Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 1998 (17/09/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

Pag.164048 ~l~~WlW:~

MORDAZA, jueves 17 de setiembre de 1998

setiembre de 1998 de la Oficina General de Asesoria / DENAS CANTORAL v GENNER MORDAZA MIRANJuridica. DA contra la Resoluc& de la Presidencia de la Comision 2?;;8yadora N" 287-9%INPE-CR-P de fecha 7 de MORDAZA CONSIDERANDO: Articulo 2".- Declarar IMPROCEDENTES los Recursos de Reconsideracion interpuestos por los ex servidores Que, mediante Resolucion de la Presidencia de la MORDAZA MORDAZA CANTORAL y GENNER GONComision Reorganizadora N" 287-98-INPE-CR-P de fecha ZALES MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la 7 de MORDAZA de 1,998, se resuelve imponer la sancion discipliparte considerativa de la presente resolucion. naria de destitucion al ex servidor MORDAZA CARDEArticulo 3".- Notifiquese la presente resolucion a NAS CANTORAL por haber permitido, que sin autorizatraves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos cion los internos MORDAZA MORDAZA Brizueta y MORDAZA MORDAZA legales pertinentes. MORDAZA de la MORDAZA, procedentes del Pabellon de Minima Articulo 4".- Remitir MORDAZA de la presente resolucion Seguridad ingresen al Pabellon de Mediana Seguridad a las instancias pertinentes para los fines de ley. ue estaba a su cargo, para agredir al interno MORDAZA e astaneda MORDAZA y otros; y al ex servidor GENNER Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA por haber permitido el MORDAZA fuera del horario establecido a los internos MORDAZA referidos, mas aun que el interno MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, se MORDAZA NAKANDAKARI KANASHIRO encontraba drogado, segun se desprende del Examen Presidente Parcial Toxicologico Dosaje Etilico N" 424/97; que dicha Comision Reorganizadora accion provoco un enfrentamiento entre internos; y luego de controlada la situacion el personal de seguridad acre10459 dito el hallazgo de una Pistola NF N" 23111, con un cartucho de cacerina, asi como varios heridos. Que contra las citada resolucion los ex-servidores RJZSOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE IA MORDAZA MORDAZA CANTORAL y GENNER GONCOMISION REORGANIZADORA ZALES MORDAZA han interpuesto Recursos Impugnatiw 389-9sINPE/CR/p vos de Reconsideracion. los cuales nor identidad de materia, de accion y plazo de interposicion es conveniente MORDAZA, 8 de setiembre de 1998 acumular; Visto, el Recurso de Reconsideracion interpuesto por Que el ex servidor MORDAZA MORDAZA CANel servidor MORDAZA MORDAZA QUINTEROS MORDAZA, medianTORAL argumenta en su Recurso de Reconsideracion te Expediente W AD-MP/98-08423, contra la Resolucion que no es MORDAZA que los internos hayan ingresado al de la Presidencia de la Comision Reorganizadora N" 264Pabellon de Mediana Seguridad a su cargo, para agre98-INPE-CR-P, de fecha 30 de junio de 1998 y Dictamen dir al interno MORDAZA Castaneda. Negando y contradicienN"151-98-INPE-OGAJ, de fecha 3 de setiembre de 1998 de do en todos los extremos la resolucion materia de la Oficina General de Asesoria Juridica; impugnacion. Que el Recurso de Reconsideracion interpuesto por el CONSIDERANDO: ex servidor MORDAZA MORDAZA CANTORAL, no registra firma de Letrado, tal como lo establece el inciso Que, mediante Resolucion de la Presidencia de la ej del Articulo 101" del Decreto Supremo W 02.94.JUS Comision Reorganizadora N" 264-98-INPE-CR-P, de "Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de fecha 30 de junio de 1998, impuso la Sancion DisciplinaProcedimientos Administrativos", el cual prescribe que el ria de CESE TEMPORAL por espacio de treinta y cinco escrito de interposicion de los recursos impugnativos (35) dias sin goce de remuneraciones, entre otros servidebera expresar firma de letrado en los lugares en que la dores, al servidor MORDAZA MORDAZA QUINTEROS MORDAZA defensa sea cautiva; ex Administrador del Establecimiento Penitenciario de Que el ex servidor GENNER MORDAZA MORDAZA TARMA; argumenta en su Recurso de Reconsideracion que el ex Que