Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2000 (28/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

INSTRUCCIONES
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02 50 51 40 05 500 : : : : : :

IMPORTANTE El presente formulario podra ser utilizado por los deudores tributarios que no se encuentran obligados a solicitar el acogimiento al Regimen Especial de Fraccionamiento Tributario a traves del Programa de Declaracion Telematica (PDT).

MORDAZA, sabado 28 de octubre de 2000

REQUISITOS PARA EL ACOGIMIENTO AL REGIMEN El acogimiento al Regimen surtira efectos siempre que el deudor tributario cumpla con los siguientes requisitos, por cada MORDAZA de deuda por el que solicita su acogimiento al Regimen: a) Haber presentado las declaraciones y efectuado el pago de las obligaciones tributarias correspondientes a los periodos tributarios que MORDAZA exigibles desde el mes de agosto de 2000, hasta la fecha de acogimiento, inclusive. b) De optarse por la modalidad de pago al contado, haber efectuado el pago del 95% de la deuda materia de acogimiento al Regimen, hasta la fecha de MORDAZA de la solicitud. c) De optarse por la modalidad de pago fraccionado, haber efectuado el pago de la cuota inicial, la que no debe ser menor al 10% de la deuda materia de acogimiento al Regimen, hasta la fecha de MORDAZA de la solicitud. d) Cumplir con ofrecer, otorgar y/o formalizar las garantias, en los casos en que corresponda, de acuerdo con lo establecido por la SUNAT. MORDAZA 501 :

INSTRUCCIONES ESPECIFICAS Consignar el numero de RUC que corresponda al deudor tributario. Consignar el codigo del MORDAZA de documento de identidad (segun tabla N° 3). Consignar el numero del documento correspondiente. Consignar el numero total de formatos anexos que adjunta. Consignar el numero de orden del F. 4830 que esta sustituyendo. Consignar el codigo `1' para que las multas generadas por las infracciones cometidas hasta el 31.07.2000 que no se encuentren impugnadas MORDAZA extinguidas con su acogimiento, siempre que la infraccion respectiva MORDAZA sido subsanada o, de acuerdo a las reglas del Regimen, no sea necesaria su subsanacion. Caso contrario, no llenar. Consignar el codigo `1' para que las costas y gastos generados hasta el 31.07.2000 se extingan con su acogimiento. Caso contrario, no llenar.

DEUDAS TRIBUTARIAS QUE NO PUEDEN SER MATERIA DE ACOGIMIENTO AL REGIMEN Las siguientes deudas no podran ser materia de acogimiento al Regimen: a) Las deudas cuyo periodo tributario MORDAZA exigibles con posterioridad al 31 de MORDAZA de 2000. b) Los pagos a cuenta mensuales del impuesto a la renta correspondientes a los periodos tributarios de enero a junio del 2000, incluyendo sus respectivos intereses. c) Las infracciones que no hayan sido subsanadas en los casos previstos en el numeral 4.2 del Articulo 4° de la Ley 27344. d) Las deudas correspondientes a las personas naturales a quienes se les hubiera abierto instruccion o se hubiera emitido sentencia condenatoria firme por delito tributario, asi como la de las empresas o entidades a traves de las cuales se hubiera realizado los hechos materia de la instruccion, de acuerdo con lo senalado en el Art. 4° del Reglamento. e) Las deudas impugnadas respecto de las cuales no se hubiera presentado el escrito de desistimiento respectivo.

NORMAS LEGALES

TIPOS DE DEUDA POR LAS CUALES SE PUEDE SOLICITAR ACOGIMIENTO AL REGIMEN Tributos administrados por la SUNAT Contribuciones al ESSALUD Contribuciones a la ONP Contribucion al SENCICO Contribucion al FONAVI

INSTRUCCIONES GENERALES 1. USO DEL FORMULARIO En relacion al presente formulario, se tendra en cuenta lo siguiente: 1. Se utilizara para solicitar el acogimiento al Regimen Especial de Fraccionamiento Tributario y debera acompanarse a esta, los anexos donde se detalla las deudas por las que se solicita el acogimiento. 2. Debera presentarse por duplicado, siendo su distribucion la indicada en el margen izquierdo. 3. Podra ser utilizado en el caso de optar por la modalidad de pago al contado o fraccionado o aquellos que resultaran con importe a pagar igual a cero. 4. Debera llenarse a maquina o con letra MORDAZA imprenta.

