Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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57 NORMAS LEGALES Sábado 18 de julio de 2026 El Peruano / a su vez, adjunta el Informe Nº D000199-2026-COFOPRI- UE-003-CC-HJP mediante el cual se sustenta aprobar el uso del SICUN como Plataforma Catastral Urbana, con su Estructura de Datos, toda vez que contribuye a la estandarización, consistencia, trazabilidad, mantenimiento, sostenibilidad e interoperabilidad progresiva de la información catastral administrada en el sistema, en el marco del proceso de modernización del Catastro Urbano Nacional; asimismo, con la fi nalidad de consolidar el uso del SICUN como soporte tecnológico para la gestión, administración, levantamiento, mantenimiento, actualización, interoperabilidad y explotación de la información catastral urbana; Que, con Informe Técnico-Legal Nº 009-2026-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DUDU-UFCUN, la Unidad Funcional de Catastro Urbano Nacional, propone la aprobación del SICUN como Plataforma Catastral Urbana, reconociendo dicho sistema como una herramienta tecnológica de soporte para la gestión de la información catastral urbana, en el marco del proceso de modernización del Catastro Urbano Nacional y de las competencias rectoras del MVCS; asimismo, recomienda la aprobación de su uso como Plataforma Catastral Urbana para su escalamiento a nivel nacional, adoptando el nombre “Sistema de Información Catastral Urbano Nacional - SICUN”, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1365 y su Reglamento; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, señala que sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos de consulta pública previstos en el Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2021-PCM, o norma que lo sustituya, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario, conforme a lo señalado en el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del acotado Reglamento; Que, a través del Informe Nº 617-2026-VIVIENDA/SG- OGAJ, la OGAJ emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de la presente Resolución Ministerial; Que, en consecuencia, corresponde disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el uso del Sistema de Información Catastral Urbano Nacional (SICUN) como Plataforma Catastral Urbana con su estructura de datos, a fi n de recibir comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y modi fi catoria; el Decreto Legislativo Nº 1365, Decreto Legislativo que establece disposiciones para el desarrollo y consolidación del Catastro Urbano Nacional; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA; y, el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del proyecto de Resolución Ministerial Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el uso del Sistema de Información Catastral Urbano Nacional (SICUN) como Plataforma Catastral Urbana; y, de su Anexo 01 (Estructura de Datos), en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía, dentro del plazo de quince días calendario contados desde el día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consolidación de Información Encargar a la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, la consolidación de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten respecto del proyecto normativo señalado en el artículo precedente, a través de la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en el siguiente enlace: “Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el uso del Sistema de Información Catastral Urbano Nacional (SICUN) como Plataforma Catastral Urbana con su estructura de datos”; y, al correo [email protected] . Regístrese, comuníquese y publíquese.WILDER ALEJANDRO SIFUENTES QUILCATE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2536320-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Delegan en el/la Jefe/a de la Oficina de Administración de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, la función de emitir las resoluciones que aprueben las contrataciones directas en el marco de la Directiva N° D-001-2025-ATU/DI-SAPLI RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 174-2026-ATU/PE Lima, 17 de julio de 2026VISTOS: El Memorando N° D-001475-2026-ATU/GG de la Gerencia General; el Informe N° D-000699-2026-ATU/DI-SAPLI de la Subdirección de Adquisición de Predios y Liberación de Interferencias de la Dirección de Infraestructura; el Informe N° D-000198-2026-ATU/GG-OPP-UPO, emitido por la Unidad de Planeamiento y Organización; el Memorando N° D-000493-2026-ATU/GG-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° D-000481-2026-ATU/GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 30900, se creó la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, teniendo como objetivo organizar, implementar y gestionar el Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, establece los principios del derecho administrativo que rigen la administración pública, siendo entre otros, la celeridad y simplicidad, así como su aplicación en los procedimientos