Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2004 (22/06/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

Pag. 271122

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 22 de junio de 2004

Modifican la R.S. Nº 201-2003-RE sobre conformacion de la Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano Colombiano
RESOLUCION SUPREMA Nº 195-2004-RE MORDAZA, 21 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Nº 224-1991-RE, se creo la Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanero Peruano - Colombiano, con el objetivo de facilitar las tareas de concertacion entre las entidades nacionales involucradas en la evaluacion del grado de utilizacion del convenio y de las propuestas de modificacion del Arancel Comun, el mantenimiento de informacion relevante actualizada y la difusion de los alcances y beneficios del citado convenio; Que la referida Resolucion Suprema establecio en su articulo MORDAZA que la Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanero Peruano - Colombiano estara integrada, entre otros, por un representante titular del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien la presidira; Que mediante las Resoluciones Supremas Nº 2012003-RE, Nº 256-2003-RE y Nº 067-2004-RE se renovo la composicion de la Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanero Peruano - Colombiano, incluyendo a representantes de los Ministerios de Comercio Exterior y Turismo, de Economia y Finanzas, de Agricultura, y de la Produccion, con la finalidad de adecuarla a la nueva estructura del Estado; Que se ha estimado conveniente que el representante titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo presida la Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanero Peruano - Colombiano; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Resolucion Suprema Nº 224-1991-RE y sus modificatorias; y la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto el articulo primero de la Resolucion Suprema Nº 067-2004-RE. Articulo Segundo.- Modificar el articulo MORDAZA de la Resolucion Suprema Nº 201-2003-RE en los siguientes terminos: "Articulo Segundo.- La Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanero Peruano Colombiano estara integrada por los siguientes miembros: - Un Representante titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, quien la presidira; - Un Representante titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; - Un Representante titular del Ministerio de Economia y Finanzas; - Un Representante titular del Ministerio de la Produccion; - Un Representante titular del Ministerio de Agricultura; - Un Representante titular del Gobierno de la Region Loreto; - Un Representante titular del Gobierno de la Region Ucayali; - Un Representante titular del Gobierno de la Region San Martin; - Un Representante titular de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas); - Un Representante de la Camara de Comercio de Loreto; - Un Representante de la Camara de Comercio de Ucayali; y, - Un Representante de la Camara de Comercio de San Martin.

Cada uno de los Sectores MORDAZA mencionados designara a un Representante Alterno." Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 11829

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Brasil, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 451-2004-MTC/02 MORDAZA, 15 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, dispone restringir al minimo indispensable los viajes al exterior del MORDAZA en comision de servicios, estableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, estos seran aprobados por resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepcion de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, asi como de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobaran por resolucion del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, la empresa Lan Peru S.A., con Carta DINPU 392/ 05/04, del 18 de MORDAZA del 2004, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, a sus tripulantes tecnicos MORDAZA del MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, en la MORDAZA de Sao MORDAZA, durante los dias 28, 29 y 30 de junio del 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 10599 y 10600, la solicitante ha cumplido con el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.