Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2003 (19/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Subgerencia de Programacion de Procesos Electorales y la Subgerencia de Organizacion de Procesos Electorales. Articulo 45º.- La Gerencia de Organizacion y Programacion de Procesos Electorales tiene las siguientes funciones: a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponer el presupuesto de la Gerencia para ser incorporado al Plan Operativo Institucional y evaluar su ejecucion de acuerdo a la normatividad vigente. b) Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. c) Supervisar y controlar en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, que el ingreso de la informacion de las listas de organizaciones politicas inscritas y/o de candidatos habiles, se efectue de acuerdo a las resoluciones emitidas por los Jurados Electorales Especiales. d) Verificar las listas de organizaciones politicas inscritas y/o candidatos habiles y remitir, con las respectivas resoluciones, a la Gerencia de Gestion Electoral para la produccion de material electoral. e) Recopilar y validar la informacion sobre las condiciones materiales, geograficas y caracteristicas socioculturales de las diferentes regiones y remitirla a la Gerencia de Planeamiento. f) Consolidar, a traves de un sistema informatico u otras MORDAZA de registro, la informacion referida a los procesos y jornada electorales. g) Constituir el soporte tecnico para brindar informacion y asesoria a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. h) Formular, proponer, supervisar y evaluar el plan operativo y presupuesto de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, para su consolidacion en el Plan General de Elecciones. i) Elaborar el manual de procedimientos, directivas e instructivos, en el ambito de su competencia, requeridos para el funcionamiento de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, sobre la base de los lineamientos de la Gerencia de Planeamiento. j) Elaborar las especificaciones tecnicas de los locales sede de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, de acuerdo a los requerimientos de las gerencias, y supervisar su adecuada implementacion. k) Supervisar la evaluacion y seleccion de las personas que brindan servicios en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. l) Coordinar y supervisar las acciones relativas al sorteo de los miembros de mesa en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. m) Supervisar el cumplimiento de las metas de los planes y programas de capacitacion y educacion electoral en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. n) Supervisar y evaluar las relaciones que establecen las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales con otras instituciones, para el adecuado desarrollo del MORDAZA electoral. o) Coordinar con la Secretaria General y la Gerencia de Administracion y Finanzas las medidas de seguridad, en el MORDAZA de sus competencias, durante los procesos electorales y supervisar su implementacion en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. p) Aprobar y supervisar la ejecucion de los planes de despliegue y repliegue del material electoral propuestos por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para el traslado desde sus sedes hasta los locales de votacion, de acuerdo a los lineamientos y procedimientos de la Gerencia de Gestion Electoral. q) Consolidar la informacion de las personas que brindan servicios a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, que deberian ser dispensadas, remitirla al MORDAZA Nacional de Elecciones, a traves de la Secretaria General, y distribuir los correspondientes hologramas. r) Supervisar en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, el ingreso de informacion sobre omisos al sufragio y al cargo de miembro de mesa, para los fines de ley. s) Consolidar la informacion de excusas y justificaciones al cargo de miembro de mesa, enviada por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, y remitir a la Gerencia de Informatica, para los fines de ley.

t) Supervisar la obtencion de los resultados electorales a cargo de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. u) Organizar y conservar el acervo documentario proveniente de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales de acuerdo a los procedimientos formulados por la Secretaria General. v) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyectos a ser financiados con recursos de la Cooperacion Tecnica Internacional, en el ambito de su competencia. w) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los formatos establecidos, los procedimientos tecnicos y/o administrativos en materia de su competencia. x) Implementar las normas tecnicas de control interno, aprobadas por la Contraloria General de la Republica, que MORDAZA de su competencia. y) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus competencias, las quejas, consultas y petitorios que se presenten a la Institucion. z) Realizar otras actividades, relacionadas a su ambito de accion, que le MORDAZA encomendadas por la Jefatura Nacional. Articulo 46º.- La Subgerencia de Programacion de Procesos Electorales esta a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente, encargado de formular el plan y presupuesto de la Gerencia y de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, supervisar, controlar y evaluar su ejecucion; asi como de formular y evaluar la aplicacion del manual de procedimientos para el funcionamiento de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. Articulo 47º.- La Subgerencia de Organizacion de Procesos Electorales esta a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente, encargado de dirigir, coordinar y brindar soporte y asesoria tecnica a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales; asi como de conducir y coordinar la ejecucion de las acciones previas y necesarias para el eficaz desarrollo de los procesos electorales. CENTRO DE INVESTIGACION ELECTORAL Articulo 48º.- El Centro de Investigacion Electoral es un organo dependiente de la Jefatura Nacional, esta a cargo de un funcionario con nivel de Gerente, encargado de desarrollar proyectos de investigacion, estudios y actividades academicas en materia electoral. Articulo 49º.- El Centro de Investigacion Electoral tiene las siguientes funciones: a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponer el presupuesto del Centro de Investigacion Electoral para ser incorporado al Plan Operativo Institucional y evaluar su ejecucion de acuerdo a la normatividad vigente. b) Proponer y realizar estudios e investigaciones aplicadas en materia electoral. c) Implementar, dirigir y mantener actualizado el Centro de Documentacion de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. d) Dirigir la edicion y publicacion de sus investigaciones y estudios en materia electoral. e) Promover y coordinar el desarrollo de actividades y eventos academicos de interes institucional y proponer los contenidos para el desarrollo de los mismos. f) Disenar, organizar y coordinar los programas de especializacion academica en materia electoral, orientados a formar y especializar a profesionales y publico en general en la planificacion, organizacion y ejecucion de procesos electorales, promoviendo el desarrollo de investigaciones y estudios sobre la materia. g) Atender los requerimientos de estudios e informacion electoral, del publico usuario, a traves del Centro de Documentacion. h) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyectos a ser financiados con recursos de la Cooperacion Tecnica Internacional, en el ambito de su competencia. i) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los formatos establecidos, los procedimientos tecnicos y/o administrativos en materia de su competencia. j) Implementar las normas tecnicas de control interno, aprobadas por la Contraloria General de la Republica, que MORDAZA de su competencia. k) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus competencias, las quejas, consultas y petitorios que se presenten a la Institucion. l) Realizar otras actividades, relacionadas a su ambito de accion, que le MORDAZA encomendadas por la Jefatura Nacional.

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