Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2003 (17/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 17 de agosto de 2003

Que, en virtud de la transferencia referida en el tercer considerando de la presente Resolucion, la titular adquirio todos los derechos y obligaciones inherentes a la concesion definitiva, entre los cuales esta la servidumbre de electroducto cuya transferencia a su favor ha solicitado formalizar mediante la correspondiente Resolucion Ministerial, de acuerdo con el articulo 111º de la Ley de Concesiones Electricas, por lo que resulta procedente la transferencia solicitada; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la titular ha cumplido con los requisitos exigidos en la normatividad legal vigente, ha emitido el Informe Nº 117-2003-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Tener a ELECTRO MORDAZA S.A.A. como titular de la servidumbre de electroducto de la linea de distribucion 22,9 kV Puno-Chucuito-Ilave, a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 147-96-EM/VME de fecha 25 de marzo de 1996. Articulo 2º.- ELECTRO MORDAZA S.A.A. ejercera los derechos y obligaciones inherentes a la servidumbre de electroducto, de acuerdo con la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y la Resolucion Ministerial Nº 14796-EM/VME. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 14717

Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27789, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, establece que toda mencion efectuada al Ministerio de Pesqueria, debera entenderse referida al Ministerio de la Produccion; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y modificatoria, Leyes Nºs. 27594, 27792 y 27902, las Resoluciones Presidenciales Nºs. 012, 025 y 073-CND-P-2003; y en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y modificatoria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir del 8 de agosto del 2003, la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director Regional de Pesqueria del ex Consejo Transitorio de Administracion Regional de Huancavelica, hoy Gobierno Regional de Huancavelica, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Encargar, a partir del 8 de agosto del 2003, a la senora MORDAZA MORDAZA MILLONES MORDAZA, las funciones de Directora Regional de Pesqueria del Gobierno Regional de Huancavelica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion 15403

TRABAJO Y PROMOCION PRODUCE DEL EMPLEO
Designan responsable de brindar informacion requerida por ciudadanos a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 209-2003-TR MORDAZA, 15 de agosto de 2003 VISTO; El Memorandum Nº 427-2003-MTPE/SG, de fecha 4 de agosto de 2003, de la Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 3º de la Ley Nº 27806, toda informacion que posee el Estado se presume publica, salvo la establecida en el articulo 15º de la citada ley, para lo cual el Estado adoptara medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las entidades de la Administracion Publica y tiene la obligacion de entregar la informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad; Que, el articulo 8º de la Ley Nº 27806 establece que las entidades de la Administracion Publica obligadas a brindar informacion identificaran, bajo responsabilidad de su MORDAZA representante, al funcionario responsable de brindar informacion solicitada en concordancia a lo establecido en la referida Ley; Que, en merito a lo expuesto, se designo mediante Resolucion Ministerial Nº 036-2003-TR, de fecha 14 de marzo de 2003, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de Administracion, como el responsable de brindar la informacion requerida por los ciudadanos en aplicacion de la Ley Nº 27806;

Aceptan renuncia y encargan funciones de Directora Regional de Pesqueria del Gobierno Regional de Huancavelica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 294-2003-PRODUCE MORDAZA, 14 de agosto del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 018-2002PE, del 16 de enero del 2002, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Director Regional de Pesqueria del ex Consejo Transitorio de Administracion Regional de Huancavelica, hoy Gobierno Regional de Huancavelica; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venia desempenando, siendo conveniente designar a su reemplazante; Que, la Duodecima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por el Articulo 8º de la Ley Nº 27902, establece que la seleccion de Directores Regionales sectoriales se MORDAZA previo concurso publico convocado por los Gobiernos Regionales en coordinacion con el Gobierno Nacional, de acuerdo a los lineamientos generales elaborados por el Consejo Nacional de Descentralizacion, a efectos de garantizar la neutralidad del procedimiento y la seleccion tecnica del personal; Que, el Consejo Nacional de Descentralizacion, mediante Resolucion Presidencial Nº 012-CND-P-2003, modificada por las Resoluciones Presidenciales Nºs. 025CND-P-2003 y 073-CND-P-2003, aprobo la Directiva Nº 001-CND-P-2003 "Lineamientos Generales para el Concurso Publico de Seleccion de Directores Regionales Sectoriales"; Que, en tal sentido, la encargatura que se efectua mediante la presente Resolucion, quedara sin efecto, en cuanto se realice la designacion del Director Regional de Produccion, previo concurso publico convocado por el Gobierno Regional;

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