NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (02/09/2026)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 28
28 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de setiembre de 2026 El Peruano / Modifican delegación de facultades al Director/a de la Dirección General de Proyectos y Gestión Financiera para el Desarrollo Pesquero Artesanal y Acuícola del FONDEPES RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000066-2026- FONDEPES/J Lima, 28 de agosto del 2026VISTOS: El Informe N° 000145-2026-FONDEPES/ DIGEPROFIN de la Dirección General de Proyectos y Gestión Financiera para el Desarrollo Pesquero Artesanal y Acuícola, el Informe N° 000329-2026-FONDEPES/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 000228-2026-FONDEPES/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (en adelante, FONDEPES) es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Producción con personería jurídica de derecho público, creado mediante Decreto Supremo N° 010-92-PE y elevado al rango de Ley a través del artículo 57 del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca; Que, el numeral 65.1 del artículo 65 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, señala que: «El ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o avocación, según lo previsto en esta Ley»; Que, el literal n) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE, establece que el/la Jefe(a) puede delegar en el Gerente General u otros funcionarios del FONDEPES, las funciones y atribuciones que no sean privativas de su cargo, de acuerdo a ley; Que, mediante el numeral V del Anexo N° 1 de la Resolución Jefatural N° 000017-2026-FONDEPES/J, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 16 de abril de 2026, la Jefatura delegó en el/la Director (a) de la Dirección General de Proyectos y Gestión Financiera para el Desarrollo Pesquero Artesanal y Acuícola la atribución de “Aprobar la creación, modi fi cación o cierre de los programas de créditos extraordinarios”; Que, de otro lado, mediante Resolución Jefatural N° 000044-2025-FONDEPES/J, de fecha 19 de mayo de 2025, se aprueba el «Reglamento de Gestión de Créditos del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero», con la fi nalidad de gestionar la adjudicación y recuperación de créditos del FONDEPES, bajo criterios o normas que permitan otorgar créditos en condiciones preferenciales a los agentes de pesca artesanales y los productores acuícolas con categorías AREL y AMYPE, que cali fi quen como sujetos de crédito, previa evaluación; Que, mediante Informe N° 000145-2026-FONDEPES/ DIGEPROFIN, la Dirección General de Proyectos y Gestión Financiera para el Desarrollo Pesquero Artesanal y Acuícola (en adelante, DIGEPROFIN) propone la modi fi cación del numeral V del Anexo N° 1 de la Resolución Jefatural N° 000017-2026-FONDEPES/J, a fi n de que se le delegue la función de aprobar la creación, modi fi cación o cierre de los programas crediticios y otros productos fi nancieros dirigidos a la comunidad pesquera artesanal y acuícola, establecida en el literal r) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES y, además, se le autorice a determinar la amortización inicial en los programas crediticios excluyendo los criterios contenidos en el numeral 34.3 del artículo 34 del mencionado Reglamento REG-002-FONDEPES-V.05, el cual señala que: “la amortización inicial puede excluir los criterios señalados en el numeral anterior, siempre y cuando se autorice mediante Resolución Jefatural, a solicitud de la DIGEPROFIN”;Que, mediante Informe N° 000329-2026-FONDEPES/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable sobre la modi fi cación de la facultad delegada al Director/a de la DIGEPROFIN; Que, asimismo, mediante Informe N° 000228-2026-FONDEPES/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable sobre la viabilidad legal de la referida propuesta; Que, estando a lo señalado en los referidos informes, con el propósito de agilizar y optimizar la gestión administrativa del FONDEPES para el cumplimiento de sus objetivos institucionales, resulta conveniente: (i) modi fi car el numeral V del Anexo N° 1 de la Resolución Jefatural N° 000017-2026-FONDEPES/J, a fi n de delegar en el/la Director/a de la DIGEPROFIN la facultad de aprobar la creación, modi fi cación o cierre de los programas crediticios y otros productos fi nancieros dirigidos a la comunidad pesquera artesanal y acuícola; y, (ii) autorizar al Director/a de la DIGEPROFIN, a determinar la amortización inicial referida en el numeral 34.3 del artículo 34 del Reglamento REG-002-FONDEPES-V.05 «Reglamento de Gestión de Créditos del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero», aprobado mediante Resolución Jefatural N° 000044-2025-FONDEPES/J, o norma que lo sustituya; Con los visados de la Gerencia General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y de la Dirección General de Proyectos y Gestión Financiera para el Desarrollo Pesquero Artesanal y Acuícola; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2026-JUS; y, el Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el numeral V del Anexo N° 1 de la Resolución Jefatural N° 000017-2026-FONDEPES/J, en los siguientes términos: “V. Deléguese en el/la Director/a de la Dirección General de Proyectos y Gestión Financiera para el Desarrollo Pesquero Artesanal y Acuícola del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, la facultad y/o atribución que a continuación se detalla: - Aprobar la creación, modi fi cación o cierre de los programas crediticios y otros productos fi nancieros dirigidos a la comunidad pesquera artesanal y acuícola.” Artículo 2.- Autorizar al Director/a de la Dirección General de Proyectos y Gestión Financiera para el Desarrollo Pesquero Artesanal y Acuícola del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero a determinar la amortización inicial referida en el numeral 34.3 del artículo 34 del Reglamento REG-002-FONDEPES-V.05 «Reglamento de Gestión de Créditos del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero», aprobado mediante Resolución Jefatural N° 000044-2025-FONDEPES/J, o norma que lo sustituya. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución a todas las unidades de organización del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, para los fi nes correspondientes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES (https://www.gob.pe/fondepes). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ERNESTO MONTALVA DE FALLA JefeFondo Nacional de Desarrollo PesqueroFONDEPES 2549718-1