Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2002 (15/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de MORDAZA de 2002

3. PROCEDIMIENTOS NO CONTENCIOSOS 3.1. Solicitud de Prescripcion de las papeletas: Procedimiento establecido conforme a la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Articulo 17º del Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA y el Articulo 338º del Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, Reglamento Nacional de Transito. De conformidad con dichas normas la facultad de la administracion para ejecutar el cobro de las multas prescribe a los dos (2) anos, contados a partir de la fecha de la comision de la correspondiente infraccion. a) Personas legitimadas para presentar la solicitud: Para las infracciones establecidas en el D.S. Nº 033-2001MTC, Reglamento Nacional de MORDAZA, estan legitimadas las personas indicadas en el inciso a) del numeral 2.1.1 de la Directiva; y, para las infracciones contempladas en el D.S. Nº 17-94-MTC, Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA, las personas senaladas en el inciso a) del numeral 2.2.1. b) Requisitos: El recurso debera cumplir con todos los requisitos senalados en el inciso c) del numeral 2.1.1 de la presente Directiva, con excepcion de la firma de abogado. c) Causales de interrupcion de la prescripcion: Las causales de interrupcion provocan el inicio de un MORDAZA plazo prescriptorio. El MORDAZA plazo se computara a partir del dia siguiente de ocurrida la causal. En aplicacion supletoria del Codigo Tributario, son causales de interrupcion: - El reconocimiento de la infraccion cometida. - La notificacion de la Resolucion de Sancion. - La notificacion del requerimiento de pago de la deuda dentro del procedimiento de cobranza coactiva o por cualquier otro acto notificado al deudor, o cualquier acto de ejecucion dentro del procedimiento de cobranza coactiva. - El pago parcial de la deuda. - La MORDAZA de la solicitud de fraccionamiento u otras facilidades de pago. - La MORDAZA de solicitudes de compensacion o de devolucion por pagos indebidos o en exceso. d) Causales de suspension de la prescripcion: Las causales de suspension ocasionan que no se compute, para efecto de la prescripcion, el periodo en que las causales estuvieron vigentes. En estos casos, luego de la desaparicion de la causal de suspension, al computo del plazo se agregara el periodo que se hubiera ganado hasta la aparicion de la causal. En aplicacion supletoria del Codigo Tributario, ocurre la suspension del plazo prescriptorio: - Durante la tramitacion de recursos administrativos. - Durante la tramitacion de la demanda contenciosa administrativa, de MORDAZA o de cualquier otro MORDAZA judicial. - Durante el plazo en que se encuentre vigente el fraccionamiento. - Durante el lapso que el deudor tenga la condicion de no habido. 3.2. Solicitud de Devolucion por pagos indebidos o en exceso y Solicitud de Compensacion en materia de MORDAZA y transporte urbano: Para efectos de la tramitacion de estas solicitudes se deberan tener en cuenta lo siguiente: a) Personas legitimadas para presentar la solicitud: Aquellos que han efectuado pagos indebidos o en exceso o a traves de sus representantes. b) Requisitos: El recurso debera cumplir con todos los requisitos senalados en el inciso b) del numeral 2.1.2 de la presente Directiva. Cuando el solicitante no es el propietario, conductor ni la empresa concesionaria relacionada con el vehiculo que dio origen a la multa pagada indebidamente, se debera adjuntar el recibo original que acredita el pago efectuado a fin de verificar la legitimidad del recurrente.

c) Plazo: El plazo para solicitar la compensacion o devolucion prescribe a los cuatro (4) anos contados a partir del dia del pago. V. VIGENCIA La presente Directiva entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. VI. DEROGACION A partir de la vigencia de la presente queda derogada la Directiva Nº 01-98-SAT-MML. VII. DISPOSICION TRANSITORIA Los procedimientos administrativos iniciados MORDAZA de la entrada en vigencia de la Ley del Procedimiento Administrativo General se regiran por la normativa anterior hasta su conclusion, salvo en las disposiciones que se reconozca derechos o facultades a los administrados, asi como del Titulo Preliminar de la referida Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Servicio de Administracion Tributaria 8556

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Modifican procedimientos del MORDAZA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 43-C/MC Comas, 24 de MORDAZA de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS EN SESION ORDINARIA Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha el Dictamen de la Comision de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas, respecto a la aprobacion de la Anulacion del Procedimiento Nº 22 "Acortamiento del plazo de la fecha de matrimonio" y del Procedimiento Nº 98 "Certificado de Seguridad de Defensa Civil" del TUPA. CONSIDERANDO: Que, por encargo del Concejo de la Sesion Ordinaria de fecha 3 de MORDAZA del 2002 se remitio a la Comision de Regidores de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas el Expediente Nº 1092-2002 conteniendo el Oficio Nº 325-2001/MML-OGP e Informe Nº 043-2001-MML/ OGP-OR de la Oficina General de Planificacion y Oficina de Racionalizacion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el cual manifiestan que los 105 procedimientos del MORDAZA 2001 de la Municipalidad Distrital de Comas han sido evaluados y hay opinion favorable para su Ratificacion, EXCEPTO EL PROCEDIMIENTO Nº 22 "ACORTAMIENTO DEL PLAZO DE LA FECHA DE MATRIMONIO" y el rango ·MAS DE 3000 - 6.0% UIT del Requisito c) Espectaculos Publicos en Area Libre, DEL PROCEDIMIENTO Nº 98 "Certificado de Defensa Civil"; RECOMENDANDO QUE DEBEN ANULARSE por los fundamentos siguientes: - EL PROCEDIMIENTO Nº 22 "ACORTAMIENTO DEL PLAZO DE LA FECHA DE MATRIMONIO" por estar observado por el inciso i) del Articulo 21º del Decreto Supremo Nº 070-89-PCM que establece, la eliminacion de la exigencia a los usuarios de mayores pagos para que su solicitud sea tramitada en forma especial, mas rapida que la usual, cuando tales tramites estan dirigidos al mismo objeto. - El rango ·MAS DE 3000 - 6.0% UIT del Requisito c) Espectaculos Publicos en Area Libre del PROCEDI-

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