Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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20 NORMAS LEGALES Viernes 23 de octubre de 2026 El Peruano / Artículo 6.- Orden de levantar toda carga o gravamen que contengan la Partida Registral Disponer que el Registrador de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral respecto del área afectada del inmueble con código N° 2500094-ZAÑA-C01PQ01PRR-555. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 7.- Noti fi cación al sujeto pasivo Disponer que la Dirección de Gestión Predial, remita la documentación necesaria a la Unidad de Abastecimiento, para que, en el marco de sus competencias, se noti fi que al sujeto pasivo la presente Resolución Jefatural, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30556 y sus modi fi catorias, requiriéndose la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Jefatural, improrrogables, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble. Artículo 8.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en la sede digital de la Autoridad Nacional de Infraestructura (www.gob.pe/anin), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNAN YAIPEN ARESTEGUI Jefe de la Autoridad Nacional de InfraestructuraAutoridad Nacional de InfraestructuraPresidencia del Consejo de Ministros ANEXO LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS Y COORDENADAS UTM Código: 2500094-ZAÑA-C01PQ01PRR-555 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:ÁREA AFECTADA: 180.61 m² (0.0181 ha) AFECTACIÓN PARCIAL DEL INMUEBLE ÁREA AFECTADA: Por el Norte: COLINDA CON PREDIO EN POSESIÓN DE LUIS APOLINARIO ROMERO MERA. Por el Sur: COLINDA CON PREDIO EN POSESIÓN DE WILLIAM AGUSTÍN GUEVARA SALAZAR. Por el Este: COLINDA CON POSESIÓN DE TERCEROS. Por el Oeste: COLINDA CON ÁREA REMANENTE DE BLAZ RUIZ ZAMORA Y DORALIZA SANTA CRUZ BECERRA.COORDENADAS UTM DEL ÁREA AFECTADA – WGS 84, ZONA 17 SUR Vértice Lado DistanciaCoordenadas UTM - WGS84 Este (X) Norte (Y) 1 1-2 1.47 693257.5696 9247642.81872 2-3 4.91 693259.0062 9247643.1260 3 3-4 5.30 693263.7661 9247644.3159 4 4-5 11.56 693268.6160 9247642.18605 5-6 6.27 693278.8158 9247636.73606 6-7 13.09 693283.4058 9247632.4661 7 7-8 0.75 693270.8234 9247628.8734 8 8-1 18.50 693270.2596 9247629.3620 Partida Electrónica N° 02263837 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo, Zona Registral N.° II – Sede Chicl ayo – SUNARP. Informe Técnico N° 555-2024-ZAÑA-PQ1-RRC, de fecha 25 de marzo de 2024, suscrito por el Verificador Catastral Ing. Rodrigo Roja s Condori, con código N° 018402VCPZRIX y el Informe Técnico Complementario N° 555-2026-ZAÑA-PQ1-PPHS, de fecha 25 de agosto de 2026, suscrito por el Ver ificador Catastral Ing. Paul Pedro Hervacio Sánchez, con código N.° 006140VCRZIX. 2567352-1 Aprueban ejecución de expropiación de un área afectada por la ejecución del Proyecto: “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Protección frente a Inundaciones en la cuenca del Río Olmos, en 27 centros poblados en los Distritos de Olmos, Jayanca y Huarmaca en la provincia de Lambayeque del departamento de Lambayeque, y la provincia de Huancabamba del departamento de Piura”, y el valor de Tasación RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000150-2026- ANIN/JEF Jesús María, 22 de octubre de 2026VISTOS: El Memorando Nº 007250-2026-ANIN/DIME, el Informe Nº 000742-2026-ANIN/DIME-SEJDI-PQ8OLM.ZAÑ, de la Dirección de Intervenciones Multisectoriales y de Emergencia, el Memorando Nº 001813-2026-ANIN/DGP e Informe Nº 000113-2026-ANIN/DGP-LHP, de la Dirección de Gestión Predial, el Informe Nº 000885-2026-ANIN/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, con Ley Nº 31841 se crea la Autoridad Nacional de Infraestructura como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros para la formulación, ejecución y mantenimiento de los proyectos o programas de inversión a su cargo; Que, el numeral 8.6 del artículo 8 de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y sus modi fi catorias (en adelante, Ley Nº 30556); autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para la implementación del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (en adelante PIRCC), declarado de necesidad pública e interés nacional en el artículo 1 de la citada Ley; asimismo, se dispone que la adquisición y expropiación de los inmuebles se efectúa aplicando el