Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 1998 (17/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

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Iue en el MORDAZA penal que se le sigue ha interpuesto `ecurso de queja que conlleva la nulidad de la sentencia zondenatoria que le ha sido impuesta: y, que esta situa:ion se debe a presiones politicas: CONSIDERANDO: Que, del estudio de autos aparece que don MORDAZA llcedo MORDAZA fue sentenciado por el Primer Juzgalo Especializado en lo Penal de Sullana el 28 de MORDAZA le1 ano en curso, en el MORDAZA penal seguido en su :ontra por la comision del delito de Abuso de Autorilad, en agravio de Paz MORDAZA MORDAZA y otros, a la pena nivativa de MORDAZA de 2 anos con el caracter de mspendida, tal consta de las copias certificadas de `ojas 14 a 18; posteriormente, la Sala Mixta de Sullana ?n fecha 13 de *iulio del actual ha confirmado la senten:ia que MORDAZA condenando a don MORDAZA Alcedo MORDAZA 3 integrando el fallo impone al sentenciado la acceso-ia de inhabilitacion por el mismo termino de la condela. tal como consta de foias 19 a 21: estando incurso Ion MORDAZA Alcedo MORDAZA en causal de vacancia estadecida por el Articulo 26" numeral 3 concordank con :l Articulo 23" numeral 9 de la Ley Organica de Mun:ipalidades N" 23853, modificado por el Articulo 1" de a Ley N" 26491: Que, el MORDAZA penal seguido contra MORDAZA Alcedo MORDAZA fue de naturaleza sumaria, debiendo concluir licho MORDAZA con la resolucion que emita la Sala Mixta de Sullana; que el hecho que la Sala en mencion MORDAZA conceiido recurso de queja por denegatoria de nulidad a don MORDAZA Alcedo MORDAZA no impide que la sentencia condelatoria que le fuera impuesta se cumpla; de conformidad :on lo dispuesto por los Articulos 285", 293" y 330" del Jodigo de Procedimientos Penales; Que, ante la existencia probada de una causal de vacancia de un MORDAZA o Regidor de Concejo, esta entidad electoral debe proceder a declararla: de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 5" literal u I de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones N" 26486: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28" de la Ley Organica de Municipalidades N' 23853. el 4lcalde es reemplazado por el MORDAZA alcalde. que er el Regidor habil que le sigue en su propia lista; que revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Sullana corresponde asumir el cargo de MORDAZA a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato proclnmado Regidor integrante de la Lista Independiente N" 17 `Cambio y Desarrollo"; y, para completar el nnmero legal de miembros del citado municipio se debe convocar a don MORDAZA Winchonlong MORDAZA, candidato no proclamado integrante de la lista MORDAZA mencionada; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones: RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Bellavista, provincia de Sullana del departamento de MORDAZA, que venia ostentando don MORDAZA Alcedo MORDAZA por estar incurso en la causal de vacancia al haber sido condenado por la comision de delito doloso por el Primer Juzgado Especializado en lo Penal de Sullana el 28 de MORDAZA del ano en curso, en el MORDAZA penal seguido en su contra por la comision del delito de Abuso de Autoridad, en agravio do Paz MORDAZA MORDAZA y otros; sentencia que ha sido confirmada por la Sala Mixta de Sullana. Articulo Segundo.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado Regidor integrante de la Lista Independiente N" 17 "Cambio p Desarrollo": para que asuma el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Bellavista, provincia de Sullana del departamento de MORDAZA, por vacancia de don MORDAZA Alcedo Bejarano; para completar el periodo 1996 - 1998; conforme a ley. Articulo Tercero.- Convocar a don MORDAZA Winchonlong MORDAZA, candidato no proclamado integrante dc la Lista Independiente N" 17 "Cambio y Desarrollo": para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distritnl de Bellavista, provincia de Sullana del departamento de Piura; para completar el periodo 1996 - 1998, a Iin de completar el numero legal de Regidores; conforme :j it,y. Articulo Cuarto.- Otorgar la correspondiente
los cargos y proclamar a los candidatos que por ley deben asumirlos; Que, en aplicacion de lo dispuesto en el Articulo 28" de la Ley Organica de Municipalidades, en caso de vacancia corresponde asumir el cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de Huaral a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado integrante de la Lista Independiente N" 3, por ser el primer Regidor habil que sigue en la misma lista electoral; que asimismo, para completar el numero de Regidores se debe convocar al candidato no proclamado don MORDAZA Poicon MORDAZA, integrante de la mencionada Lista Independiente, segun la relacion de candidatos correspondiente a las Elecciones Municipales de 1995; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de Huaral que venia desempenando don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por estar incurso en las causales previstas en los Articulos 23 inciso 7) y 88" de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853; y en consecuencia, declarar nulo y sin efecto el Acuerdo de Concejo N" 027.98-CPH de fecha 30 de MORDAZA de 1998 del Concejo Provincial de Huaral que declaro improcedente el pedido de vacancia formulado por algunos Regidores, respecto del cargo MORDAZA referido. Articulo Segundo.- Llamar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado de la Lista Independiente N" 3, para que asuma el cargo de MORDAZA en el Concejo Provincial de Huaral, en el periodo municipal 1996 1998. Articulo Tercero.- Convocar a don MORDAZA Poicon MORDAZA, candidato no proclamado de la Lista Independiente N" 3 para que asuma el cargo de Regidor en el Concejo Provincial de Huaral, en el periodo municipal 1996 - 1998. Articulo Cuarto.- Otorgara don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA Poicon MORDAZA, las credenciales que los acrediten como MORDAZA y Regidor en el Concejo Provincial de Huaral, respectivamente. Articulo Quinto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese y comuniquese SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; TRUJILLANO. Secretario General 10508 RESOLUCION N" 638~98-JNE MORDAZA, 16 de setiembre de 1998 VISTOS: La comunicacion recibida el 10 de agosto del ano en curso, remitida por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA Cobenas, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Regidores del Concejo Distrital de Bellavista, provincia de Sullana del departamento de Piura; remitiendo MORDAZA de la resolucion emitida por la Sala Mixta de Sullana que confirma la sentencia de primera instancia que condena a don MORDAZA Alcedo MORDAZA a la pena privativa de la MORDAZA de 2 anos con el caracter de suspendida e inhabilita en el cargo de MORDAZA que ostenta; El Oficio N" 384-98.SMS recibido en fecha 25 de agosto del ano en curso, del Presidente de la Sala Mixta de Sullana, remitiendo documentacion del MORDAZA penal seguido contra MORDAZA Alcedo MORDAZA por la comision del delito de Abuso de Autoridad y otros: El Oficio N" 0300-9%MDSS-A, recibido el 3 de setiembre del ano en curso, remitido por don MORDAZA Alcedo MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Bellavista, provincia de Sullana del departamento de MORDAZA, solicitando se defina su situacion juridica; alega que cuando asumio el cargo de MORDAZA se estaba adeudando a los servidores y pensionistas de la municipalidad 6 meses; que por acuerdo de Concejo se adecuo las remuneraciones de servidores y pensionistas; que los pensionistas iniciaron accion penal contra su persona aduciendo que se les habia rebajado ilegalmente el monto de sus pensiones;

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