuviera; Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la transferencia del acervo documentario de la sección de Nacimiento, Matrimonio y Defunción y sus respectivos títulos archivados, de una (01) OREC señalada precedentemente; así como la información sistematizada en formato electrónico (datos e imágenes), si lo tuviera; Que, la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC; el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº015-98-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y sus modi fi catorias, así como, lo dispuesto por el literal a) del numeral 9.1 del artículo 9° del Reglamento que