Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2005 (04/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, lunes 4 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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24.1 Comunicar a la ATFFS y al concesionario de la resolucion de la concesion. La ATFFS ejecutara las diligencias necesarias para cumplir el plan de cierre de la concesion y la consecuente reversion de las areas al Estado. 24.2 Disponer la ejecucion de la garantia de fiel cumplimiento, realizando las coordinaciones necesarias con OAJ y OA, si como resultado del plan de cierre, se advierten incumplimientos por parte del concesionario cuyo derecho fue caducado. En caso contrario, la Intendencia debera devolver al concesionario la garantia de fiel cumplimiento otorgada. 24.3 Adoptar las acciones necesarias para proteger el area revertida a favor del Estado, con motivo de la caducidad de la concesion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera.- Las disposiciones contenidas en el Titulo I del presente Reglamento, podran ser aplicadas a cualquier otro tramite que se presente ante la OSINFOR. Segunda.- Los procedimientos en tramite a la fecha de publicacion del presente Reglamento, se adecuaran a lo dispuesto por el mismo, en cuanto les sea aplicable. 11834

cina de Epidemiologia de la Direccion de Salud PNP, mediante la cual se recomienda la suscripcion del Convenio de Colaboracion Intersectorial entre el Ministerio del Interior ­ PNP y el Ministerio de Salud ­ Oficina General de Epidemiologia (OGE); CONSIDERANDO: Que, la Policia Nacional del Peru, es la institucion del Estado creada para garantizar el Orden Interno, el libre ejercicio de los derechos fundamentales de las personas y el normal desarrollo de las actividades ciudadanas, la que forma parte de la Estructura Organica del Ministerio del Interior; Que, la Ley de la Policia Nacional del Peru Nº 27238 y su Reglamento aprobado por D. S. Nº 008-2000-IN, la que ha sido modificado por el D. S. Nº 010-2004-IN, establece que la Direccion de Sanidad, es el organo de apoyo especializado de la Policia Nacional del Peru responsable de administrar el Programa de Salud Integral del personal policial y familiares con derecho asistencial; Que. la Oficina General de Epidemiologia del Ministerio de Salud, es el organo responsable del diseno, asesoramiento y evaluacion del Sistema de Vigilancia Epidemiologica y del MORDAZA de Prevencion y Control de Epidemias y Desastres del Sector Salud, a nivel nacional; Que, la suscripcion de un Convenio entre MORDAZA instituciones permitira la implementacion y el desarrollo del Sistema de Vigilancia Epidemiologica de la Direccion de Salud PNP , que permitira la toma de decisiones gerenciales en salud y la capacitacion de los recursos humanos necesarios; Que, es politica del Comando Institucional, establecido en el Plan Estrategico Institucional 2002-2006, en materia de salud policial, la Modernizacion de los Servicios de Salud Policial; Que, de conformidad con el Art. 6º de la Ley 27238, Ley de la Policia Nacional del Peru, concordante con el Art. 8º de su Reglamento, aprobado mediante D. S. Nº 008-2000-IN del 04OCT2000, la Policia Nacional del Peru, o las personas que MORDAZA designe, esta facultada, a suscribir convenios en materia de intercambio academico, cientifico y tecnologico, que MORDAZA de interes para el desarrollo institucional;

INTERIOR
Autorizan suscripcion de Convenio de Colaboracion Intersectorial entre el Ministerio del Interior - PNP y el Ministerio de Salud - Oficina General de Epidemiologia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1120-2005-IN/PNP MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2005 VISTO, la Hoja de Recomendacion Nº 01-2005-DIRSAL-PNP-OFIEPI de 08MAR2005, formulada por la Ofi-

Comite Nacional de Administracion del Fondo para la Construccion de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construccion Civil del Peru

SENOR EMPLEADOR DE CONSTRUCCION CIVIL DEL PERU:
En cumplimiento a lo dispuesto en la R.S. Nº 001/95 M.T.C. del 06.01.95 le recordamos la obligacion de: O Retener semanalmente como aporte al CONAFOVICER el 2% de los siguientes conceptos: jornal basico, salario dominical, feriados no laborables y descansos medicos que involucren jornales ordinarios de los trabajadores a vuestro cargo. O Depositar las retenciones efectuadas hasta el dia 15 del mes siguiente, indicando: El numero de R.U.C., el Monto a pagar y el Periodo de pago; en los siguientes Bancos: - Banco de la Nacion al Codigo 00035 (via teleproceso). - Banco Continental a la Cuenta Nº 0011-0112-04-0200090836. Asimismo le recordamos: O Que el pago fuera de fecha genera una MORDAZA del 2% por mes o fraccion de mes. O Que la retencion efectuada no es un tributo, sino un aporte del trabajador de construccion civil al CONAFOVICER y que la omision del pago en la forma y fecha establecida se encuentra tipificado como un ilicito penal. O Que se deben brindar las facilidades a nuestros fiscalizadores quienes debidamente acreditados tienen la mision de verificar el cumplimiento de esta obligacion. MORDAZA, MORDAZA 2005

EL DIRECTORIO
Para mayor informacion y/o consultas llamar al ( 473-8557 anexo 108 o dirigirse a prolongacion Cangallo 670, tercer piso - La MORDAZA, Lima. email: recaudacion@conafovicer.com www.conafovicer.com

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