Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2002 (02/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, MORDAZA 2 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

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Vista la solicitud de MORDAZA PALACIN MORDAZA E.I.R.L., sobre Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial - Turistico; CONSIDERANDO: Que, segun los terminos del Memorandum Nº 04092001-MTC/15.16.02, emitido por la Oficina de Asesoria Legal; Memorandum Nº 489-2001-MTC/15.16.05.3, emitido por la Direccion de Seguridad Aerea; Memorandum Nº 041-2001-MTC/15.16.05.2, emitido por la Subdireccion de Aeronavegabilidad; Informes Nº 003-2002-MTC/15.16.05.3 y, emitido por la Subdireccion de Operaciones, en concordancia con el Memorandum Nº 304-2002-MTC/15.16.05.3, emitido por la Direccion de Seguridad Aerea; MORDAZA de Inscripcion, emitida por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; se considera pertinente atender lo solicitado, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en el Rglamento vigente; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verficando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas revia autorizacion de sus respectivos propietarios; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o renovar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes, y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a MORDAZA PALACIN MORDAZA E.I.R.L., Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial - Turistico, por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio de Transporte Aereo Especial - Turistico. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Cessna 172. CIRCUITO TURISTICO: - Las Dunas - Sobrevuelo Lineas de Nasca - Las Dunas. - Las Dunas - Sobrevuelo Linea de Nasca - Punta Paracas, El Candelabro - Las Dunas. - Nasca - Sobrevuelo Lineas de Nasca - Nasca. - Nasca - Sobrevuelo Lineas de Nasca - Punta Paracas, El Candelabro - Nasca. BASE DE OPERACIONES: - Aerodromo Las Dunas. - Aerodromo de Nasca. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a MORDAZA PALACIN MORDAZA E.I.R.L. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- MORDAZA PALACIN MORDAZA E.I.R.L. esta obligada a presentar mensualmente a la Direccion

General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a sus actividad aerea. Articulo 4º.- MORDAZA PALACIN MORDAZA E.I.R.L. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- MORDAZA PALACIN MORDAZA E.I.R.L. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- MORDAZA PALACIN MORDAZA E.I.R.L. podra hacer uso de las instalaciones de helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 7º.- Las aeronaves de MORDAZA PALACIN MORDAZA E.I.R.L. podran operar en las rutas, helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas esten comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o economico-financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- MORDAZA PALACIN MORDAZA E.I.R.L. debera operar en los terminos y condiciones establecidos en el Certificado de Explotador y las correspondientes Especificaciones de Operacion aprobadas por la Direccion General de Aeronautica Civil; caso contrario, seran de aplicacion las disposiciones legales vigentes. Articulo 11º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de MORDAZA PALACIN MORDAZA E.I.R.L., de otorgar la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, en los terminos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que senala la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 12º.- MORDAZA PALACIN MORDAZA E.I.R.L. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUAN - VENG Director General de Aeronautica Civil 5397

Otorgan licencia a agencia maritima para prestar servicio de transporte en MORDAZA en el puerto de Bayovar
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 091-2002-MTC/15.15 MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2002 Vista las solicitudes (Expedientes Nºs. 2001-005791, 2002-007957 y 036788) presentadas por la empresa AGENCIA MARITIMA Y NAVIERA MARKING S.A., solicitando Licencia para la prestacion de Servicio de Transporte en MORDAZA en el Puerto de Bayovar;

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