Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2004 (27/03/2004)


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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 27 de marzo de 2004

Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 43º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, en cada Ministerio habra una Comision Consultiva, integrada por profesionales o especialistas de reconocida capacidad o experiencia, designados por Resolucion Ministerial; Que, el articulo 13º del Decreto Ley Nº 25993 y el articulo 17º del Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, establecen que la Comision Consultiva de Justicia es la encargada de emitir opiniones, recomendaciones y proyectos de caracter ilustrativo y confidencial al Ministro de Justicia, estando integrada por no menos de seis ni mas de doce profesionales o especialistas de reconocida capacidad y experiencia; Que, se ha considerado conveniente designar a los miembros de la Comision Consultiva de Justicia, entre los cuales se encuentran profesionales y especialistas en diversas materias, a fin de darle caracter multidisciplinario a la misma, garantizando de esta manera una perspectiva mas amplia en sus opiniones, recomendaciones y proyectos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25993 - Ley del Sector Justicia, el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, y la Ley Nº 27843 - Ley de Participacion de los Colegios Profesionales en los Organos Consultivos de las Entidades del Estado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- La Comision Consultiva de Justicia estara conformada por las siguientes personas: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA AMAT Y MORDAZA - MORDAZA AMES COBIAN - MORDAZA DE LOS MORDAZA MORDAZA ALBELA - MORDAZA MORDAZA BELAUNDE - MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SERELLE - MORDAZA MORDAZA POLAR MORDAZA - MORDAZA RUBIO MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA VAN OORDT PARODI - SHOSCHANA ZUSMAN TINMAN Articulo 2º.- El cargo de miembro de la Comision Consultiva es honorario y de confianza, y no inhabilita para el desempeno de ninguna funcion publica o privada, salvo aquella a que se refiere el inciso f) del articulo 2º de la Ley Nº 27588. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a los miembros designados. Registrese, comuniquese y publiquese.

titucional y democratica de los gobernantes y del pueblo, a lo largo de nuestra historia; Que, mediante Resolucion Suprema del 25 de MORDAZA de 1929, se creo la biblioteca de caracter historico denominada "Biblioteca de la Republica", con el fin de publicar los actos, discursos, escritos y lecciones de quienes, por su actuacion en la via politica e intelectual de la Republica, merecieran que su pensamiento sea conocido y divulgado; Que, no se ha continuado con los trabajos propios de la Biblioteca de la Republica, habiendose publicado unicamente la recopilacion de las obras de MORDAZA Herrera; Que, en la actualidad, se requiere fortalecer al Estado Constitucional de Derecho promoviendo un sentimiento constitucional en la Nacion, a fin de restablecer la confianza ciudadana en las instituciones democraticas; Que, en la historia politica del Peru se encuentra las mejores tradiciones de la promesa de una mejor MORDAZA entre los peruanos, sin perjuicio del aporte de la cultura constitucional comparada; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del articulo 6º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y en el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir la Comision de la Biblioteca Constitucional Peruana encargada de elaborar un Plan de Trabajo para seleccionar, recopilar, organizar y difundir el acervo bibliografico constitucional. Dicha Biblioteca estara integrada por textos constitucionales, oratoria parlamentaria, debates constituyentes, textos politicos, doctrina, entre otros, de los siglos XIX y XX. Articulo 2º.- La Comision constituida en el articulo anterior, estara integrada, ad honorem, por las siguientes personas: Presidente: MORDAZA MORDAZA Belaunde. Vicepresidente: MORDAZA MORDAZA Arroyo. Miembro: MORDAZA MORDAZA Lujan. Miembro: MORDAZA MORDAZA Marcos. Miembro: MORDAZA MORDAZA Ramirez. Miembro: MORDAZA MORDAZA Manchego. Miembro: MORDAZA Eto Cruz. Articulo 3º.- La Secretaria Tecnica estara a cargo de la Direccion Nacional de Asuntos Juridicos del Ministerio de Justicia. Articulo 4º.- La Comision elaborara su Plan de Trabajo, que presentara al Ministerio de Justicia en un plazo de 90 dias, y podra coordinar con instituciones publicas y privadas nacionales para la edicion de sus publicaciones. Articulo 5º.- La Comision de la Biblioteca Constitucional Peruana sesionara en el local central del Ministerio de Justicia, donde se le otorgara las facilidades correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese.

BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 06188

BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 06189

Constituyen Comision de la Biblioteca Constitucional Peruana
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 172-2004-JUS MORDAZA, 26 de marzo de 2004 Que, es responsabilidad del Ministerio de Justicia promover el fortalecimiento del Estado Constitucional, mediante el registro y difusion del ordenamiento juridico nacional, asi como del pensamiento constitucional peruano; Que, es politica del Sector Justicia fomentar una conciencia constitucional, mediante el establecimiento de una Biblioteca Constitucional Peruana, que reuna la bibliografia constitucional de los siglos XIX y XX; Que, una de las causas de la inestabilidad juridica que afronta ciclicamente el MORDAZA es la falta de conciencia cons-

Autorizan a persona juridica el funcionamiento de centro de conciliacion con sede en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 101-2004-JUS MORDAZA, 23 de marzo de 2004 Vista, la solicitud de registro Nº 27084, de fecha 3 de diciembre de 2003, sobre Autorizacion de Centro de Conciliacion, presentada por la asociacion civil, SOLUCION EN ARMONIA; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociacion civil, ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Concilia-

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