Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2003 (29/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, martes 29 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES
b)

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sus capacidades y habilidades para vincular su MORDAZA con el MORDAZA del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento. b) Contribuir a formar una sociedad democratica, solidaria, MORDAZA, inclusiva, MORDAZA, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afirme la identidad nacional sustentada en la diversidad cultural, etnica y linguistica, supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del MORDAZA y fomente la integracion latinoamericana teniendo en cuenta los retos de un MORDAZA globalizado. TITULO II UNIVERSALIZACION, CALIDAD Y EQUIDAD DE LA EDUCACION

c) d) e)

f) CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 10º.- Criterios para la universalizacion, la calidad y la equidad Para lograr la universalizacion, calidad y equidad en la educacion, se adopta un enfoque intercultural y se realiza una accion descentralizada, intersectorial, preventiva, compensatoria y de recuperacion que contribuya a igualar las oportunidades de desarrollo integral de los estudiantes y a lograr satisfactorios resultados en su aprendizaje. Articulo 11º.- Articulacion intersectorial La articulacion intersectorial en el Estado y la de este con el sector privado, se da en todos los ambitos de la gestion descentralizada del sistema educativo con activa participacion de la comunidad educativa. Con tal proposito, las autoridades correspondientes movilizan sus recursos y favorecen la autonomia, la innovacion, el funcionamiento democratico y el fortalecimiento de las instituciones educativas. Pueden celebrar convenios para desarrollar las acciones enumeradas en el presente Titulo. La atencion a los estudiantes, especialmente la que se brinda a los de la Educacion Basica, se realiza con enfoque y accion intersectoriales del Estado y de este con la sociedad. CAPITULO II LA UNIVERSALIZACION DE LA EDUCACION Articulo 12º.- Universalizacion de la educacion basica Para asegurar la universalizacion de la educacion basica en todo el MORDAZA como sustento del desarrollo humano, la educacion es obligatoria para los estudiantes de los niveles de inicial, primaria y secundaria. El Estado provee los servicios publicos necesarios para lograr este objetivo y garantiza que el tiempo educativo se equipare a los estandares internacionales. Corresponde a los padres, o a quienes MORDAZA sus veces, asegurar la matricula oportuna de los estudiantes y su permanencia en los centros y programas educativos. CAPITULO III LA CALIDAD DE LA EDUCACION Articulo 13º.- Calidad de la educacion Es el nivel optimo de formacion que deben alcanzar las personas para enfrentar los retos del desarrollo humano, ejercer su ciudadania y continuar aprendiendo durante toda la vida. Los factores que interactuan para el logro de dicha calidad son: a) Lineamientos generales del MORDAZA educativo en concordancia con los principios y fines de la g) h)

educacion peruana establecidos en la presente ley. Curriculos basicos, comunes a todo el MORDAZA, articulados entre los diferentes niveles y modalidades educativas que deben ser diversificados en las instancias regionales y locales y en los centros educativos, para atender a las particularidades de cada ambito. Inversion minima por alumno que comprenda la atencion de salud, alimentacion y provision de materiales educativos. Formacion inicial y permanente que garantiza idoneidad de los docentes y autoridades educativas. MORDAZA publica docente y administrativa en todos los niveles del sistema educativo, que incentive el desarrollo profesional y el buen desempeno laboral. Infraestructura, equipamiento, servicios y materiales educativos adecuados a las exigencias tecnico-pedagogicas de cada lugar y a las que plantea el MORDAZA contemporaneo. Investigacion e innovacion educativas. Organizacion institucional y relaciones humanas armoniosas que favorecen el MORDAZA educativo.

Corresponde al Estado garantizar los factores de la calidad en las instituciones publicas. En las instituciones privadas los regula y supervisa. Articulo 14º.- Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa El Estado garantiza el funcionamiento de un Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa que MORDAZA todo el territorio nacional y responde con flexibilidad a las caracteristicas y especificidades de cada region del pais. El Sistema opera a traves de organismos autonomos, dotados de un regimen legal y administrativo que garantiza su independencia. Articulo 15º.- Organismos del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa Los organismos encargados de operar el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa son: En la Educacion Basica, el Instituto Peruano de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion Educativa. En la Educacion Superior, un organismo que sera creado y normado por ley especifica.

Articulo 16º.- Funciones de los Organos del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa En el ambito de sus competencias, los organismos del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion: a) Promueven una cultura de calidad entre los docentes y las instituciones educativas. b) Evaluan, en los ambitos nacional y regional, la calidad del aprendizaje y de los procesos pedagogicos y de gestion. c) Acreditan, periodicamente, la calidad de las instituciones educativas publicas y privadas. d) Certifican y recertifican las competencias profesionales. e) Difunden los resultados de las acciones evaluadoras y acreditadoras de las instituciones educativas, haciendo uso de los medios de comunicacion. f) Desarrollan programas orientados a formar profesionales especializados en evaluar logros y procesos educativos. g) Compatibilizan los certificados, MORDAZA, diplomas y titulos educativos nacionales y establecen su

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