Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2026 (18/07/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Sábado 18 de julio de 2026 El Peruano / en los procesos de contratación pública, fortaleciendo las capacidades de las entidades contratantes de los tres niveles de gobierno y optimizando la interacción con los proveedores; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D000157-2026-OECE-PRE, se aprueba la publicación del proyecto de Directiva Nº 004-2025-OECE/CD Directiva del “Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (REGAJU)”, versión 2, su exposición de motivos y el proyecto de Resolución de aprobación, en la sede digital del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes (OECE) (www.gob.pe/ oece), a fi n de recoger comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía; Que, mediante Informe Nº D000051-2026-OECE- DTN, la Dirección Técnico Normativa sustenta la propuesta de Directiva Nº 004-2025-OECE/CD Directiva del “Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (REGAJU)”, versión 2, y su exposición de motivos, consolidando los aportes remitidos a la entidad en la etapa de publicación del proyecto y, emitiendo opinión favorable con la fi nalidad de continuar con el trámite para su aprobación por el Consejo Directivo del OECE; Que, mediante Memorando Nº D000858-2026- OECE-OPPM, que adjunta el Informe Nº D000192- 2026-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización, la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión técnica favorable para la aprobación de la Directiva Nº 004-2025-OECE/CD Directiva del “Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (REGAJU)”, versión 2; Que, mediante Informe Nº D000396-2026-OECE-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que es legalmente viable continuar con el trámite para la aprobación de la Directiva Nº 004-2025-OECE/CD Directiva del “Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (REGAJU)”, versión 2, por cuanto la misma se encuentra dentro del marco legal aplicable; Que, en atención a la propuesta presentada, mediante Acuerdo Nº 001-008-2026/OECE-CD, adoptado en la Sesión de Consejo Directivo Nº 008-2026/OECE-CD, el Consejo Directivo del OECE acordó, por unanimidad, aprobar la Directiva Nº 004-2025-OECE/CD Directiva del “Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (REGAJU)”, versión 2, disponiendo la formalización del acuerdo mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo; Que, en virtud de lo dispuesto en el literal i) del párrafo 41.1 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, la presente norma se encuentra excluida de la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, dado que su contenido regula disposiciones en el marco del desarrollo, funcionamiento e implementación del Sistema Nacional de Abastecimiento; Con las visaciones del Gerente General, del Director de la Dirección Técnico Normativa, de la Jefa de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; del Ejecutivo de la Unidad de Modernización; y del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009- 2025-EF, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 001-2026- EF, y, el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes (OECE), aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D000090-2025-OECE-PRE;SE RESUELVE: Artículo 1.- . Formalizar la aprobación de la Directiva Nº 004-2025-OECE/CD Directiva del “Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (REGAJU)” , versión 2, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y la Directiva Nº 004-2025-OECE/CD Directiva del “Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (REGAJU)”, versión 2, en el Diario O fi cial El Peruano, en la sede digital del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes (OECE) (www.gob.pe/oece), y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado (www. transparencia.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva, en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.AUGUSTO ENRIQUE BINASCO PERALES Presidente Ejecutivo (e)Presidencia Ejecutiva 2536333-1 Formalizan la aprobación de la Directiva Nº 012-2025-OECE-CD, “Directiva del Procedimiento Administrativo Sancionador de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas”, versión 2, incluido sus anexos RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº D000202-2026- OECE-PRE Jesús María, 17 de julio del 2026VISTOS: El Informe Nº D000051-2026-OECE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; el Memorando Nº D000858- 2026-OECE-OPPM de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº D000192- 2026-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización; el Informe Nº D000396-2026-OECE-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y el Acta de Sesión de Consejo Directivo Nº 008-2026/OECE-CD del Consejo Directivo del OECE; y, CONSIDERANDO: Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado en Contrataciones Públicas E fi cientes (OECE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, el literal b) del artículo 10 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del OECE, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D000090-2025-OECE-PRE, establece dentro de las funciones y atribuciones del Consejo Directivo, la de aprobar las directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación pública; Que, el literal o) del artículo 12 del Texto Integrado Actualizado del ROF del OECE establece como una de las funciones de la Presidencia Ejecutiva la de proponer al Consejo Directivo los proyectos de directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación públicas;