Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2001 (01/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, viernes 1 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la construccion de una embarcacion pesquera a denominarse "JHONY MANUELITO III" de 80.00 m3 de capacidad de bodega y equipada con el sistema de pesca de palangre o espinel, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 24382

De conformidad con lo establecido en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento y las normas que regulan el pago de derechos de pesca por concepto de explotacion de los recursos hidrobiologicos, aprobadas por las Resoluciones Ministeriales Nºs 087-2000-PE, 2092000-PE y 040-2001-PE; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 43º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Publicar en Anexo 1 de la presente Resolucion, la relacion de embarcaciones pesqueras cuyos permisos de pesca han caducado de pleno derecho y en forma definitiva, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 43º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Articulo 2º.- Retirar del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 100-2001-PE, de los Anexos I, II y III de la Resolucion Ministerial Nº 101-2001-PE y del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 102-2001-PE, segun corresponda, a las embarcaciones pesqueras comprendidas en el Anexo 1 de la presente Resolucion Directoral e incluirlas en el literal B), del Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 100-2001-PE, consignandose que la caducidad corresponde al ejercicio 2000. Articulo 3º.- Publicar, en Anexo 2 de la presente Resolucion, la relacion de embarcaciones pesqueras que han efectuado el pago dentro de la fecha prevista en la Resolucion Directoral Nº 035-2001-PE-DNEPP, debiendo reintegrar o reformular su declaracion jurada. Para este efecto se concede un plazo de siete (7) dias habiles para que cumplan con subsanar las observaciones determinadas en el Anexo MORDAZA mencionado. El incumplimiento de lo senalado en el parrafo anterior, conllevara a la caducidad de pleno derecho y en forma definitiva de los permisos de pesca, conforme lo previsto en el Articulo 43º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 4º.- En Anexo 3 de la presente Resolucion, se publica la relacion de embarcaciones pesqueras cuyos armadores tienen recursos impugnativos en tramite. La resolucion de dichos recursos impugnativos determinara la situacion administrativa de los permisos de pesca. Articulo 5º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa no otorgara autorizacion de zarpe a las embarcaciones pesqueras consignadas en el Anexo 1 de la presente Resolucion Directoral. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero

Relacion de embarcaciones pesqueras con permisos que caducaron en forma definitiva y aquellas en que sus armadores deben reformular declaracion jurada o tienen recursos impugnativos en tramite
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 084-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante la Resolucion Directoral Nº 035-2001PE/DNEPP del 23 de MORDAZA del 2001, se notifico a los armadores pesqueros que incumplieron con pagar total o parcialmente los derechos de pesca del ejercicio 2000, otorgandoles un plazo de siete (7) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la fecha de su publicacion, para que cumplan con efectuar el pago o presentar la declaracion jurada, segun corresponda; Que el Articulo 43º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, establece que vencido el plazo senalado en la Resolucion Directoral de notificacion, caducaran de pleno derecho en forma definitiva los permisos de pesca de las embarcaciones cuyos armadores hayan incumplido con pagar total o parcialmente los derechos de pesca; Que en cumplimiento de la normativa expuesta, la Administracion debe proceder a publicar la relacion de armadores y embarcaciones pesqueras cuyos permisos de pesca han caducado de pleno derecho, asi como de aquellos armadores que habiendo cumplido con efectuar pago o presentar la declaracion jurada dentro del plazo establecido, se ha determinado que deben efectuar reintegros o reformular su declaracion jurada; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica;

ANEXO 1 EMBARCACIONES PESQUERAS CUYOS PERMISOS DE PESCA HAN CADUCADO DE PLENO DERECHO Y EN FORMA DEFINITIVA A) E/P cuyos armadores no cumplieron con liquidar los pagos de derechos de pesca del ejercicio 2000
Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 EMBARCACION CHALPON II MORDAZA DE CHALPON II DON MORDAZA II GISALI I ITJ 3 MORDAZA MORDAZA MORDAZA II MORDAZA MORDAZA I MORDAZA MORDAZA III MORDAZA MORDAZA II MORDAZA 5 MORDAZA AUXILIADORA MI MORDAZA II MORDAZA RECUERDO DE MI MORDAZA MATRICULA PT-10794-CM CO-18543-CM PT-15819-CM PL-5915-CM CO-5543-PM CO-17713-CM PL-18505-CM PT-5023-CM PT-3996-BM CO-18000-CM PL-2267-BM PT-10145-CM PT-3869-CM CO-5791-CM PT-3941-CM RD. RD. RD. RD. RM. RD. RD. RD. RD. RD. RD. RD. RM. RD. RM. Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº Nº PERMISO DE PESCA 069-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 066-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 056-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 365-98-PE/DNE 631-95-PE 123-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 027-99-CTAR-LAMB/DRPE 069-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 076-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 065-99-PE/DNE 026-2000-CTAR-ANCASH/DRP-CH 063-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 462-97-PE 210-98-PE/DNE 617-97-PE

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