Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 1998 (17/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

de; se autorizara solo para caso eventuales , dentro de s los parametros establecidos en la MORDAZA slegale svis gentes. L a autorizacio n municipa l comprende por un dia, considerando los horarios senalado en s presente el reglamento. Articulo 11°. - La Junta de Vecinos de la MORDAZA que corresponda, emitira opinion previamente. para otorgar la autorizacion. Articulo 12°.- La autorizacio n a a trave s dc una ser Resolucion Directora d le la Direccio nde Servicio s Comunales. Articulo 13°.- Se entregar ala autorizacio n la prea sentacion del Recib d e Pago d e S/ .20.00 , por gastos o administrativos

191 reconoc ey garantiza el Articul o ° de l a Constitucion Politic a del Estado Peruan o de conformida dcon la Ley y Organica d e Municipalidade s aprob o la siguiente:

ORDENANZA REGISTRO DE PROFESIONALES DE LA SALUD PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO SECCION PRIMERA DE LA MORDAZA DE REGISTRO Articulo Primero.- l a Municipalidad d e San MORDAZA d c L u r i g a n c h o a t r a v e s d c l a Direccion de Servicios Comunales, emitira una MORDAZA de registro a solicit ud del profesional cuya artividad tenga que ver con la salud de las personas, y las desarrolla en l a jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- L a const ancia de registro sera requisito previo para la obtencion de la licencia profesion a l ademas de lo estipulado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos. SECCION MORDAZA DE LOS REQUISITOS Articulo Tercero.- Con la finalidad de contar con l a MORDAZA de registro, e l profecional presentara un finm a t o d e s o l i c i t u d declaracion j u r a d a , adjuntando los siguientes documentos:

TITULO VI DEL PROCEDIMIENTO DE LA APLICACION DE LA NOTIFICACION Y MULTA Articulo 14°. - De verifica ry comprobars ela infraccion, l aMunicipalida d 1 trave sde las unidade s organicas a correspondientes, notificar al infractor especificand o a , la falta e indicandole e mont ode la mult a y el plaz o par a su l cancelacion Articulo 15°.- De reincidi ren l a infraccion se aplicara , con multa igual al doble de l anteriorment eimpuesta por a desacat o a la autorida dmunicipal adema sc o n la cancela, cio n de l a autorizacio n municipal. Articulo 16°|.- La Direccio nde S e r v i c i o s Comunales coordinara con la Oficina d Renta sy la Oficin a de Asesoe ria Juridica para las denuncias ant e leMinisteri oPublico cuando el cas o requiera. lo TITULO VII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

l Primera.- Lo dispuesto en e present e reglamento, no exime a las personas naturale y/ o juridicas d ecumplir s con las disposicione sobr e higien esalud . salubrida d y s medi o ambient e establecidos en las norma> legales vigentes, bajo pen ade se r sancionado

DISPOSICIONES

TRANSITORIAS

d Primera.- La Municipalida d e San Jua n de Lurigancho , procedera en u n plaz o de 30 dias; .a parti rd e la fecha de publicacio n dar cumplimiento a present e reglamena l to. Segunda.- Autorices e la Direccio n e Presupuesto, a d planeamient o Estadistic ael provisionamient o y del presupuesto, par ael cumplimient o l a present e norma. de

SECCION TERCERA DE LAS RESPONSABILIDADES

DISPOSICION FINAL
Dejese si n efect o toda norm alega l que se oponga al cumplimiento de l a present e ordenanz a y reglamento. Registrese . comuniquese , cumplas e y publiquese L U IS MORDAZA MORDAZA MORDAZA

SECCION CUARTA DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Articulo Septimo.- La Municipalidad d e San MORDAZA de Lurigancho incorpora en un Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). e l Procedimiento de Otorgamiento de MORDAZA de Registros de Profecionales de la Salud, a que se contrae la presente ordenanza estableciendo s u s requisitos. Articulo Octavo.- La Direccion de Servicios Comunales o la que haga sus veces sera la responsable de l a i difusion y aplicacion de la presente ordenanza ent rara en vigencia el dia de s publicacion e n el Diario Oficial El u Peruano.

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Aprueban Ordenanza sobre el Registro de Profesionales de la Salud para el desarrollo de actividades en el distrito
ORDENANZA N° 004
San MORDAZA de Lurigancho. 14 d juli o d e 1998 e EL MORDAZA DE: LA MUNICIPALIDAD DE S A N J U A N DE LURIGANCHO POR CUANTO: El Concejo Municipa en sesio nordinari a de fecha l novent a y ocho, e n uso nueve de Juli ode mi l noveciento s de la autonomi apolitica .economic a administrativ a y que

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