Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2005 (04/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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RESUELVE:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, sabado 4 de junio de 2005

Primero.- Aprobar en vias de regularizacion, los proyectos de Habilitacion MORDAZA de conformidad con los planos signados con el Nº 002a-05-HU-SGTT-GODU-MDLCH, para uso de Vivienda de Densidad Media R4, del terreno de 16,012.00 m2 (Dieciseis mil doce metros cuadrados), constituido por la parcela 1, MORDAZA L, MORDAZA Granja El Ayllu, del sector Cajamarquilla, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Segundo.- Autorizar a la ASOCIACION LA MORDAZA DE CAJAMARQUILLA la ejecucion de las obras faltantes de Habilitacion MORDAZA en forma progresiva, cuyo proyecto se aprueba en el termino de cinco anos de acuerdo al siguiente cuadro de areas:
AREA BRUTA DE TERRENO AREA DE APORTES GRATUITOS SEGUN MORDAZA - RECREACION PUBLICA (PARQUES) 10% 1,601.20.21 m2 - MINISTERIO DE EDUCACION 2% 320.24 m2 - SERPAR 2% 320.24 m2 AREA UTIL - VIVIENDA - COMERCIO AREA VIAS PUBLICAS (1) Aportes a redimir en dinero por fraccionamiento de pago. 16,012.00 m2 EN EL PROYECTO 00.00 m2 208.60 m2 00.00 m2 11,318.89 m2 1,550.63 m2 2,933.88 m2

Tercero.- Inscribir como carga en el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA a favor de la Municipalidad, los lotes 14 de la Mz. B, 23 de la Mz. A y 06 de la Mz. D, como garantia hipotecaria hasta el cumplimiento del pago de fraccionamiento autorizado. Cuarto.- Autorizar a la Asociacion La MORDAZA de Cajamarquilla, la construccion simultanea de viviendas, previa obtencion de la licencia de construccion tramitada ante la Municipalidad Distrital y queda en su obligacion la regularizacion de las construcciones existentes. Quinto.- Disponer que la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, este a cargo de los interesados. Sexto.- Transcribir la presente resolucion a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su conocimiento y fines, al Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Publicos de MORDAZA, para su inscripcion correspondiente y al Ministerio de Educacion para la cancelacion del deficit del aporte correspondiente a cargo de los interesados. Setimo.- Pongase en conocimiento de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao conforme al Plano Nº 02a-05-HUSGTT-GODU-MDLCH, que forma parte de la resolucion a efectos de la inscripcion de los lotes resultantes, a cargo de los interesados. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Municipal 10309

Que la Ordenanza Nº 185, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Municipalidad de Miraflores, establecio en el articulo 5º, la delegacion de facultades al MORDAZA para aprobar mediante Decreto de Alcaldia las disposiciones complementarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza y para el buen funcionamiento de la organizacion municipal; Que la citada Ordenanza Nº 185, establece que las diferentes instancias de la organizacion municipal podran contar con coordinadores de procesos para la desconcentracion de la ejecucion de las acciones municipales, a los cuales se les delegara de manera expresa funciones y competencias de gestion y resolutivas; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General en su articulo IV de su Titulo Preliminar conceptua, conforme al MORDAZA de Celeridad, que quienes participan en el procedimiento deben ajustar su actuacion de tal modo que se dote al tramite de la MORDAZA dinamica posible, evitando actuaciones procesales que dificulten su desenvolvimiento o constituyan meros formalismos a fin de alcanzar una decision en tiempo razonable, sin que ello releve a las autoridades del respeto al debido procedimiento o vulnere el ordenamiento; Que, por su parte, el articulo 74º de la Ley del Procedimiento Administrativo General establece: 1) que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los organos administrativos se desconcentra en otros jerarquicamente dependientes de aquellos, siguiendo los criterios establecidos en la Ley; 2) que los organos de direccion de las entidades se encuentran liberados de cualquier rutina de ejecucion, de emitir comunicaciones ordinarias y de las tareas de formalizacion de actos administrativos, con el objeto de que puedan concentrarse en actividades de planeamiento, supervision, coordinacion, control interno de su nivel y en la evaluacion de resultados; 3) que a los organos jerarquicamente dependientes se les transfiere competencia para emitir resoluciones con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses; y, 4) que cuando proceda la impugnacion contra actos administrativos emitidos en ejercicio de competencia desconcentrada, correspondera resolver a quien las MORDAZA transferido, salvo disposicion legal distinta; Que mediante el Decreto de Alcaldia Nº 03, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 12 de MORDAZA de 2005, se aprobo el Reglamento de Constitucion de las Areas Funcionales para la Coordinacion de Procesos de los Organos Municipales; el mismo que luego de su implantacion se considera necesario reformar, a fin de lograr una mayor eficacia en la implementacion del ROF y del funcionamiento de la organizacion municipal; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 20º, numeral 6, de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972: DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Ejecutivos de Coordinacion de Procesos de las Unidades Organicas de la Municipalidad, cuyo texto en Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo 2º.- Precisar que solo para efecto de lo dispuesto en el inciso 1, del articulo 74º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, los Ejecutivos de Coordinacion de Procesos de las Unidades Organicas de la Municipalidad, constituyen organos administrativos dependientes de sus respectivas unidades organicas. Del mismo modo, precisar que solo para efecto de las disposiciones de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, Ley Nº 26497 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Ejecutivo de Registros Civiles, se constituye en oficina registral. Articulo 3º.- Mantener la vigencia de las Resoluciones de Alcaldia y las Resoluciones de Gerencia de designacion y desconcentracion respectivamente, que se aprobaron en virtud a lo dispuesto en el Decreto de Alcaldia Nº 03-2005, debiendo adecuarse sus efectos a las disposiciones que se aprueban por el presente Decreto de Alcaldia.

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban Reglamento de Ejecutivos de Coordinacion de Procesos de las Unidades Organicas de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 05
Miraflores, 31 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DE MIRAFLORES VISTA, la propuesta de la Gerencia Municipal para la modificacion del Decreto de Alcaldia Nº 03-2005, presentado a traves del Informe Nº 001-2005-GM/MM;

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