Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2001 (06/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, jueves 6 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Articulo Decimo.- Las Areas destinadas a estacionamiento ubicadas en los Derechos de Via, son de uso publico irrestricto, y no pueden aprovecharse de manera exclusiva por particulares, salvo que se autorice su concesion administrativa, de acuerdo a Ley. Articulo Undecimo.- El estacionamiento en las Vias Arteriales y Colectoras con seccion de via suficiente para garantizar la fluidez del MORDAZA vehicular sera autorizado por la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y, en todos los casos, sera administrado por la Municipalidad Distrital correspondiente. El estacionamiento en las Vias Locales, con seccion de via suficiente para garantizar la fluidez del MORDAZA vehicular, sera autorizado y administrado por la Municipalidad Distrital correspondiente, previo conocimiento de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Duodecimo.- Todos los proyectos y las edificaciones que se efectuen en MORDAZA Metropolitana deberan respetar el alineamiento del Derecho de Via normado. En zonas antiguas y consolidadas se respetara el alineamiento del Derecho de Via Existente. Articulo Decimo Tercero.- La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades Distritales estableceran obligatoriamente y en el plazo mas breve, mecanismos e instrumentos de Control MORDAZA permanente para la defensa y respeto de los Derechos de Via de todas las Vias e Intercambios Viales del Sistema Vial Metropolitano. Articulo Decimo Cuarto.- Encarguese al Instituto Metropolitano de Planificacion la revision y actualizacion permanentes del Plan Vial Metropolitano y de las Secciones Viales Normativas correspondientes. Articulo Decimo Quinto.- La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA establecera, a partir del Sistema Vial Metropolitano que se aprueba, la actualizacion del Banco de Proyectos de Inversiones Urbanas en Vialidad y Transporte, considerando tanto los proyectos de Infraestructura Vial e Intercambios Viales, como los referidos al Transporte Metropolitano en sus diversas modalidades, priorizando el Transporte Publico, en especial el Transporte Rapido Masivo y el Transporte Masivo.

ciones comerciales e industriales. Asimismo integran la MORDAZA con el resto del pais. En estas vias el flujo es ininterrumpido; no existen cruces al mismo nivel con otras vias, sino a diferentes niveles o con intercambios especialmente disenados. Las Vias Expresas sirven tambien a las propiedades vecinas mediante rampas y vias auxiliares de diseno especial. Las Vias Expresas pueden recibir vehiculos livianos y - cuando sea permitido- vehiculos pesados, cuyo trafico debe ser tomado en consideracion para el diseno geometrico, especialmente en el caso de las Carreteras que unen la MORDAZA con el resto del pais. En caso se permita servicio de transporte publico de pasajeros, este debe desarrollarse por buses, preferentemente en calzadas exclusivas con paraderos debidamente disenados. No se permite la circulacion de vehiculos menores. Las Vias Expresas, de acuerdo al ambito de su jurisdiccion, pueden subdividirse en: Nacionales/ Regionales, Subregionales y Metropolitanas. Las Vias Expresas Nacionales son aquellas que forman parte del Sistema Nacional de Carreteras, que cruzan el Area Metropolitana de MORDAZA - Callao y la vinculan con el resto del pais. Estan destinadas fundamentalmente para el transporte interprovincial y el transporte de carga, pero en el area MORDAZA metropolitana absorben flujos del transporte urbano. Las Vias Expresas Subregionales son aquellas que integran la Metropolis con distintas Subregiones del MORDAZA, no reciben MORDAZA flujos vehiculares y pueden tener una menor longitud que las Vias Regionales. Las Vias Expresas Metropolitanas son aquellas que sirven directamente al area MORDAZA metropolitana. b. Vias Arteriales Son aquellas que tambien llevan apreciables volumenes de MORDAZA entre areas principales de generacion de MORDAZA y a velocidades medias de circulacion. A MORDAZA distancias se requiere de la construccion de pasos a desnivel y/o intercambios que garanticen una mayor velocidad de circulacion. Pueden desarrollarse intersecciones a nivel con otras Vias Arteriales y/o colectoras. El diseno de las intersecciones debera considerar carriles adicionales para volteos que permitan aumentar la capacidad de la via. En las Vias Arteriales se permiten el MORDAZA de los diferentes tipos de vehiculos. El transporte publico autorizado de pasajeros debe desarrollarse preferentemente por buses, debiendo realizarse por calzadas exclusivas cuando el derecho de via asi lo permita o carriles segregados y con paraderos debidamente disenados para minimizar las interferencias con el MORDAZA directo. Las Vias Arteriales deberan tener preferentemente vias de servicio laterales para el acceso a las propiedades. En las areas centrales u otras sujetas a limitaciones de seccion, podran no tener vias de servicio. Cuando los volumenes de MORDAZA asi lo justifiquen, se construiran pasos a desnivel entre la Via Arterial y alguna de las vias que la interceptan, aumentando sensiblemente el regimen de capacidad y de velocidad. El sistema de Vias Arteriales se disena cubriendo el area de la MORDAZA por una red con vias espaciadas entre 1,000 a 2,000 metros entre si. c. Vias Colectoras Son aquellas que tienen por funcion llevar el MORDAZA desde un sector MORDAZA hacia las vias Arteriales y/o vias Expresas. Sirven por ello tambien a una buena proporcion de MORDAZA de paso. Prestan ademas servicio a las propiedades adyacentes. El flujo de MORDAZA es interrumpido frecuentemente por intersecciones semaforizadas en los cruces con vias Arteriales y otras vias colectoras. En el caso que la via sea autorizada para transporte publico de pasajeros se deben establecer y disenar paraderos especiales. El sistema de Vias Colectoras se disena cubriendo el area de la MORDAZA por una red con vias espaciadas entre 400 a 800 mts. entre si. d. Vias Locales Son aquellas cuya funcion es proveer acceso a los predios o lotes adyacentes. Su definicion y aprobacion, cuando se trate de habilitaciones urbanas con fines de vivienda, correspondera de acuerdo a Ley, a las municipalidades distritales, y en los casos de habilitaciones industriales, comerciales y de otros usos, a la Municipalidad Metropolitana de Lima.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- El Instituto Metropolitano de Planificacion queda encargado de: a) Editar, difundir y distribuir a las dependencias correspondientes de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las municipalidades distritales, la presente Ordenanza, el plano aprobado y sus anexos; y b) Desempenar las labores de autenticacion del Plano SVM-1999 y de las Laminas de las Secciones Viales Normativas aprobadas por la presente Ordenanza. Segunda.- En tanto continue el MORDAZA de actualizacion del Sistema Vial Metropolitano, las Secciones Viales Normativas o los Derechos de Via establecidos mediante Planes Urbanos Metropolitanos anteriores, que no esten considerados en la presente actualizacion, mantendran su vigencia para todos los efectos del ordenamiento urbano.

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Derogase y dejese sin efecto cualquier disposicion municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los nueve dias del mes de noviembre de dos mil uno. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia

ANEXO Nº 1. DEFINICIONES
a. Vias Expresas Son aquellas vias que soportan importantes volumenes de vehiculos con circulacion de alta velocidad, en condiciones de flujo libre. Unen zonas de importante generacion de MORDAZA, extensas zonas de vivienda, concentra-

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