Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2001 (01/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 1 de junio de 2001

MALDI MOYANO" y estando acreditada la exactitud del nombre; De conformidad con lo establecido en el Articulo 96º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-94-JUS, del Decreto Ley Nº 25515; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar la Resolucion Suprema Nº 0324-2001-IN-1501 de fecha 27.MAR.2001, en el sentido de considerar como nombres y apellidos del Subprefecto de la provincia de Chincha del departamento de Ica, como MORDAZA MORDAZA GRIMALDI MOYANO, en lugar de MORDAZA MORDAZA GRIMALDI MOLLANO. Articulo 2º.- Los documentos administrativos que se deriven de la Resolucion MORDAZA citada, se adecuaran a lo resuelto en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA KETIN MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 24495

Articulo Unico.- Conceder INDULTO a MORDAZA MORDAZA MORDAZA RONCAL, quienes se encuentran en el Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad de Picsi. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 24503 RESOLUCION SUPREMA Nº 231-2001-JUS MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2001 Vistas las solicitudes presentadas por MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA y Grovel Llagas MORDAZA o MORDAZA Llagas MORDAZA o Grovel Llagas MORDAZA o MORDAZA Llagas MORDAZA, asi como los Informes de la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, de fechas 4 y 16 de MORDAZA del 2001, respectivamente, que recomienda la concesion del Indulto; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creo una Comision Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Republica, en forma excepcional, la concesion de indulto y derecho de MORDAZA, para quienes se encuentren condenados por delito de terrorismo o traicion a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir razonablemente que no habrian tenido ningun MORDAZA de vinculacion con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234, se otorgo al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, creada por Decreto Supremo Nº 0032000-JUS, ha recomendado la concesion de indulto a favor de los citados ciudadanos, por encontrarse sus solicitudes dentro de los alcances del Articulo 1º de la Ley Nº 26655; Que la permanencia de personas inocentes en prision constituye una situacion que debe ser remediada con la restitucion de la MORDAZA individual, dejando a salvo el derecho de los solicitantes a recuperar sus demas derechos, y en su oportunidad, a que se les repare adecuadamente el dano sufrido; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 118º inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Conceder INDULTO a MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA y GROVEL LLAGAS MORDAZA O MORDAZA LLAGAS MORDAZA O GROVEL LLAGAS MORDAZA O MORDAZA LLAGAS MORDAZA, quienes se encuentran en el Establecimiento Penitenciario de Potracancha - MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 24504

JUSTICIA
Conceden indulto a sentenciados por delito de terrorismo o traicion a la patria de los Establecimientos Penitenciarios de Picsi y Potracancha
RESOLUCION SUPREMA Nº 230-2001-JUS MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2001 Vista la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Roncal, asi como el Informe de la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, de fecha 11 MORDAZA del 2001, que recomienda la concesion del Indulto; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creo una Comision Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Republica, en forma excepcional, la concesion de indulto y derecho de MORDAZA, para quienes se encuentren condenados por delito de terrorismo o traicion a la patria, en base a elementos probatorio insuficientes que permitan presumir razonablemente que no habria tenido ningun MORDAZA de vinculacion con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234, se otorgo al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, creada por Decreto Supremo Nº 003-2000-JUS, ha recomendado la concesion de indulto a favor del citado ciudadano, por encontrarse su solicitud dentro de los alcances del Articulo 1º de la Ley Nº 26655; Que la permanencia de personas inocentes en prision constituye una situacion que debe ser remediada con la restitucion de la MORDAZA individual, dejando a salvo el derecho de los solicitantes a recuperar sus demas derechos, y en su oportunidad, a que se les repare adecuadamente el dano sufrido; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 118º inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru;

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