Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2005 (27/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2005

das, los Informes respectivos con el debido sustento tecnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos informes"; Que, el articulo 11º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica Nº 27785 dispone que "cuando en el Informe (de Control) respectivo se identifiquen responsabilidades, MORDAZA estas de naturaleza administrativa funcional, civil o penal, las autoridades institucionales y aquellas competentes de acuerdo a Ley, adoptaran inmediatamente las acciones para el deslinde de la responsabilidad administrativa funcional y aplicacion de la respectiva sancion, e iniciaran, ante el fuero respectivo, aquellas de orden legal que consecuentemente correspondan a la responsabilidad senalada"; Que, el articulo 2º del Decreto Ley Nº 17537 establece que "los Procuradores Generales de la Republica tienen la plena representacion del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil"; Que, el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado mediante el Decreto Ley Nº 17667, dispone que "para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, sera necesario la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa"; Con lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, mediante el Informe Nº 844-2005-ME/SG-OAJ que forma parte integrante de la presente resolucion; conforme lo solicitado por el Despacho Ministerial de Educacion y la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion mediante Oficio Nº 415-2005-ME/DM y Oficio Nº 1048-2005-PP/ED, respectivamente; y, De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, para que inicie las acciones judiciales pertinentes contra los responsables individualizados en el Informe Especial Nº 015-2004-OCI/UCF, emitido por la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educacion, el mismo que constituye parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion los antecedentes de la presente Resolucion, para su conocimiento y fines consiguientes. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educacion para que proceda conforme a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 13215

zacion, repotenciacion, renovacion tecnologica, reparacion y mantenimiento de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2005-DE de 29.ABR.2005 se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 28455, el mismo que fue modificado por el Decreto Supremo Nº 017-2005-DE/SG de 7.JUL.2005, cuyo tenor dispone los mecanismos de administracion del Fondo de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional, estableciendo igualmente la organizacion, funciones y responsabilidades del Comite de Administracion, entre otros aspectos; Que, el Articulo 8º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2005-DE de 29.ABR.2005, modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 017-2005-DE/SG de 7.JUL.2005, dispone que el Comite de Administracion abrira en el Banco de la Nacion las cuentas necesarias para depositar los recursos del aludido Fondo; Que, para el proposito expuesto en el considerando anterior es necesario designar mediante Resolucion Ministerial al Titular del manejo de la cuenta bancaria correspondiente al Ministerio del Interior, cuyas acciones deben encuadrarse dentro de las normas del Sistema Nacional de Tesoreria; De conformidad a lo normado por el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 0032004-IN de 1.MAR.2004; con las visaciones de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru y Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar como Titular de las cuentas bancarias del Fondo para las Fuerzas Armadas y Policia Nacional a que se refieren los considerandos de la presente resolucion al Sr. MORDAZA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Division de Tesoreria de la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru. Articulo 2º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la Resolucion Ministerial Nº 1366-2005-IN de 31.MAY.2005. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MURAZZO MORDAZA Ministro del Interior 13208

JUSTICIA
Encargan funciones de Procurador Publico a cargo de los asuntos del Poder Legislativo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 310-2005-JUS MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2005

INTERIOR
Designan titular de cuentas bancarias del Fondo para las Fuerzas Armadas y Policia Nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1727-2005-IN MORDAZA, 22 de MORDAZA del 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28455 de 16.DIC.2004 se creo el "Fondo para las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional" destinado a la adquisicion, equipamiento, moderni-

Visto: el Oficio Nº 149-2005-PP/CR de fecha 8 de MORDAZA de 2005, del Procurador Publico del Poder Legislativo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 219-99-JUS, de fecha 28 de septiembre de 1999, se designo al doctor MORDAZA Grana Acuna, como Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Poder Legislativo, cargo que viene desempenando a la fecha; Que, mediante oficio de visto el mencionado Procurador Publico comunica que MORDAZA uso de su descanso vacacional, solicitando se encargue sus funciones a otro Procurador Publico, de acuerdo a ley, siendo necesario emitir el acto administrativo correspondiente;

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