Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2005 (04/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, lunes 4 de MORDAZA de 2005

Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, con Oficio Nº 881-2005-D-DRCA-INC de fecha 26 de MORDAZA de 2005, del Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director (e) de la Direccion del Instituto Nacional de Cultura MORDAZA, comunica el peligro de depredacion en que se encuentran los sitios arqueologicos Collota y Sonqomarka, por lo que solicita la declaracion de los mismos como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Informe Nº 279-2005-INC/DREPH/DA/ SDIC-JARG, de fecha 7 de junio de 2005, el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Arqueologo de la Subdireccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia, recomienda la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nacion a los sitios arqueologicos siguientes: - Collota, ubicado en el distrito de provincia de La Union, departamento de - Sonqomarka, ubicado en el distrito provincia de MORDAZA, departamento de Huaynacotas, Arequipa; de Quequena, Arequipa;

Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 00249 de fecha 23 de MORDAZA de 2005 la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los sitios arqueologicos siguientes: - Sitio 35: Andenes de Pahuaypite (UTM PSAD 56: 391,638 E - 8´551,097 N), ubicado en el Anexo Quishca, distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 36: Caminos de Pahuaypite (UTM PSAD 56: 391,617 E - 8´551,145 N), ubicado en el Anexo Quishca, distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 37: Fundo MORDAZA (UTM PSAD 56: 385,456 E 8´545,548 N), ubicado en el distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 38: La MORDAZA (UTM PSAD 56: 385,843 E 8´545,583 N), ubicado en el distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 39: MORDAZA de Arahuay (UTM PSAD 56: 385,680 E - 8´545,459 N), ubicado en el distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 40: Centro Administrativo Arahuay (UTM PSAD 56: 385,453 E - 8´545,418 N), ubicado en el distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 41: Plazita Circular de Arahuay (UTM PSAD 56: 385,275 E - 8´545,374 N), ubicado en el distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 42: MORDAZA de Contencion Doble - Quebrada Humanpuquio (UTM PSAD 56: 384,811 E - 8´545,560 N), ubicado en el distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 43: MORDAZA Agricolas - Quebrada Huamanpuquio (UTM PSAD 56: 384,460 E - 8´545,498 N), ubicado en el distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 44: Las Colcas de Huamanpuquio (UTM PSAD 56: 384,364 E - 8´545,576 N), ubicado en el distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia y de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º: Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los Sitios Arqueologicos siguientes: - Sitio 35: Andenes de Pahuaypite (UTM PSAD 56: 391,638 E - 8´551,097 N), ubicado en el Anexo Quishca, distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 36: Caminos de Pahuaypite (UTM PSAD 56: 391,617 E - 8´551,145 N), ubicado en el Anexo Quishca, distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 37: Fundo MORDAZA (UTM PSAD 56: 385,456 E 8´545,548 N), ubicado en el distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 38: La MORDAZA (UTM PSAD 56: 385,843 E 8´545,583 N), ubicado en el distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica.

Que, mediante Acuerdo Nº 306 de fecha 20 de junio de 2005 la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare Patrimonio Cultural de la Nacion a los sitios arqueologicos siguientes: - Collota, ubicado en el distrito de provincia de La Union, departamento de - Sonqomarka, ubicado en el distrito provincia de MORDAZA, departamento de Huaynacotas, Arequipa; de Quequena, Arequipa;

Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia, Subdireccion de Investigacion y Catastro y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los sitios arqueologicos siguientes: - Collota, ubicado en el distrito de provincia de La Union, departamento de - Sonqomarka, ubicado en el distrito provincia de MORDAZA, departamento de Huaynacotas, Arequipa; de Quequena, Arequipa.

Articulo 2º.- Encargar a la Direccion del Instituto Nacional de Cultura MORDAZA la elaboracion del expediente tecnico de los sitios arqueologicos mencionados en el articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debe contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 11855 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 848/INC MORDAZA, 23 de junio de 2005 VISTO, El Acuerdo Nº 00249, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 12 de fecha 23 de MORDAZA de 2005; y,

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