Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2003 (17/08/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

Pag. 249942

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 17 de agosto de 2003

Que, de igual forma, el articulo 4º del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades anotada agrega que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada MORDAZA de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, como es de conocimiento publico, durante el periodo del gobierno del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se promovio en todo el territorio nacional la construccion de infraestructura para el abastecimiento y comercializacion de productos de primera necesidad denominandolas "Mercados del Pueblo" encontrandose en la actualidad en abandono y sin utilidad alguna, como sucede particularmente con los establecimientos citados construidos en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Lurigancho; En el MORDAZA de las disposiciones anteriormente citadas, corresponde a la Municipalidad determinar las acciones necesarias que permitan dar utilidad a los denominados "Mercados del Pueblo" ubicados en la jurisdiccion con el fin de satisfacer las necesidades de la colectividad del distrito hacia su bienestar, mediante la optimizacion de los servicios publicos locales que presta, asi como el desarrollo de las funciones que en el MORDAZA de la nueva Ley Organica de Municipalidades, le corresponde asumir; Que, en esa medida los denominados "Mercados del Pueblo" como infraestructura de propiedad del Estado, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF - Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal establece el regimen juridico de los bienes de propiedad estatal, los privilegios, restricciones y obligaciones que tiene el Estado respecto de su saneamiento, adquisicion, disposicion y administracion asi como los procedimientos para el ejercicio de los atributos que le confiere el dominio de los mismos; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar del Reglamento aludido senala que no puede realizarse ninguna accion de administracion o disposicion de bienes de propiedad estatal sin que exista un acto administrativo que lo autorice de conformidad con las leyes y los reglamentos vigentes; Que, asimismo el articulo VIII senala que el Estado promueve las coordinaciones interinstitucionales relacionadas con las decisiones de saneamiento, adquisicion, disposicion y administracion de los bienes de propiedad estatal y fomenta la participacion responsable de la sociedad de la conservacion de dichos bienes; Que, en forma particular, el articulo 18º del Reglamento citado permite al Estado transferir la propiedad de terrenos de su dominio privado y las fabricas sobre los mismos a las municipalidades provinciales o distritales para programas de desarrollo o inversion municipal. Las municipalidades deberan acreditar los respectivos planes y estudios tecnico - legales para la ejecucion de un programa correspondiente, el que se podra realizar por cuenta propia o de terceros, de conformidad con la normatividad vigente; Estando a las consideraciones expuestas y a las atribuciones senaladas en el numeral 1 del articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento Interno del Concejo, con el MORDAZA UNANIME del Pleno del Concejo y dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- SOLICITAR al Congreso de la Republica a efectos de que a traves de un Proyecto de Ley, se apruebe la transferencia de las infraestructuras denominadas "Mercados del Pueblo" a la Municipalidad Distrital de la jurisdiccion donde se encuentran ubicados. Articulo Segundo.- AUTORIZAR al senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho para que en cumplimiento de la Ley de Transferencia citada, se solicite a la Superintendencia de Bienes Nacionales la inscripcion de la transferencia de los Mercados del Pueblo ubicados en esta jurisdiccion a favor de esta Corporacion MORDAZA, una vez aprobado por el Concejo Municipal los planes y estudios tecnicos - legales senalados en la parte considerativa. Articulo Tercero.- ENCOMENDAR a la Direccion de Desarrollo Economico y Social, la formulacion de una propuesta para la ejecucion de un programa de desarrollo o inversion municipal en los bienes descritos en el articulo primero, para su elevacion al Concejo Municipal, en un plazo no mayor de 60 dias calendario contados a partir de la fecha de dacion del acuerdo respectivo.

Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente a la Direccion Municipal y Oficina de Asesora Juridica. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15353

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUALMAY
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio presupuestal 2003
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 589-03 Hualmay, 13 de agosto del 2003 VISTO: El Informe Nº 018-2003-DM/MDH, de la Direccion Municipal, remitiendo el proyecto de Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Hualmay, para el ejercicio presupuestal 2003; CONSIDERANDO: Que, los Procesos de Adquisiciones y Contrataciones de los Gobiernos Locales se rigen por las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sus modificatorias, normas complementarias y conexas; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 7º del T.U.O. de la Ley Nº 26850, y los Articulos 5º, 6º, 7º, 8º y 9º de su Reglamento, existe la obligatoriedad de las Entidades del sector publico a formular su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para sus ejercicios presupuestales bajo responsabilidad; Que, de conformidad a lo dispuesto en el inciso a) del Articulo 6º del Reglamento de la Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, relacionado con el contenido minimo de informacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, establece que "Opcionalmente podra incluirse informacion relativa a las adjudicaciones de menor cuantia"; Estando a las consideraciones expuestas, con las atribuciones conferidas y de conformidad a lo establecido en el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, sus modificatorias, normas complementarias y conexas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES de la Municipalidad Distrital de Hualmay para el Ejercicio Presupuestal 2003, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion Municipal y a la Unidad de Logistica el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15357

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.