Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2004 (27/03/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, sabado 27 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 265583

CLASES DE SESIONES Articulo 22º.- Las Sesiones del Consejo Regional pueden ser: a).- Ordinarias. b).- Extraordinarias. c).- Solemnes SESIONES ORDINARIAS Articulo 23º.- Las Sesiones Ordinarias del Consejo Regional se desarrollan de acuerdo con la Agenda que proponga el Presidente Regional, el primer jueves de cada mes; sin embargo en el curso del debate, se puede priorizar los asuntos que el Consejo considere son de interes regional, y requieren su urgente tratamiento. Estas Sesiones contaran de las siguientes estaciones: - Lectura y aprobacion del Acta anterior. - Despacho - Informes - Pedidos - Orden del Dia. ESTRUCTURA Y REGLA DE LAS SESIONES Articulo 24º.- Las Sesiones Ordinarias del Consejo Regional se desarrollan de acuerdo con la estructura siguiente: a).- A la hora senalada en la convocatoria el Presidente Regional dispone pasar lista. De no haber Quorum se pasara una MORDAZA lista 15 minutos despues, si tampoco se logra quorum, se sentara por el Secretario la respectiva MORDAZA anotando los nombres de quienes han asistido, de los que se encuentran en uso de licencia, de los suspendidos, o de los que hubiesen dado aviso de no asistir, asi como de los que hubieran faltado injustificadamente, llegada la estacion de orden del dia, se pasara lista para verificar el Quorum reglamentario. b).- Abierta la Sesion, el Presidente pone a consideracion del pleno el Acta de la Sesion precedente, puesta en conocimiento de los Consejeros con 24 horas de anticipacion. Una vez aprobada, el Secretario del Consejo Regional la suscribira y MORDAZA que la firmen el Presidente, el Vicepresidente y los Consejeros Regionales que estimen conveniente. Si hay observaciones el Presidente ordenara su insercion en el Acta, previo acuerdo del Consejo. El Pleno del Consejo puede acordar la dispensa de la lectura del Acta si asi lo considera. REGLAS DEL DEBATE Articulo 25º.- En el debate de los asuntos contenidos en la Agenda se observaran las siguientes reglas: a).- Los dictamenes, informes, las proposiciones dispensadas de dictamen y las mociones de orden del dia leidas en el pleno, salvo que se acuerde la dispensa de lectura a solicitud de un senor Consejero. b).- El Presidente de la Comision o el Consejero que la Comision delegue, sustenta el Dictamen o informe recaidos sobre la proposicion sometida a su consideracion por un tiempo de diez minutos y de ser necesario una ampliacion de cinco minutos. Si hay dictamen en minoria lo sustenta uno de los firmantes por el mismo tiempo. c).- Si el dictamen o informe es por unanimidad se procede a dar lectura, sin embargo, el Presidente puede otorgar dos minutos a cada Consejero parar que exponga las razones de su posicion. d).- Se MORDAZA cuenta al Pleno de los Dictamenes existentes, sustentados debatiendose los dictamenes aprobados por el Pleno, enviandose al archivo los restantes. e).- Los Consejeros que lo soliciten podran hacer uso de la palabra por no mas de cinco minutos, en forma adicional se concedera el uso de la palabra por un tiempo de dos minutos para replicas y duplicas. f).- Las interrupciones seran concedidas por el que preside la sesion con anuencia del Consejero que se encuentra haciendo uso de la palabra. Y no podra exceder de dos minutos SESIONES EXTRAORDINARIAS Articulo 26º.- Las Sesiones Extraordinarias seran convocadas por el Presidente, o cuando lo solicite un MORDAZA del numero legal de miembros del Consejo Regional exponiendo los motivos de la convocatoria, a fin de tratar publicamente las materias de interes regional o nacional.

En las Sesiones Extraordinarias solo puede tratarse el MORDAZA o asuntos de la agenda para las que fueron convocadas. La aprobacion del Presupuesto Regional, la Cuenta General del Ejercicio, la Memoria Anual, y el Informe Anual de los Directorios u Organos equivalentes, sobre la gestion de las Empresas Regionales y Organismos descentralizados, seran necesariamente tratados en Sesion extraordinaria. SESIONES SOLEMNES Articulo 27º.- Las Sesiones solemnes pueden celebrarse en las siguientes oportunidades: a).- Conmemorando el dia de la Independencia Nacional. b).- El dia del Aniversario de la Fundacion de la Region Ancash. c).- El dia de la fundacion de las Provincias integrantes de la Region, la que se celebrara en el periodo de gestion. d).-Cuando el Consejo acuerde para rendir homenaje a personalidades y/o Instituciones, conmemorar hechos gloriosos o trascendentes y otros actos de importancia. VOTACIONES Articulo 28º.- Terminado el debate de un MORDAZA, o el tiempo prefijado por el Presidente o cuando ya han hecho uso de la palabra los Consejeros Regionales que la hayan solicitado o cuando asi lo establezca el Reglamento, el Presidente anunciara que se procedera a votar. Hecho el anuncio se verificara el quorum, desde ese instante ningun Consejero debe abandonar la sala de Sesiones. CLASES DE VOTACIONES Articulo 29º.- Segun la forma como se realice las votaciones son: a).- Ordinarias.- Cuando cada integrante del Consejo Regional emita su MORDAZA levantando la mano. b).- Nominales.- Cuando el relator llama a cada uno de los integrantes del Consejo Regional por su nombre y estos responden SI, NO, ABSTENCION, consignandose en el Acta correspondiente. c).- Secretas.- Cuando se trate de procesos electivos, asuntos macrorregionales y de defensa nacional, los integrantes del Consejo Regional emitiran su MORDAZA de modo reservado y lo depositaran en el anfora correspondiente. DE LA RECTIFICACION Y RECONSIDERACION DE LAS VOTACIONES Y QUORUM Articulo 30º.- Cualquier integrante del Consejo Regional podra solicitar la rectificacion o reconsideracion de la votacion, su aprobacion requiere del MORDAZA de mas de la mitad para la rectificacion y, para la reconsideracion 2/3 del numero legal de los integrantes del Consejo Regional. No se podra presentar reconsideraciones despues de aprobada el acta o la dispensa de dicha aprobacion. Para la rectificacion los Consejeros lo haran poniendose de pie. La reconsideracion sera presentada dentro de las 72 horas de haberse realizado la votacion. DE LAS CUESTIONES DE ORDEN Articulo 31º.- En cualquier momento del debate, con excepcion de aquel en el que se desarrolla la votacion, los integrantes del Consejo Regional pueden plantear una Cuestion de Orden, a efecto de llamar la atencion sobre la correcta interpretacion y aplicacion del reglamento del Consejo Regional. El Presidente concedera un MORDAZA de un minuto para plantearla. DE LAS CUESTIONES PREVIAS Articulo 32º.- Las cuestiones previas se plantean en cualquier momento del debate y MORDAZA de las votaciones, a efecto de llamar la atencion sobre un requisito, MORDAZA, o materia del debate o de la votacion basada en hechos. El Presidente concedera un MORDAZA de un minuto para plantearla y de inmediato la sometera a debate, dando por agotado el mismo, sometera a votacion DE LAS REGLAS DE ORDEN EN LAS SESIONES De la disciplina. Articulo 33º.- El presidente tiene a su cargo la direccion de los debates y la prerrogativa de exigir a los integrantes del Consejo Regional que se conduzcan con res-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.