Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 1998 (31/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, MORDAZA 31 de MORDAZA de 1998

NORMAS LEGALES

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Articulo 17º.- El quorum para las sesiones del Consejo Directivo es de tres integrantes. Cada uno de sus miembros tendra derecho a voto. Los acuerdos se tomaran por mayoria de votos de los presentes y en caso de empate, el Presidente tendra MORDAZA dirimente. Articulo 18º.- Los acuerdos que adopte el Consejo Directivo constaran en un Libro de Actas legalizado de acuerdo a Ley, las cuales seran suscritas por todos los miembros asistentes a la sesion, teniendo derecho de hacer constar en actas su MORDAZA discrepante. Articulo 19º.- El Gerente General Tecnico y el Gerente General Administrativo asistiran a las sesiones del Consejo Directivo con voz pero sin voto. Asimismo, el Consejo podra disponer la intervencion en sus sesiones de los funcionarios y/o asesores que considere necesarios, con el objeto de que informen sobre asuntos de su competencia. Articulo 20º.- El Presidente del Consejo Directivo es el funcionario ejecutivo de mayor jerarquia, su cargo es remunerado y tiene asignadas las funciones y atribuciones siguientes: a) Representar legalmente ante los organos del Estado, entidades nacionales e internacionales, asi como ante las autoridades politicas, administrativas y judiciales, pudiendo delegar esta MORDAZA Representacion al Gerente de la Gerencia de Asesoria Juridica para los asuntos de su competencia. b) Revisar y someter al Consejo Directivo las politicas, objetivos, estrategias, metas, presupuesto y plan institucional. c) Revisar y someter al Consejo Directivo los resultados de la gestion anual, asi como, de los Estados Financieros Auditados, el Balance General y la Memoria Anual de cada ejercicio, oportunamente. d) Supervisar permanentemente la marcha de la gestion en cuanto al cumplimiento de los objetivos y metas . e) Proponer al Consejo Directivo la designacion de los Gerentes y Jefes de Unidades Operativas. f) Supervisar el cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo. g) Ejercer la titularidad del pliego presupuestario, pudiendo delegar a los respectivos funcionarios las funciones de caracter administrativo, contable y presupuestal, en los casos que estime conveniente. h) Suscribir Convenios de Cooperacion Tecnica Internacional y Convenios con personas naturales y/o juridicas, publicas o privadas, nacionales o extranjeras. i) Aprobar las convocatorias a licitaciones o concursos publicos de precios y/o de meritos, dando cuenta al Consejo Directivo. j) Revisar y someter al Consejo Directivo el programa anual de Monetizacion. k) Revisar y someter al Consejo Directivo los Planes Anuales de Obtencion de Bienes y Servicios, y de Alimentos. l) Evaluar los reportes mensuales de adquisiciones y las operaciones de distribucion de alimentos, a nivel nacional en su oportunidad. m) Proponer al Consejo Directivo la designacion de representantes ante organismos y eventos nacionales e internacionales. n) Expedir Resoluciones Presidenciales y proponer al Consejo Directivo dispositivos legales de mayor jerarquia, relativos al ambito de su competencia, para su tramite ante las instancias correspondientes. n) Integrar la Comision Tecnica de Coordinacion Multisectorial, encargada de proponer a la Comision Interministerial de Asuntos Sociales - CIAS, el Plan y las Politicas en materia nutricional y alimentaria a nivel nacional, dirigida a la atencion de la poblacion en pobreza critica. o) Delegar al Gerente General Tecnico o al Gerente General Administrativo, dando cuenta al Consejo Directivo, las funciones o atribuciones que le competen en caso de ausencia, quien debera desempenarlas hasta el retorno del Titular. p) Otras dentro del ambito de su competencia que le asigne el Consejo Directivo. CAPITULO MORDAZA DEL ORGANO DE CONTROL Articulo 21º.- La Gerencia de Auditoria Interna es el organo de control, que organicamente depende del Presi-

dente del Consejo Directivo y funcionalmente de la Contraloria General de la Republica. Mantiene relaciones de coordinacion con la Oficina de Auditoria Interna del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Es la encargada de programar, coordinar y evaluar las actividades de control, de conformidad con las normas del citado sistema. Realiza inspecciones e investigaciones relacionadas con aspectos tecnicos, administrativos, economico-financieros y contables de la institucion y propone las recomendaciones y medidas pertinentes. Esta a cargo de un Gerente y depende de la Presidencia del Consejo Directivo. Articulo 22º.- Son funciones de la Oficina de Auditoria las siguientes: a) Formular, proponer y ejecutar la politica de control, acorde con las normas legales vigentes sobre Auditoria Gubernamental. b) Formular el Plan Anual de Actividades de Control y Auditoria Gubernamental elevandolo al Consejo Directivo para su conocimiento y a la Contraloria General de la Republica para su aprobacion. c) Efectuar y coordinar el control de los aspectos legales, tecnicos, financieros, contables, administrativos y de gestion, mediante auditorias, examenes especiales, inspecciones e investigaciones en los diferentes organos, de conformidad con la legislacion sobre la materia. d) Efectuar el seguimiento y evaluacion de la implementacion y demas acciones correctivas derivadas de las Acciones de Control realizadas, cautelando el cumplimiento de los plazos y formas previstas. e) Informar al Consejo Directivo, a la Contraloria General de la Republica y a la Oficina de Auditoria Interna del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, sobre los resultados de las Acciones de Control efectuadas. f) Asesorar y apoyar a la Alta Direccion en asuntos de su competencia, relacionados con el control sobre el cumplimiento normas legales, tecnicas, administrativas y financieras. g) Apoyar a las comisiones del Organo Superior de Control en la atencion de los encargos especificos que le MORDAZA confiados. h) Efectuar la Auditoria a los Estados Financieros y Presupuestarios de la entidad, en la forma que senale la Contraloria General de la Republica. i) Otras que le MORDAZA asignadas por la Alta Direccion dentro de su ambito de competencia y de lo dispuesto por la legislacion en vigencia. CAPITULO TERCERO DEL ORGANO DE APOYO Articulo 23º.- La Secretaria General es el organo de apoyo encargado de prestar apoyo tecnico y administrativo a la Alta Direccion y es responsable de la conduccion y supervision de los sistemas de archivo, tramite documentario, de las actividades de comunicacion y de relaciones publicas, de acuerdo a la politica y directivas de la Alta Direccion. Esta a cargo de un Secretario General con nivel de Gerente y depende de la Presidencia del Consejo Directivo. Articulo 24º.- Son funciones de la Secretaria General las siguientes: a) Brindar apoyo tecnico y administrativo a la Alta Direccion. b) Preparar y distribuir oportunamente la documentacion necesaria de los asuntos a tratar en sesion del Consejo Directivo. c) Preparar las Actas de Sesiones del Consejo Directivo y transcribirlas una vez aprobadas, en el Libro de Actas, debidamente suscritas por los miembros del Consejo Directivo. d) Certificar y transcribir a los organos de la institucion, los acuerdos del Consejo Directivo. e) Centralizar, revisar, registrar, coordinar, procesar y tramitar la documentacion de recepcion y remision, asi como tambien, tramitar los documentos dirigidos a las Unidades Operativas y/o Entidades Publicas o Privadas segun sea el caso. f) Centralizar, revisar, registrar, coordinar, procesar y tramitar la documentacion de la Alta Direccion a los organos.

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