Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2002 (15/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de MORDAZA de 2002

Articulo 73º del Reglamento de las Inscripciones aprobado por Resolucion del Presidente de la Corte Suprema Nº 509 del 21 de diciembre de 1936; Que, el Articulo 17º del Decreto Supremo Nº 154-2001EF, establece que la transferencia patrimonial predial se aprueba mediante Resolucion de la Superintendencia de Bienes Nacionales; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Resolucion Nº 315-2001/SBN y Resolucion Nº 362-2001/SBN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar el area, perimetro y linderos del terreno de 8 492 300,00 m2 (849 ha. con 2 300,00 m2) ubicado en las Pampas denominadas Piedras Gordas, distrito de Ancon, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito a favor del Estado a fojas 369, tomo 1175 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, para considerar su real extension en 8 132 496,40 m2 (813 ha. con 2 496,40 m2), segun el Plano Nº 082-2002/SBNGO-JAD y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer la independizacion del area de 97 750,00 m2 (9 ha. con 7 750,00 m2), que forma parte del area de mayor extension senalada en el articulo anterior, ubicado en las Pampas denominadas Piedras Gordas, distrito de Ancon, provincia y departamento de MORDAZA, de propiedad del Estado, conforme a los planos Nºs. 083 y 0842002/SBN-GO-JAD, que forman parte de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Transferir a favor del Ministerio de Justicia - INPE el predio de 97 750,00 m2 (9 ha. con 7 750,00 m2), ubicado en las Pampas denominadas Piedras Gordas, distrito de Ancon, provincia y departamento de MORDAZA, cuya independizacion se solicita en el articulo anterior, a fin de ser destinado a un establecimiento penitenciario. Articulo 4º.- La Oficina Registral de MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, procedera a inscribir las acciones senaladas en los articulos precedentes. Registrese, comuniquese y publiquese. YALU MORDAZA MORDAZA Jefe de Adjudicaciones 8580

Rectifican areas y linderos de parcelas remanentes ubicadas en la Provincia Constitucional del Callao y declaran su desafectacion a favor del Estado
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 057-2002/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2002 Visto el Expediente Nº M-841, correspondiente al tramite de rectificacion de area y linderos de las parcelas remanentes denominadas: "Remanente I Parcela A", "Remanente II Parcela A", "Remanente IA Parcela B", "Remanente IB Parcela B", "Remanente IIA Parcela B" y "Remanente III Parcela B", ubicado alrededor de la Habilitacion de la MORDAZA Satelite de Ventanilla, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; la Superintendencia de Bienes Nacionales tie-

ne como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 014-70-EF del 14 de enero de 1970, se afecto en uso al Ministerio de Vivienda, para el desarrollo de sus programas de vivienda economica, el uso de la superficie de 276 ha. de terrenos eriazos ubicados alrededor de la actual MORDAZA de habilitacion de la MORDAZA Satelite de Ventanilla, en la jurisdiccion de los distritos de Ventanilla y MORDAZA Piedra; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 400-70/EF-72 de fecha 12 de agosto de 1970, se resuelve la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, de la superficie de 270 ha. MORDAZA citada, la cual se inscribio en el Asiento 01 del Tomo 238 a Fojas 679, que continua en la Partida Electronica Nº 07015046 del Registro de la Propiedad Inmueble del Callao; Que, despues de la inscripcion MORDAZA detallada se han realizado una serie de independizaciones por parte del Estado y de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, quedando como consecuencia de ello inscritas en la partida matriz las Parcelas denominadas "Remanente I Parcela A", "Remanente II Parcela A", "Remanente IA Parcela B", "Remanente IB Parcela B", "Remanente IIA Parcela B" y "Remanente III Parcela B"; Que, efectuada la inspeccion tecnica con fecha 8 de noviembre del 2001, se ha verificado que las parcelas remanentes se encuentran libres de edificacion, por lo que deben ser desafectadas, conforme a lo establecido por el inciso c) Articulo 96º del Decreto Supremo Nº 154-2001EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que, habiendose realizado la correspondiente inspeccion tecnica y trabajo en gabinete se ha verificado que el area registral de las parcelas remanentes discrepan en exceso o defecto con respecto a su area real, observandose que ello se debe a un error de areado del predio matriz, situacion que ha sido trasladada hacia las areas remanentes tras las sucesivas independizaciones; Que, en tal sentido, es procedente efectuar la rectificacion del area y linderos de las parcelas MORDAZA mencionadas, inscritas en la Partida Electronica Nº 07015046 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, de acuerdo con los planos y memorias descriptivas que sustentan la presente resolucion, con arreglo a lo establecido en la decima disposicion complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y a las facultades conferidas a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones mediante Resolucion Nº 362-2001/SBN de fecha 11 de diciembre del 2001; Estando a lo expuesto en los Informes Tecnico Legales Nº 069-2002/SBN-GO-JAR al 074-2002/SBN-GO-JAR, de fecha de 23 de marzo del 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar el area y linderos de las parcelas remanentes denominadas: "Remanente I Parcela A", "Remanente II Parcela A", "Remanente IA Parcela B", "Remanente IB Parcela B", "Remanente IIA Parcela B" y "Remanente III Parcela B", ubicadas alrededor de la Habilitacion de la MORDAZA Satelite de Ventanilla, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao que corren inscritas en la Partida Electronica Nº 07015046 del Registro de la Propiedad Inmueble del Callao, por las areas reales senaladas a continuacion, conforme a los planos y memorias descriptivas que sustentan la presente resolucion. Nº 1 2 3 4 5 6 Remanente Area Registral Area Real 1 522 248,83 m² 177 192,23 m² 1 696,55 m² 7 445,38 m² 308 252,66 m² 125 991,73 m²

Remanente I Parcela A 1 465 757,31 m² Remanente II Parcela A 180 343,51 m² Remanente IA Parcela B 1 775,25 m² Remanente IB Parcela B 7 583,15 m² Remanente IIA Parcela B 167 585,22 m² Remanente III Parcela B 52 322,65 m²

Articulo 2º.- Declarar la desafectacion a favor del Estado de las parcelas remanentes MORDAZA senalas, que fueran afectadas a favor del Ministerio de Vivienda en merito a la Resolucion Suprema Nº 0014-70-EF-BN del 14 de enero de 1970.

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