Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2003 (19/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2003

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 13719

cratica identificada, el interesado podra interponer la accion de cumplimiento correspondiente. Si el Consejo de Ministros, el Concejo Municipal o el Consejo Regional resuelven expresamente mantener la MORDAZA burocratica, el Indecopi interpondra demanda de accion popular. En caso de tratarse de barreras sustentadas en Ordenanzas Municipales o normas regionales de caracter general, la Comision remitira lo actuado a la Defensoria del Pueblo, organismo que procedera a interponer la demanda de inconstitucionalidad correspondiente, de acuerdo con sus funciones previstas en el inciso 2) del articulo 9º de la Ley Nº 26520. (...)" Articulo 3º.- Incorpora parrafo al articulo 26BIS del Decreto Ley Nº 25868 Incorporase un ultimo parrafo al articulo 26BIS del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, de acuerdo al siguiente texto: "Articulo 26BIS.- Competencia de la Comision de Acceso al MORDAZA (...) La Comision de Acceso al MORDAZA se encuentra facultada para delegar el ejercicio de sus funciones a las dependencias que, en virtud a convenios suscritos por el Directorio del Indecopi, vengan desempenando o desempenen en el futuro labores de representacion de la Institucion. Dicha delegacion solo alcanzara a los actos, reglamentos o disposiciones emanadas de los organos de la Administracion Publica dependientes del Gobierno Regional o Local de la respectiva jurisdiccion." Articulo 4º.- MORDAZA derogatoria Deroganse o dejanse sin efecto, segun corresponda, las disposiciones que se opongan a la presente Ley. Articulo 5º.- Vigencia de la Ley La presente Ley entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de junio de dos mil tres. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 13720

LEY Nº 28032
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE ELIMINACION DE BARRERAS BUROCRATICAS EN FAVOR DE LA COMPETITIVIDAD DE LOS AGENTES ECONOMICOS
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Declarase de interes nacional la eliminacion de las barreras burocraticas impuestas por cualquier nivel de Gobierno que afecten indebidamente la competitividad de los agentes economicos. Articulo 2º.- Modifica articulo 48º de la Ley Nº 27444 Modificase el MORDAZA parrafo e incorporase como tercer y MORDAZA parrafos del articulo 48º de la Ley Nº 27444, los siguientes textos: "Articulo 48º.- Cumplimiento de las normas del presente capitulo (...) Sin embargo, cuando en un MORDAZA de competencia de la Comision de Acceso al MORDAZA la MORDAZA burocratico ha sido establecida por un decreto supremo o una resolucion ministerial, dicha Comision se pronunciara a traves de un informe que elevara a la Presidencia del Consejo de Ministros para ser puesto en conocimiento del Consejo de Ministros, el cual debera necesariamente resolver lo planteado en el plazo de 30 (treinta) dias. Dicho plazo se computara desde la recepcion del Informe por la Presidencia del Consejo de Ministros. Del mismo modo, cuando la MORDAZA burocratica se encuentre establecida en una Ordenanza Municipal o una MORDAZA regional de caracter general, la Comision elevara el informe respectivo al Concejo Municipal o al Consejo Regional, segun corresponda, para que resuelva legalmente en el plazo de 30 (treinta) dias. Dicho plazo se computara desde la recepcion del informe por la autoridad municipal o regional correspondiente. Si al vencimiento del plazo MORDAZA establecido el Consejo de Ministros, el Concejo Municipal o el Consejo Regional no emiten pronunciamiento, se entendera que la denuncia interpuesta es fundada. En caso de que la autoridad continue exigiendo la MORDAZA buro-

LEY Nº 28033
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Comision Permanente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

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