Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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141 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de julio de 2026 El Peruano / de Lima Centro, designándolo en la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, con retención de su cargo de carrera; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 608-2026-MP-FN, de fecha 4 de marzo de 2026, se resolvió nombrar a la abogada Rosa Marleny Apaza Pacompia, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao, designándola en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal del Callao; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 932-2018-MP-FN, de fecha 16 de marzo de 2018, se resolvió, entre otros, nombrar al abogado Telésforo Vásquez Figueroa, como fi scal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándolo en la O fi cina Desconcentrada de Control Interno de Lambayeque, actualmente Autoridad Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Lambayeque, con retención de su cargo de carrera; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1073-2023-MP-FN, de fecha 9 de mayo de 2023, se resolvió nombrar a la abogada Milagros Marlene Espinoza Cruz, como fi scal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal del Callao, designándola en la Quinta Fiscalía Superior Penal del Callao, con retención de su cargo de carrera; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2179-2025-MP-FN, de fecha 15 de julio de 2025, se resolvió nombrar al abogado Ronald Jesús Martinez Torres, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Cañete, designándolo en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos, con reserva de su plaza de origen; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP- FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3612-2025-MP-FN, de fecha 27 de noviembre de 2025, se resolvió nombrar a la abogada Connie Catherine Calderón Pacheco, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándola en la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, con retención de su cargo de carrera; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1097-2026-MP-FN, de fecha 16 de abril de 2026, se resolvió nombrar a la abogada Linda Giannina Apaza Chambi, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándola en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Arequipa, con reserva de su plaza de origen; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fi scal en el nivel que corresponde. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. El Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(...) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (...)” (STC Nº 2770-2010- PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fi jó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fi scales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(ii) La designación del fi scal titular en la plaza ocupada por el fi scal provisional”. El artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional”. Asimismo, el artículo 85 del referido reglamento indica que “el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográ fi cas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”. El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP, aprobado con la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, de fecha 2 de setiembre de 1992, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que “el destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor”. El Ministerio Público —en atención a sus funciones generales y especí fi cas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030— ha de fi nido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en bene fi cio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fi scal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fi scal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal. En ese sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), y las metas institucionales, en atención al marco normativo antes señalado y previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos de ley, se ha considerado oportuno emitir el resolutivo correspondiente con el fi n de reorganizar la Primera y Segunda Fiscalía Suprema Penal, Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, Primera y Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, por lo que resulta pertinente trasladar una (01) plaza de fi scal adjunto supremo con carácter transitorio a la Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos proveniente de la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, y al haberse con fi gurado la condición resolutoria prevista en el numeral (ii) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, será necesario concluir previamente, según corresponda, los nombramientos, designaciones y/o destaque del personal fi scal descrito en la presente resolución. Asimismo, y en virtud a las políticas institucionales descritas, se hace necesario disponer los nombramientos, designaciones y/o destaque del personal fi scal correspondiente a fi n de que desempeñen funciones en las citadas fi scalías supremas, así como las designaciones del