Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2000 (28/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 28 de octubre de 2000
Registrese, comuniquese y publiquese.

NORMAS LEGALES

Pag. 194417

Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Presidencia 12426

PESQUERIA
Declaran en abandono diversos procedimientos de inscripcion de organizaciones sociales de pescadores artesanales y MORDAZA de armador artesanal
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 003-2000-PE/DNPA MORDAZA, 25 de octubre del 2000 Visto los escritos de diversas Organizaciones Sociales y persona natural que se describen en el anexo, mediante los cuales solicitan Inscripcion y Otorgamiento de MORDAZA de Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales y MORDAZA de Armador Artesanal. CONSIDERANDO: Que el Articulo 72º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE modificado por el Decreto Supremo Nº 07-97-PE, establece que el Ministerio de Pesqueria promueve la transferencia de tecnologia y la capacitacion a favor de aquellos pescadores y procesadores artesanales organizados en instituciones sociales, sindicatos, gremios, cooperativas, asociaciones y otras modalidades asociativas reconocidas por ley; Que el inciso e) del Articulo 48º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 436-95-PE, del 27 de MORDAZA de 1995, senala que es funcion de la Direccion MINISTERIO DE PESQUERIA
Direccion Nacional de Pesca Artesanal

Nacional de Pesca Artesanal, promover, asesorar, inscribir, evaluar y supervisar la formacion de Empresas Pesqueras Artesanales y Organizaciones sociales representativas de pescadores artesanales, asi como otorgar MORDAZA Artesanal respectiva; Que el inciso e) del Articulo 69º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-94-JUS, senala que los tramites a cargo de los interesados deberan realizarse por estos en el plazo de 60 dias calendario a partir de la notificacion. Asimismo el Articulo 70º, senala que cuando los interesados no cumplan con realizar los tramites mencionados, en el plazo de tres meses incurriran en abandono del procedimiento administrativo; Que de la evaluacion efectuada a los expedientes de las diversas Organizaciones Sociales que se encuentran en esta Direccion Nacional, se ha determinado que no han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, dentro del plazo otorgado por la administracion, en consecuencia se encuentran incursos en la causal de abandono establecida en la Ley, por lo que procede declarar en abandono los procedimientos administrativos iniciados; Estando a lo informado por la Direccion de Promocion Pesquera y; con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica, conforme lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 009-2000-PE; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y sus modificatorias y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en abandono los procedimientos administrativos de solicitud de Inscripcion y Otorgamiento de MORDAZA, y MORDAZA de Armador Artesanal, iniciado por las Organizaciones Sociales de pescadores artesanales que se detallan en el anexo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a las Direcciones Regionales de Pesqueria que corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COMENA Director Nacional de Pesca Artesanal

ANEXO R.D. Nº 003-2000-PE/DNPA
Nº EXPEDIENTE Nº 1 CE-00029003 FECHA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14/03/00 MORDAZA de Armador Artesanal Inscripcion de Organizaciones Sociales de Pescadores y Procesadores (con Licencia de Operacion) y Armadores Artesanales Inscripcion de Organizaciones Sociales de Pescadores y Procesadores (con Licencia de Operacion) y Armadores Artesanales Inscripcion de Organizaciones Sociales de Pescadores y Procesadores (con Licencia de Operacion) y Armadores Artesanales Inscripcion de Organizaciones Sociales de Pescadores, Procesadores (con Licencia de Operacion) y Armadores Artesanales Inscripcion de Organizaciones Sociales de Pescadores y Procesadores (con Licencia de Operacion) y Armadores Artesanales SOLICITANTE PROCEDIMIENTO REQUISITO INCUMPLIDO Carne de Pescador DOCUMENTO FECHA FECHA DE RECEPCION 18.05.2000 REMITIDO Oficio Nº 976-2000PE/DNPA 12.05.2000

2 CE-00096002

10/04/00

Asociacion de Maricultores "Region Chavin"

Carne de Pescador

Oficio Nº 891-2000PE/DNPA 05.05.2000

10.05.2000

3 CE-00080003

05/05/00

4 CE-00045003

09/05/00

Asociacion de Pescadores Artesanales de la Caleta "LA GRAMITA" Asociacion de Recolectores y Protectores de Camaron del Rio Tambo Sector Ayanquera Asociacion de Pescadores Artesanales del Balneario de Tortugas Asociacion de Pescadores y Armadores Artesanales del Puerto de Huarmey y Anexos

Carne o Patente de Oficio Nº 1124-2000Buzo de los Asociados PE/DNPA 26.05.2000

04.06.2000

Constancias expedidas Oficio Nº 918-2000por la Direpe PE/DNPA 09.05.2000

15.05.2000

Carne de Pescador

5 CE-00092001

17/04/00

Oficio Nº 1020-2000PE/DNPA 15.05.2000

22.05.2000

6 CE-00099003

23/05/00

Carne de Pescador

Oficio Nº1292-2000PE/DNPA 13.05.2000

22.05.2000

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