Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2001 (01/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, viernes 1 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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botanicas del PATPAL. Depende de la Direccion Ejecutiva, esta a cargo de un Gerente, mantiene relaciones funcionales con los demas organos del PATPAL, coordina con los Organismos del Sector y otras entidades de la Administracion Publica y Privada vinculadas a su competencia. Articulo 40º.- La Estructura Organica de la Gerencia de Operaciones para el mejor desempeno de sus funciones cuenta con las siguientes Divisiones, cada una a cargo de un Jefe de Division, cargo considerado de confianza: ORGANO DE DIRECCION Gerencia de Operaciones ORGANOS DE LINEA · Division de Infraestructura y Mantenimiento. · Division de Zoologia. · Division de Botanica. · Division de Arqueologia. Articulo 41º.- Son funciones de la Gerencia de Operaciones: a) Planear, organizar, dirigir, coordinar, controlar y supervisar los procesos de las acciones, actividades y estrategias tendientes a mantener y/o ampliar el patrimonio botanico, arqueologico y zoologico, asi como las acciones tecnicas del PATPAL para optimizar el posicionamiento de la Institucion. b) Formular y ejecutar los planes de accion orientados a la conservacion del medio ambiente, el uso racional de los recursos naturales. c) Coordinar con instituciones afines especializadas en acciones, planes, programas y proyectos orientados a la investigacion y reproduccion de especies de la MORDAZA y Fauna nacional en el MORDAZA de la politica de proteccion del medio ambiente. d) Programar, formular y ejecutar los programas y proyectos de infraestructura a largo, mediano y corto plazo del PATPAL. e) Efectuar el seguimiento a las obras ejecutadas por diferentes modalidades de acuerdo al Plan Anual de Adquisicion en el MORDAZA de la MORDAZA de control interno y las emanadas por la Contraloria General de la Republica. f) Formular y ejecutar planes de accion orientados a la conservacion, difusion y proteccion de nuestro patrimonio arqueologico. g) Otras funciones que se le encomiende. TITULO IV DEL REGIMEN ECONOMICO, FINANCIERO Y TRIBUTARIO Articulo 42º.- Para la ejecucion de su Presupuesto, el PATPAL se regira en lo que sea aplicable por las normas vigentes para las empresas publicas. Lo dispuesto en este articulo es aplicable sin perjuicio de las acciones de control que ejerza la Contraloria General de la Republica sobre el Patronato. Articulo 43º.- Constituyen recursos propios e intangibles del PATPAL: a) Los recursos originados presupuestalmente por el Estado. b) Los aportes y transferencias de Instituciones y Organismos Publicos. c) Los ingresos propios que generen como resultado de sus operaciones. d) Los saldos de balance. e)Los recursos provenientes de la Cooperacion Tecnica internacional por aportes y convenios celebrados con instituciones nacionales o extranjeras. f) Los legados y donaciones que se efectuen conforme a Ley. g) Otros que le encomienden las Leyes. TITULO V DEL REGIMEN LABORAL Articulo 44º.- Los trabajadores del PATPAL estan comprendidos en el Regimen Laboral de la Actividad Privada normado por el Decreto Supremo Nº 002-97-TR, Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Formacion y Promocion Laboral.

TITULO VI DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- El presente Reglamento podra ser modificado en funcion de las necesidades operativas para el cumplimiento de la finalidad del PATPAL. MORDAZA .- Dentro de los treinta (30) dias de entrada en vigencia del presente Reglamento, se aprobara el Manual de Organizacion y Funciones, mediante Resolucion del Consejo Directivo del PATPAL. Tercera .- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan al presente Reglamento. 24499

Designan Presidenta Ejecutiva de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular
RESOLUCION SUPREMA Nº 095-2001-PROMUDEH MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 006-2001-PROMUDEH de fecha 23 de MORDAZA del 2001 se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, el mismo que establece la nueva estructura organica de la referida Oficina; Que en consecuencia resulta necesario adecuar la designacion de los funcionarios que desempenan cargos directivos, a los cargos contemplados en la estructura organica vigente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25515, Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias, Decreto Supremo Nº 006-2001-PROMUDEH; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a partir de la fecha, a la Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MIMBELA como Presidenta Ejecutiva de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Suprema Nº 065-2000-PROMUDEH. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 24509

Dejan sin efecto encargatura provisional de Jefatura de la Oficina General de Auditoria Interna de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana
RESOLUCION SUPREMA Nº 096-2001-PROMUDEH MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2001

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