Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2005 (04/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, lunes 4 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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- Sitio 39: MORDAZA de Arahuay (UTM PSAD 56: 385,680 E - 8´545,459 N), ubicado en el distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 40: Centro Administrativo Arahuay (UTM PSAD 56: 385,453 E - 8´545,418 N), ubicado en el distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 41: Plazita Circular de Arahuay (UTM PSAD 56: 385,275 E - 8´545,374 N), ubicado en el distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 42: MORDAZA de Contencion Doble - Quebrada Humanpuquio (UTM PSAD 56: 384,811 E - 8´545,560 N), ubicado en el distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 43: MORDAZA Agricolas - Quebrada Huamanpuquio (UTM PSAD 56: 384,460 E - 8´545,498 N), ubicado en el distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. - Sitio 44: Las Colcas de Huamanpuquio (UTM PSAD 56: 384,364 E - 8´545,576 N), ubicado en el distrito de Chavin, provincia de Chincha, departamento de Ica. Articulo 2º.- Encargar al Instituto Nacional de Cultura Ica, la elaboracion del Expediente Tecnico (Plano, Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva) de los sitios arqueologicos mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspondientes, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 11857 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 852/INC MORDAZA, 23 de junio de 2005 VISTO, el Acuerdo Nº 00146, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 07 de fecha 8 de MORDAZA de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 00146 de fecha 8 de MORDAZA del 2005 la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion el Sitio Arqueologico "San Antonio" ubicado en el Predio Huachipa, distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima; Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia y de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura;

Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico "San Antonio" ubicado en el Predio Huachipa, distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Arqueologia de la Direccion Registro y Estudio del Patrimonio Historico, la elaboracion del Expediente Tecnico (Plano, Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva) del sitio arqueologico mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspondientes, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 11858 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 860/INC MORDAZA, 24 de junio de 2005 VISTO, el Informe Nº 129-2005-INC/DREPH/DASDIC-LAMS de fecha 25 de MORDAZA de 2005, del Lic. MORDAZA A. Moulet MORDAZA, arqueologo de la Subdireccion de Investigacion y Catastro, de la Direccion de Arqueologia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe del visto se comunica que se ha realizado la delimitacion del Sitio Arqueologico La Longuera o Longueras, ubicado en el distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de MORDAZA, dando como resultado el Expediente Tecnico: Plano Nº PTOP-004INC_DREPH/DA/SDIC-2005, Plano Nº PP-004INC_DREPH/DA/SDIC-2005, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva. Asimismo recomienda la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nacion y aprobacion del expediente tecnico del sitio arqueologico en mencion; Que, de acuerdo al Articulo VI del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 307 de fecha 20 de junio de 2005, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declare Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico La Longuera o Longueras, ubicado en el distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de Lima. - Aprobar el Plano de Delimitacion Nº PTOP-004INC_DREPH/DA/SDIC-2005, del Sitio Arqueologico La Longuera o Longueras, con un area de 29.67 ha. y un perimetro de 2517.65 m. a escala 1/2000, de fecha 14 de marzo de 2005, ubicado en el distrito de Ate Vitarte, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva. - Aprobar el Plano de Delimitacion Nº PP-004INC_DREPH/DA/SDIC-2005, del Sitio Arqueologico La Longuera o Longueras, con un area de 29.67 ha. y un perimetro de 2517.65 m. a escala 1/2000, de fecha 14 de marzo de 2005, ubicado en el distrito de Ate Vitarte, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva. Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia, Subdireccion de Investigacion y Catastro y la Oficina de Asuntos Juridicos;

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