Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 1999 (05/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 5 de junio de 1999

NORMAS LEGALES

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Visto el Escrito de Registro Nº 00156003 de fecha 11 de enero de 1999 mediante el cual, MANUMAR S.A. deduce la nulidad de la Resolucion Viceministerial Nº 112-98-PE; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 254-97-PE/DNE de fecha 18 de diciembre de 1997, se declaro improcedente la solicitud presentada por MANUMAR S.A. sobre autorizacion de incremento de flota, via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera siniestrada denominada GATO I, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en razon que se determino que fue inventariada dentro del MORDAZA normativo a que se contraen las Resoluciones Ministeriales Nºs. 058-93-PE, 247-93-PE y 287-93-PE como embarcacion inoperativa y, asimismo, que no contaba con permiso de pesca vigente ni procedimiento en tramite, por lo que no formaba parte de la flota existente; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 067-98PE/DNE de fecha 13 de marzo de 1998, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la recurrente contra la Resolucion Directoral citada en el primer considerando, fundamentandose en que no desvirtuo lo sustentado en la resolucion recurrida, con relacion a los requisitos sustantivos previstos en el Articulo 20º del reglamento de la Ley General de Pesca, toda vez que no se acredito que la embarcacion pesquera denominada GATO I hubiere sido inventariada en estado operativo y que contaba con permiso de pesca vigente otorgado por la Administracion; Que por Resolucion Viceministerial Nº 112-98-PE, se declaro infundado el recurso de apelacion interpuesto por MANUMAR S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 06798-PE/DNE, en virtud a que de una interpretacion sistematica de la normatividad pesquera vigente, se verifico que la embarcacion denominada GATO I no formaba parte de la flota existente, asimismo, no contaba con permiso de pesca y no habia acreditado haber efectuado un esfuerzo pesquero significativo sobre los recursos pesqueros objeto de la solicitud, encontrandose inventariada en estado inoperativo, asi como que el otorgamiento de la autorizacion solicitada por la recurrente, incrementaria el esfuerzo pesquero ejercido sobre los recursos anchoveta y sardina, contraviniendo los principios de conservacion y uso sostenido de los mismos, que fundamentan y estructuran el ordenamiento juridico pesquero vigente; Que mediante el escrito del visto, la recurrente deduce la nulidad de la Resolucion Ministerial Nº 112-98-PE; Que del analisis y evaluacion efectuado a los antecedentes que obran en el expediente, se concluye que la nulidad deducida contra la resolucion citada en el considerando anterior, carece de efectos juridicos dentro del procedimiento administrativo iniciado por la recurrente por extemporanea, en virtud que la misma puede deducirse unicamente dentro del recurso de apelacion y, en consecuencia, dentro del plazo para la interposicion de este ultimo, conforme a lo dispuesto en los Articulos 44º y 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos; De conformidad con lo establecido en los Articulos 8º, 44º y 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, modificado por la Ley Nº 26810; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar inadmisible la nulidad deducida por MANUMAR S.A. contra la Resolucion Viceministerial Nº 112-98-PE, en virtud a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 7344

Autorizan convocatoria y nombran comision encargada de concurso publico de ofertas de precios para otorgamiento de permisos de pesca a barcos calamareros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 182-99-PE MORDAZA, 4 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que en el Articulo 3º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, se establece que los recursos hidrobiologicos por su condicion de bienes patrimoniales de la Nacion, son administrados por el Estado, debiendo este participar de las rentas y beneficios producidos por su explotacion; Que en concordancia con el numeral 6.4 del Plan de Ordenamiento del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE, el acceso a la pesqueria sera otorgado mediante permisos de pesca obtenidos por concursos publicos de ofertas de precios en la forma y modalidad que el Ministerio de Pesqueria determine para cada concurso; Que el numeral 7.1 del citado Plan de Ordenamiento establece que los concursos publicos de ofertas de precios seran autorizados y convocados por Resolucion Ministerial de Pesqueria; Que sobre la base de la informacion disponible sobre el recurso calamar gigante, el Instituto MORDAZA del Peru IMARPE- ha determinado una cuota de captura permisible para la presente temporada que podra ser MORDAZA de acuerdo al comportamiento del recurso con relacion a los cambios ambientales; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la convocatoria a Concurso Publico de Ofertas de Precios Nº 01-99-PE, para el otorgamiento de permisos de pesca para la operacion de barcos calamareros, por un esfuerzo de pesca total de hasta 7,300 TRN (siete mil trescientas toneladas de registro neto). La cuota y demas parametros se estableceran en las Bases Administrativas del Concurso que seran aprobadas mediante Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 7403 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 183-99-PE MORDAZA, 4 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE, fue aprobado el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, en cuyo numeral 6.4 se establece que el acceso a la pesqueria sera otorgado mediante permisos de pesca obtenidos por concursos publicos de ofertas de precios en la forma y modalidad que el Ministerio de Pesqueria determine para cada concurso; Que para tal efecto, mediante Resolucion Ministerial Nº 182-99-PE, se ha autorizado la Convocatoria a Concurso Publico de Ofertas de Precios Nº 01-99-PE, siendo necesario en consecuencia, se nombre la Comision de Recepcion y Evaluacion de Propuestas de conformidad con el numeral 7.2 del precitado Plan de Ordenamiento Pesquero; y, Con la opinion favorable del Viceministro;

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