Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 1998 (17/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

que se realizaba una fiesta en la losa deportiva y la visita de familiares por celebrarse la Navidad, autorizado por la Direccion del E.P., aprovechando cuando llamaron a la empleada de servicio, para ingresara su celda del Pabellon 04 acompanado con dicha interna, conforme fluye de la declaracion de fecha 2 de junio de 1998, elevado por el Director del E.P. My. MORDAZA Giordano MORDAZA a traves del Oficio N" 624-9%IX-RPNP-DIPOJUD-EPSI, quedando de esta manera acreditado que no fue el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA el responsable del embarazo de la referida interna; por consiguiente no les asiste responsabilidad a las servidoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA IDA MORDAZA MORDAZA, quienes no estuvieron de servicio ese dia; sin embargo la servidora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA JUNCHAYA, responsable del servicio en el Pabellon 01 de Mujeres el dia 25 de diciembre de 1996, desvirtua en parte los cargos atribuidos en su contra subsistiendo la falta tipificada en el Inc. d) del Art. 28" del Decreto Legislativo N" 276, sin embargo se atenua la responsabdidad por cuanto las relaciones intimas no se realizo en el pabellon a su cargo, sino en el Pabellon 04 de varones, asimismo durante el dia se encontraba como apoyo en la revision de las visitas femeninas por orden del Director del E.P y que no le habria permitido mantener control permanente de las internas que salieron a la losa deportiva donde se llevaba a cabo la fiesta programada. Por otro lado en torno al cargo de la permanencia de la (i) MORDAZA Yure MORDAZA Arenaza, recluida por el delito de terrorismo. en el Pabellon 01 de Mujeres, la responsabilidad corresponde al Director, Miembros del Consejo Tecnico y del Organo Tecnico de Tratamiento, conforme lo establecen los Arts. 107". 108", 109" y 110" del Codigo de Ejecucion Penal y no a las servidoras procesadas: Estando el Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley W 276 y su Reglamento el Decreto Supremo N" 005-90.PCM; Ley N" 26814, en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial N" 23596-JUS; SE RESUELVE: Articulo l".- IMPONER la sancion de Cese Temporal por espacio de treinta y cinco (35) dias sin goce de remuneraciones a la servidora del INPE, MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA JUNCHAYA del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de ICA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- ABSOLVER a la servidoras del INPE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA IDA MORDAZA MORDAZA del E.P.S. de Ica, de los car os formulados en la Resolucion N" 211-9%INPEICR-P % fecha 15 de e MORDAZA de 1998. Articulo 3".- Notificar la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente Comision Reorganizadora 10465 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION REORGANIZADORA W 402-98-INPE-CR-P MORDAZA, 14 de setiembre de 1998 VISTOS, el Informe N"129-98-INPE-CPPAD de fecha 5 de agosto de 1998 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora N" 24%9%INPEKR-P de fecha 11 de junio de 1998, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de junio de 1998, se instaura MORDAZA administrativo disciplinario a la servidora del E.P. de Mujeres de Chorrillos, LIDIAVICTORIA LLAUCA MORDAZA, por haber permitido el ingreso de cosmeticos segun Acta de Registro, las cuales se encontrarian en la relacion de articulos prohibi-

dos para el ingreso en los Establecimientos Prnitenciarios. Asimismo, habria incumplido sus funciones cuando estuvo asi MORDAZA en la exclusa principal del E.P. Mujeres de C'horrd os, permitiendo el ingreso del visitante Gelsin MORDAZA T MORDAZA el dia 7 de junio de 1997 con una Libreta Electoral cuya numeracion era ilegible y registrarlo en la Hoja de Control de visitas con el numero de tarjeta de propiedad de un vehiculo de su hermana la ti) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a dicho visitante tambien se le decomiso varios documentos de identidad; con lo que habria incumplido las normas del Manual de Procedimientos para el Servicio de Seguridad de los Establecimientos Penitenciarios; Que, revisado y analizado el descargo e informe oral formulado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLAUCA MORDAZA, fluye que, de acuerdo al Acta de Registro y de las instrumentales presentadas por dicha servidora, sc' ha evidenciado que los cosmeticos descritos en el acta de registro de fecha 9 de agosto de 1997, eran de propiedad y.dr uso personal de la servidora procesada, a excepcion de las dos lociones astringentes Clearskin-Avon. que eran para entregarlos a otra servidora, por otro lado en "El Manual de Procedimientos Operativos y Funciones del Personal de Revision en los EE.PP. de la Republica" Item O3-Articulos Prohibidos y Otros, aprobado por Resolucion N" 007-97. INPE-CR-P de fecha 6 de enero de 1997, solo esta refiirido para los EE.PP. de Varones, mas no para los de Mujeres; ademas la cantidad observada fue minima; por otro lado en relacion a la anotacion de otro documento de identificaci
CUNSEJU NACIONAL DEL AMBIENTE
Aprueban la Creacion de la CTM Regional- MORDAZA
DECRETO DEL CONSEJO DIRECTIVO IV' 004-98-CDKONAM MORDAZA, 15 de setiembre de 1998

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