Deuda acogida y modalidad de pago: El acogimiento al Regimen, asi como la modalidad de pago, son independientes por cada MORDAZA de deuda, aun cuando debe solicitarse el acogimiento en un unico formulario. Deuda acogida : En las casillas correspondientes al MORDAZA de deuda (casillas 801, 811, 821, 831 y/o 841), consignar el monto de la deuda por el cual solicita el acogimiento al Regimen, actualizada mediante la aplicacion de los factores de la TABLA N° 1 que figura en el D.S 110-2000-EF o en la R.M. que aprueba los factores de actualizacion hasta noviembre de 2000. Modalidad de pago : En las casillas correspondientes al MORDAZA de deuda (casillas 802, 812, 822, 832 y/o 842), segun el MORDAZA de deuda, consignar `0' en caso de tratarse de pago al contado o `1' de tratarse de la modalidad fraccionada. Pago contado o : De seleccionarse la modalidad de pago al contado, debera consigCuota Inicial nar el 95% del monto indicado en la MORDAZA de deuda acogida (801, 811, 821, 831 y/o 841), en las casillas 803, 813, 823, 833 y/o 843, segun el MORDAZA de deuda. Si la modalidad de pago seleccionada es fraccionada, en las casillas 803, 813, 823, 833, y/o 843, consignar como minimo el 10% de la MORDAZA de deuda acogida, dicho monto no debe ser menor de S/. 150.00. Numero de cuotas : En las casillas correspondientes al MORDAZA de deuda (casillas 804, 814, 824, 834 y/o 844), consignar el numero de cuotas por el cual solicita el acogimiento al Regimen, el cual puede variar entre 1 y 120. Monto de cuotas : En las casillas correspondientes al MORDAZA de deuda (casillas 805, 815, 825, 835 y/o 845), consignar el monto de las cuotas, el cual resulta de multiplicar el saldo de la MORDAZA de deuda acogida menos la MORDAZA de cuota inicial por el factor indicado en la TABLA N° 2 (que figura en el D.S 110-2000-EF), por MORDAZA de deuda, de acuerdo al numero de cuotas por el cual solicita fraccionamiento. El monto de cada cuota no podra ser menor de S/. 150.00. Pagos previos : En las casillas correspondientes al MORDAZA de deuda (casillas 807, 817, 827, 837 y/o 847), de ser el caso, consignar el monto de los pagos efectuados con anterioridad a la MORDAZA de la solicitud. Importe a pagar : Consignar el monto a pagar por MORDAZA de deuda (casillas 808, 818, 828, 838 y/o 848), el cual resulta de restar del monto de pago al contado o de la cuota inicial consignada en la solicitud, el importe de los pagos previos realizados con anterioridad a la MORDAZA de esta.

2.

TABLA N° 3 CODIGO DENOMINACION 1 L.E o DNI 2 Carne FF.PP 3 Carne FF.AA 4 Carne Extranj. 7 Pasaporte 8
Doc. Prov. de Identidad

Pag. 194447

MOTIVOS QUE GENERAN EL RECHAZO DE LA SOLICITUD El formulario sera rechazado si se presenta alguna de las siguientes observaciones: 1. Falta el MORDAZA de documento de identificacion y el numero del mismo. 2. Falta la firma del deudor tributario o representante legal. 3. Presentase borrones y/o enmendaduras. 4. El N° de orden del ejemplar para el deudor no coincida con el del ejemplar para la SUNAT.

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