Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2000 (28/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, sabado 28 de octubre de 2000

NORMAS LEGALES
ORDENANZA

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Articulo 16º.- En caso de no verificarse el pago conforme se establece en el Articulo 10º de la presente Ordenanza o negarse a efectuarla, se procedera a factibilizar dicho cobro conforme a Ley (Codigo Tributario). Articulo 17º.- Los ingresos que genere el cobro de la tasa por el servicio de estacionamiento vehicular seran destinados exclusivamente a la implementacion, mantenimiento, y mejoramiento del servicio de estacionamiento vehicular. DISPOSICIONES FINALES Primera.-Dejese sin efecto las Ordenanzas Nº 014, Nº 032 y otra MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 12408

Articulo Primero.- MODIFICAR el Art. 15º de la Ordenanza Nº 010-2000/MDSMP de fecha 29 de marzo del 2000, el cual queda redactado de la siguiente manera: "Articulo 15º.- REQUISITOS PARA LA APROBACION DE HABILITACIONES URBANAS EJECUTADAS.Para fines de obtencion de los servicios basicos se otorgaran y/o emitiran las Resoluciones de aprobacion de habilitaciones urbanas acreditando la TITULARIDAD DEL PREDIO, LOTES, TERRENOS, INMUEBLES adquiridos por TRANSFERENCIAS LLEVADOS POR INSTRUMENTOS PUBLICOS O PRIVADOS CON MORDAZA TITULO y aun en TRACTO SUCESIVO especificando quien lo solicita y de quien se encuentra registrado el inmueble de ser el caso, acompanando los siguientes requisitos: a) Personas Juridicas, acuerdo de asambleistas acreditando mas de la mitad de los votos aprobando a favor la habilitacion MORDAZA por parte de sus miembros concurrentes, asi como designar a las personas que van a efectuar dicho tramite, a acreditar representacion juridica. b) Acreditar la titularidad o titularidades con las transferencias por documentos publicos o privados que determinen MORDAZA titulo, incluyendo los adquiridos en tracto sucesivo. c) Constancias, Certificados y otros documentos que definen su posesion otorgados por autoridades, en general a cualquier otro documento que amerite prueba en dicho sentido. d) Declaracion de por lo menos un representante legal de una institucion colindante que testifique permanencia publica, pacifica y continua de los terrenos, lotes o predios por la antiguedad del tiempo alegado. e) Comprobacion de viviendas en construccion o construidas no menor al 25% del total de los lotes, predios o del terreno matriz, siempre y cuando constituyan viviendas, para la cual la Jefatura de Habilitacion MORDAZA realizara las inspecciones oculares respectivas, cuyo acto estara sujeto al pago previo que determina el MORDAZA para otras inspecciones. f) Declaracion Jurada de Pago del Impuesto Predial correspondientes a los anos desde que adquirieron el predio; tratandose de instituciones de vivienda deberan acreditarlo con no menos del 40% de las unidades de vivienda. El solicitante ademas debera indicar si tiene acuerdo contractual con alguna inmobiliaria al respecto, de ser el caso se le debera cursar comunicacion. En caso de cuestionarse la propiedad o existir contencion en la titularidad del terreno matriz, lotes o predios materia de la Habilitacion MORDAZA incluyendo acuerdos contractuales con Inmobiliarias y otros sobre la misma habilitacion, la Direccion de Asesoria Juridica se pronunciara al respecto en el plazo de 5 dias sobre el interes y la legitimidad legal del pedido, conforme a nuestra legislacion civil y demas normas que se puedan aplicar supletoriamente por la especialidad de la materia. En caso, que la Direccion de Asesoria Juridica se pronuncie sobre la no procedencia del pedido se resolvera por la no continuacion y denegacion a tramite, hasta que subsane las observaciones en plazo perentorio bajo apercibimiento de darse por archivado el procedimiento. Las Resoluciones de aprobacion de habilitaciones urbanas expedidas justificando causas para la obtencion de los servicios basicos elementales no podran continuar en tramite administrativo hasta que no acompanen el Titulo de Propiedad o Ficha Registral de dominio. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 12410

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Modifican articulo del Reglamento para la aprobacion de Habilitaciones Urbanas en el distrito
ORDENANZA Nº 026-2000/MDSMP San MORDAZA de Porres, 25 de octubre de 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria de fecha 25 de octubre del 2000; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 010-2000/MDSMP de fecha 29.3.2000, se aprueba el Reglamento para la aprobacion de Habilitaciones Urbanas en el distrito de San MORDAZA de Porres; Que, el Sr. Regidor MORDAZA Quispitongo Pianto, Presidente de la Comision de Asuntos Legales del Concejo de San MORDAZA de Porres, ha presentado un proyecto que modifica el Art. 15º de la citada Ordenanza, la misma que prescribe los requisitos para la aprobacion de Habilitaciones Urbanas ejecutadas; Que, el referido proyecto de modificacion, permitira a los pobladores de las Organizaciones Sociales de Vivienda que no cuenten con los servicios basicos elementales de agua y desague entre otros, obtener su aprobacion de Habilitacion MORDAZA sin que sea requisito obligatorio la MORDAZA de Titulo de Propiedad del terreno o ficha registral del dominio del inmueble matriz; Que, es politica de la actual gestion fomentar el bienestar de las organizaciones sociales de vivienda, dotandolos de mecanismos y procedimientos administrativos que MORDAZA viable la simplificacion para la aprobacion del procedimiento de Habilitaciones Urbanas ejecutadas; Que, siendo favorable lo opinado por la Direccion de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 1005-2000MDSMP/DAJ, el Concejo Municipal por unanimidad aprobo la siguiente:

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