Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2003 (29/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, martes 29 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES
VISTO:

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Que, conforme se desprende del Recibo de Acotacion Nº 03219, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento Nº 12 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Inspeccion Tecnica a Bases y Estaciones de Operaciones para Establecimiento o Actualizacion de Especificaciones de Operacion), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, de acuerdo a la modificacion establecida por Decreto Supremo Nº 037-2002-MTC, el cual esta destinado a cubrir los costos de las respectivas inspecciones; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 1100-2003-MTC/12.04 senalando que el Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llaque realizara una inspeccion tecnica a la estacion de la empresa Aerocontinente S.A. en la MORDAZA de Cordoba, Republica de MORDAZA, como parte del MORDAZA de certificacion de sus operaciones aereas internacionales, durante los dias 30 al 31 de MORDAZA de 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspeccion tecnica a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 1100-2003-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llaque, inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Cordoba, Republica de MORDAZA, durante los dias 30 al 31 de MORDAZA de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 400.00 US$ 28.00

El Oficio RE (SCP-DGC) Nº 3-0-BB/2102 del Subsecretario de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, recibido con fecha 17 de MORDAZA del presente ano, solicitando se considere la posibilidad de extender dispensa de sufragio de las Elecciones Generales llevadas a cabo en el ano 2001, para los connacionales que se encuentran en la Republica Bolivariana de Venezuela; CONSIDERANDO: Que, conforme se expone en la comunicacion de visto, los connacionales en la Republica Bolivariana de Venezuela vienen atravesando una dificil situacion debido a la crisis economica que afecta a dicho pais; siendo que este hecho, de publico conocimiento, esta ocasionando que dichos ciudadanos se encuentren en situacion migratoria irregular al no poder renovar sus pasaportes debido a que no les es posible pagar las multas por omision al sufragio en las Elecciones Generales del 2001, ademas de los gastos administrativos para regularizar su documentacion; Que, el articulo 241º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, establece que los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero que, por razones de salud o causa de fuerza mayor, no pueden justificadamente emitir su MORDAZA, deben solicitar al MORDAZA Nacional de Elecciones, a traves de la Oficina Consular, una dispensa de sufragio; constituyendo la situacion descrita en el considerando precedente una causa de fuerza mayor que debe ser amparada, a fin de posibilitar la regularizacion de la situacion migratoria de los referidos ciudadanos; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Dispensar del sufragio en las Elecciones Generales realizadas el 8 de MORDAZA del 2001 y Elecciones Generales-Segunda Eleccion Presidencial llevadas a cabo el 3 de junio de 2001, a los ciudadanos peruanos residentes en la Republica Bolivariana de Venezuela que se encuentren en situacion economica precaria. Articulo Segundo.- Autorizar al Secretario General del MORDAZA Nacional de Elecciones realice las coordinaciones necesarias con la Direccion de Asuntos Consulares, a fin que el Consulado General del Peru en Caracas y el Consulado General del Peru en Puerto Ordaz, efectuen el empadronamiento de los ciudadanos peruanos en situacion economica precaria, para los efectos de otorgarles las dispensas correspondientes. Registrese y comuniquese. S.S. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 14077

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 14123

JNE
Dispensan del sufragio en elecciones generales llevadas a cabo en el ano 2001 a los ciudadanos peruanos residentes en Venezuela que se encuentran en situacion economica precaria
RESOLUCION Nº 141-2003-JNE MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2003

Proclaman candidato para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Chincha, departamento de Ica
RESOLUCION Nº 142-2003-JNE Expediente Nº 485-2003 MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2003

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