Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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56 NORMAS LEGALES Sábado 18 de julio de 2026 El Peruano / VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Disponen publicación de proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el uso del Sistema de Información Catastral Urbano Nacional (SICUN) como Plataforma Catastral Urbana; y, de su Anexo 01 (Estructura de Datos), en la sede digital del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 268-2026- VIVIENDA Lima, 17 de julio de 2026 VISTOS: El O fi cio Nº D000151-2026-COFOPRI-UE003-CGP de la Coordinadora General del Proyecto de la Unidad Ejecutora 003: “Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura”; los Informes Técnico Legales Nº 009-2026-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DUDU-UFCUN y Nº 025-2026-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DUDU-UFCUN de la Unidad Funcional de Catastro Urbano Nacional; el Informe Nº 044-2026-VIVIENDA/ VMVU-DGPRVU-DUDU de la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano; la Nota Nº 189-2026-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo; el Informe Nº 617-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), este Ministerio ejerce la función de proponer políticas, normas, lineamientos y especi fi caciones técnicas relacionadas con la generación, administración, actualización y mantenimiento de la información catastral integral; Que, el literal f) del artículo 66 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, establece que la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo (DGPRVU) es competente para proponer normas, lineamientos y especi fi caciones técnicas relacionadas con la generación, administración, actualización y mantenimiento de la información catastral integral, en el marco del Sistema Nacional de Catastro; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1365, Decreto Legislativo que establece disposiciones para el desarrollo y consolidación del Catastro Urbano Nacional, de fi ne al Catastro Urbano Nacional (CUN) como un instrumento de gestión urbana sostenible de nivel nacional que contiene la información cuantitativa y cualitativa de la infraestructura urbana, edi fi caciones formales e informales, equipamiento urbano, mobiliario urbano y espacios públicos dentro de los centros poblados urbanos, incluyendo a los conglomerados urbanos, identi fi cando las áreas expuestas a peligros o dañadas por una emergencia o desastre; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1365 establece que el MVCS es el ente rector en materia de CUN, siendo responsable de dictar políticas, normas, lineamientos y especi fi caciones técnicas relacionadas con la información catastral urbano nacional; los cuales son de obligatorio cumplimiento por parte de las entidades involucradas en la materia; y, el artículo 5, señala que el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI) implementa, gestiona, actualiza y ejecuta el CUN, así como las acciones necesarias para la generación, modernización, consolidación, conservación y actualización de un Catastro Urbano Nacional; para lo cual promueve y establece mecanismos de intercambio de información proveniente del catastro urbano de las Municipalidades y de otras entidades públicas cuya información se requiera, implementando una plataforma informática interoperable única y sostenible para la administración de la información catastral; Que, el artículo 16 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1365, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2020-VIVIENDA, señala que la Plataforma Catastral Urbana es el sistema informático de gestión y seguimiento catastral, interoperable, estructurado, diseñado, implementado y administrado por COFOPRI, siendo sus datos principales: la información alfanumérica y grá fi ca, además de los registros fotográ fi cos, ortofotos, imágenes satelitales, entre otros; y, su Tercera Disposición Complementaria Final, se establece que el MVCS dicta las disposiciones complementarias que regulen los procesos, metodología y procedimientos técnicos para la implementación y operatividad del CUN; Que, mediante Decreto Supremo Nº 050-2020-EF se aprueba la operación de Endeudamiento Externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF destinada a fi nanciar el Proyecto de Inversión “Creación del servicio de catastro urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del Departamento de Lambayeque; la Provincia de Lima del Departamento de Lima y la Provincia de Piura del Departamento de Piura”, en adelante, el Proyecto; respecto al cual, el MVCS interviene como Unidad Ejecutora a través del COFOPRI, encargada de plani fi car, dirigir, evaluar y monitorear el Proyecto; Que, la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo, con horizonte al 2030, aprobada por el Decreto Supremo Nº 012-2021-VIVIENDA, identi fi ca como una de las causas indirectas del problema público denominado “Inadecuadas condiciones de habitabilidad de la población” a las “limitadas capacidades de los gobiernos locales para la implementación de los instrumentos de plani fi cación urbana y territorial” y a partir de esta causa identi fi cada, se establece el Lineamiento 1.2: “Fomentar mecanismos de implementación en temas de plani fi cación y gestión urbana y territorial en los gobiernos locales”, del cual se desprende la provisión del Servicio 4 (S4): “Catastro urbano multi fi nalitario de los gobiernos locales”, que consiste en la implementación de un catastro urbano que permite el registro, sistematización y actualización permanente de información catastral en una base digital, a fi n de obtener información destinada a la fi scalización tributaria, a los procesos de plani fi cación y gestión urbana, al análisis del dé fi cit de vivienda, equipamiento, servicios y espacios públicos; Que, en el marco del Proyecto, se ha desarrollado el Sistema de Información Catastral Urbano Nacional - SICUN, como una solución tecnológica para la gestión integral de la información catastral urbana; y, que integra componentes para el levantamiento catastral, registro de información en campo y gabinete, gestión cartográ fi ca, aseguramiento de la calidad, mantenimiento, actualización, consulta, visualización e interoperabilidad de la información catastral urbana, permitiendo la trazabilidad del proceso catastral; Que, mediante la Resolución de Secretaría General Nº 041-2026-VIVIENDA-SG, se conforma la Unidad Funcional de Catastro Urbano Nacional del MVCS, a fi n de ejercer de manera diferenciada las funciones rectoras en materia de Catastro Urbano Nacional, de conformidad con el marco legal vigente; en ese sentido, tiene entre sus funciones, elaborar propuestas de normas, lineamientos, directivas, metodologías, especi fi caciones y estándares técnicos relacionados con la generación, administración, actualización, mantenimiento e implementación del Catastro Urbano Nacional, incluyendo los procesos de levantamiento, actualización y mantenimiento catastral; Que, a través del O fi cio Nº D000151-2026-COFOPRI- UE003-CGP, la Coordinadora General del Proyecto remite el Informe Nº D000251-2026-COFOPRI-UE003-CC, que,