contra la resolucion recitada el servidor MORDAZA servidor MORDAZA MORDAZA CANTORAL permitio MORDAZA QUINTEROS RAMO{ ha interpuesto Recurso de que los internos MORDAZA MORDAZA Brizueta y MORDAZA MORDAZA Reconsideracion, manifestando que ha presentado dos MORDAZA de la MORDAZA ingresaran al Pabellon de Mediana, y descargos respectivos en los hechos investigados, la prique no es MORDAZA que MORDAZA constatado que el ultimo de los mera mediante Oficio N" 032-96-INPEIDRCIJLQR, de nombrados internos, se encontraba en estado Toxicologifecha 30 de octubre de 1996, ante el Director General de co. Negando y contradiciendo en todos los extremos la la Region Centro, (cuya instrumental acompana al escrito resolucion impugnada; de Reconsideracion en MORDAZA simple), y la MORDAZA me_ Que ambos Recursos Impugnativos de Reconsideradiante Solicitud de aceptacion de descargo-contra la cion interpuestos por los ex servidores MORDAZA CARR.P.C.R. N" 56597-INPE/CR-P, presentada en la Oficina DENAS CANTORAL y GENNER MORDAZA MIRANde Administracion Documentar& recepcionado el 19 de DA contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision noviembre de 1997; de la lectura y analisis de dichos Reorganizadora N' 287-98-INPE-CR-P de fecha 7 de MORDAZA documentos de descargo se desprende, que dicho servidor de 1998, no se acompana prueba instrumental alguna; MORDAZA una PECOSA (pedido - Comprobante de Salidai, por conforme a lo que establece el Articulo 98" del Decreto materiales de limpieza, las mismas que supuestamente Supremo N" 02.94.JUS "Texto Unico Ordenado de la Ley habian ingresado al Penal! simulando el ingreso de dide Normas Generales de Procedimientos Administratichos materiales al Establecimiento Penal por un monto de vos" que establece que el Recurso Impugnativo se interSi. 719.80 Nuevos Soles; pondra ante el mismo organo que dicto la primera resoluQue, no obstante, que el servidor al firmar la PECOSA cion impugnada, debiendo necesariamente sustentarse YN (pedido - Comprobante de Salida), fue sorprendido en en nueva prueba instrumental; su buena fe, y que en ningun momento participo ni actuo Estando al dictamen N"150-98-INPE-OGAJ, de fecha con dolo o lucro, para la comision de un ilicito penal en 2 de setiembre de 1998, de la Oficina General de Asesoria perjuicio del INPE; tambien es MORDAZA, conforme se desJuridica, y con las visaciones de la Oficina de Recursos prende de los escritos de descargo, que el servidor MORDAZA Humanos y la Oficina General de Asesoria Juridica; QUINTEROS MORDAZA, al momento de firmar dicho docuDe conformidad con lo establecido en el Articulo 98 mento, sabia perfectamente que era para justificar los del Decreto Supremo N" 02.94-JUS "Texto Unico Ordegastos de navidad, simulando el ingreso de materiales al nado de la Ley de Normas de Procedimientos AdminisEstablecimiento Penitenciario, situacion esta que atenua trativos", Decreto Legislativo N" 276, Decreto Supremo su responsabilidad, por la negligencia con que obro, pero N" 005-90-PCM, en uso de las facultades conferidas por que de ninguna manera lo enerva del mismo: Que, el inciso d) del Articulo 28" del Decreto Legislatila Resolucion Mmisterial pu"' 077-93.JUS y su moditicatoria la Resolucion Ministerial N" OO6-98-JUS Reglamento VO N" 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa" de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional 1manifiesta que la negligencia en el desempeno de sus Penitenciario; Resolucion Ministerial N" 23596-JUS y 1 funciones es falta de caracter disciplinario, que segun su ! gravedad puede ser sancionado con cese temporal o con Ley N" 26814; 1 destitucion; asi mismo el Articulo 27" del Decreto Legisla/ tivo N" 276, concordado con el Articulo 152" del Decreto SE RESUELVE Supremo N" 00590-PCM, manifiestan que los MORDAZA de sancion corres onden a la magnitud de las faltas, y la Articulo l".- Acumular los Recursos de Reconsideracalificacion de Pa gravedad de la falta es atribucion de la cion interpuestos por los ex servidores MORDAZA CAR-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.