Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2005 (27/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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CIRCUNSCRIPCION SEDE

NORMAS LEGALES
PROV. ANGARAES CASTROVIRREYNA CHURCAMPA HUAYTARA TAYACAJA ICA NASCA PALPA CHINCHA MORDAZA HUAMANGA CANGALLO MORDAZA SANCOS HUANTA LA MAR SUCRE MORDAZA MORDAZA MORDAZA LUCANAS PARINACOCHAS MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANTA CALCA LA CONVENCION PARURO PAUCARTAMBO QUISPICANCHIS URUBAMBA ESPINAR ACOMAYO CANAS CANCHIS CHUMBIVILCAS ABANCAY ANTABAMBA AYMARAES COTABAMBAS GRAU ANDAHUAYLAS CHINCHEROS TACNA TARATA MORDAZA BASADRE CANDARAVE MORDAZA CHUCUITO EL COLLAO YUNGUYO MORDAZA CARABAYA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA AZANGARO HUANCANE MOHO SAN MORDAZA DE PUTINA MORDAZA ISLAY CAYLLOMA CAMANA CARAVELI MORDAZA CONDESUYOS LA UNION

MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2005

CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como inscribir los hechos y actos referidos a la capacidad y estado civil; Que, conforme el Art. 35º de la Ley Nº 26497, Organica del RENIEC, el Codigo Unico de Identificacion ­ CUI de la persona constituye la base sobre la cual la sociedad y el Estado la identifica para todos los efectos, en cuya virtud debe ser adoptado obligatoriamente por las distintas dependencias como numero unico de identificacion de la persona en los registros de orden tributario y militar, licencias de conducir, pasaportes, documentos acreditativos de pertenencia al sistema de seguridad social y, en general, en todos aquellos casos en los cuales se lleve un registro previo tramite o autorizacion; Que, segun lo establecido por el Art. 5º de la Ley acotada, la inscripcion en el Registro se efectua bajo criterios simplificados, mediante el empleo de formularios y de un sistema automatico y computarizado de procesamiento de datos, que ha permitido la confeccion del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como la asignacion de un Codigo Unico de Identificacion; Que, respecto a las inscripciones en el Registro del Estado Civil, la Primera Disposicion Transitoria de la referida Ley dispone que en tanto se implementen sistemas automaticos de transferencia de informacion en las oficinas registrales, las inscripciones de los actos que esa Ley y el reglamento de las inscripciones senalan se efectuan manualmente en los Libros de Registro que para esos efectos son disenados y distribuidos por el RENIEC y que deben permitir la asignacion del Codigo Unico de Identificacion a las personas; Que, en tal virtud, la Gerencia de Operaciones a traves de su oficio del visto, ha elevado el formato de Acta de Nacimiento con CUI, al que se ha incorporado el Codigo Unico de Identificacion que se empleara con la finalidad dispuesta por la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Organica del RENIEC, la cual cuenta con la conformidad de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, organo de apoyo, gestion y asesoramiento en materia registral civil; Que, en tal virtud, resulta viable aprobar el formato de Acta de Nacimiento con el Codigo Unico de Identificacion, de acuerdo a lo propuesto por la Subgerencia de Registros del Estado Civil, estableciendo que se propongan los lineamientos para su adecuada implementacion; y, Conforme las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Organica del RENIEC y el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 530-2003-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el formato del Acta de Nacimiento con el Codigo Unico de Identificacion, conforme al anexo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Mantener la vigencia del formato de Acta de Nacimiento aprobado mediante la Resolucion Jefatural Nº 019-99-JEF/RENIEC, que sera empleado conforme la Guia de Procedimientos que al respecto sera emitida. Articulo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Registros de Estado Civil, en coordinacion con las Gerencias de Planificacion y Presupuesto y de Informatica y Estadistica, la elaboracion de la Guia de Procedimientos que regule el uso y aplicacion de los formatos de Actas de Nacimiento referidos en los articulos precedentes de la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

16

JEE ICA

ICA

17

JEE HUAMANGA

MORDAZA

18

JEE LUCANAS

PUQUIO

19

JEE MORDAZA

MORDAZA

20

JEE ESPINAR

MORDAZA

21

JEE ABANCAY

ABANCAY

22 23

JEE ANDAHUAYLAS JEE TACNA

ANDAHUAYLAS TACNA

24

JEE MORDAZA

MORDAZA

25

JEE SAN MORDAZA

JULIACA

26

JEE MORDAZA

MORDAZA

27 28

JEE CAMANA JEE MORDAZA

CAMANA APLAO

13236

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aprueban Formato del Acta de Nacimiento con Codigo Unico de Identificacion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 788-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2005 VISTOS: El Informe Nº 1328-2005/GO/SGREC/ RENIEC, emitido por la Subgerencia de Registros del Estado Civil, el Oficio Nº 1886-2005/GO/RENIEC, emitido por la Gerencia de Operaciones y el Informe Nº 631 y Nº 757-2005-GAJ/RENIEC, emitidos por la Gerencia de Asesoria Juridica;

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