Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2005 (27/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2005

Juzgados Contencioso Administrativos de MORDAZA a que se contrae el Informe Final elaborado por la Comision designada por Resolucion Administrativa Nº 712005-CED-CSJLI/PJ de fecha 27 de MORDAZA del 2005. Articulo Cuarto.- Pongase la presente a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, ODICMA, Oficina de Administracion Distrital, Area de Desarrollo de la Presidencia y a los miembros de la respectiva Comision, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LAU MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13304

Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 13295

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos de abuso de autoridad y otros
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 337-2005-CG MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2005 VISTO; el Informe Especial Nº 204-2005-CG/ORPU, resultante del Examen Especial practicado en la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento SEDAJULIACA S.A. periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2002, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado; y, CONSIDERANDO: Que, el Examen Especial practicado a la Entidad Prestadora de Servicios y Saneamiento SEDAJULIACA S.A., corresponde a una accion de control no programada dentro del Plan Operativo de la Oficina Regional de Control MORDAZA de la Contraloria General de la Republica, dispuesto por el Despacho del senor Contralor General de la Republica, a fin de evaluar el resultado de cumplimiento de la normativa vigente a nivel de sus sistemas administrativos y operativos, asi como a la verificacion de las denuncias presentadas por el Congreso de la Republica; Que, como resultado de la revision a la documentacion proporcionada por la Administracion de la EPS. SEDAJULIACA S.A., la Comision Auditora ha evidenciado que se concedio Licencia por Enfermedad a una trabajadora, sin contar con la debida documentacion sustentatoria, pagandose en forma irregular la suma de S/. 5 009,26, siendo posteriormente despedida sin efectuar el derecho a la defensa, propiciando adicionalmente que la entidad se vea afectada con el resultado del MORDAZA, con la suma de S/. 14 000,00 como indemnizacion por despido arbitrario; hechos que evidencian indicios razonables de comision de los delitos de Abuso de Autoridad, Omision de Funciones y Peculado, previstos y penados en los articulos 376º, 377º y 387º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido al literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este ente tecnico rector del Sistema Nacional de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, a traves del Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, en el caso que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, para que inicie las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contralo-

Designan Jueces Suplentes del Tercer Juzgado Especializado en lo Penal para Procesos en Reserva y del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 283-2005-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2005 VISTOS Y CONSIDERANDO: La Resolucion Administrativa Nº 160-2005-CE-PJ, de fecha 26 de MORDAZA del ano en curso, mediante la cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, resuelve MORDAZA por limite de edad, al senor MORDAZA MORDAZA Molero MORDAZA, en el cargo de Juez Titular del Tercer Juzgado Especializado en lo Penal para Procesos en Reserva de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, en atencion a lo expuesto en el considerando anterior, y a fin de no alterar el normal desarrollo de las labores jurisdiccionales del Tercer Juzgado de Especializado en lo Penal para Procesos en Reserva, surge la necesidad de proceder a la designacion del magistrado que asumira dicho Despacho; Que, conforme lo dispone el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 074-CME-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la MORDAZA autoridad del Distrito Judicial a su cargo, y como tal le corresponde cautelar la pronta y eficiente administracion de justicia en su jurisdiccion y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MUNAILLA MORDAZA, como Juez Suplente del Tercer Juzgado Especializado en lo Penal para Procesos en Reserva, en reemplazo del doctor MORDAZA MORDAZA Molero Miranda. Articulo Segundo.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Suplente del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre, en reemplazo de la doctora MORDAZA MORDAZA Munailla Saavedra. Articulo Tercero.- Las disposiciones emanadas de la presente resolucion se haran efectivas a partir del dia 27 de MORDAZA del ano en curso. Articulo Cuarto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Fiscalia de la Nacion y la Oficina de Administracion Distrital.

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