Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2005 (26/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de octubre de 2005

se aprecia de las copias de las respectivas tarjetas de propiedad vehicular que obra en los actuados, por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 87º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, corresponde disponer la baja del registro correspondiente en el que se encuentran inscritos a nombre de la empresa MORDAZA MORDAZA CICCIA MORDAZA E.I.R.L. Que, son aplicables al presente caso, los principios de presuncion de veracidad y de privilegios de controles posteriores establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444. Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes. Estando a lo opinado por la Direccion de Registros y Autorizaciones en Memorandum Nº 3208-2005-MTC/ 15.02 y por la Asesoria Legal de la Direccion General de Circulacion Terrestre en Informe Nº 1361-2005-MTC/ 15.AL. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y Ley Nº 27791-Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar a favor de TOURS MORDAZA DIVINO S.A.C., la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Chiclayo-Santa MORDAZA (Cajamarca) y viceversa, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos:
RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO : CHICLAYO - MORDAZA MORDAZA (Cajamarca) y viceversa : CHICLAYO : MORDAZA MORDAZA : CHONGOYAPE - CUMBIL-CATACHE

de publicacion de la presente Resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se declarara la caducidad de la concesion interprovincial. Articulo Sexto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Registros y Autorizaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA P. ALLEMANT F. Director General Direccion General de Circulacion Terrrestre 17640

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgados de Paz en los Centros Poblados San MORDAZA de Pangoa, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Huancash y Huancollusco y en el Caserio MORDAZA Cutervo
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 174-2005-CE-PJ MORDAZA, 8 de setiembre del 2005 VISTOS: El Oficio Nº 171-2005-P-CSJJU-PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Junin; y el Informe Nº 030-2005-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado San MORDAZA de Pangoa, distrito de Pangoa, provincia de Satipo, departamento de MORDAZA, solicitada por el MORDAZA de dicha localidad; Que, la solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 2,334 habitantes, y en la necesidad de contar con autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas cercano se encuentra ubicado en el Anexo de MORDAZA MORDAZA, a 10 kilometros de distancia, lo que representa para los pobladores una demora de 2 horas y media a pie, o cuando las condiciones climaticas lo permiten media hora en mototaxi, por cuya razon no tienen acceso a un oportuno y eficaz servicio de administracion de justicia; Que, el Informe Nº 030-2005-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en el Centro Poblado de San MORDAZA de Pangoa, distrito de Pangoa, provincia de Satipo, departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, siendo su competencia ademas el Caserio de Lobera y los Anexos de Alto Celendin, Bajo Celendin y Los Angeles; Que, por el numero de habitantes a los que beneficiara el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza Civil: deudas, incumplimiento de obligaciones; Penal: querellas, usurpacion de tierras lesiones, faltas contra la moral y las buenas costumbres, violaciones sexuales y otros contra la MORDAZA personal; Laboral: pago de haberes o jornales; Familia: abandono de hogar, Notarial: legalizacion de documentos, tramitacion de titulacion de parcelas; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado el de administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo

ESCALA COMERCIAL : CATACHE FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA : Dos (2) diarias en cada extremo de ruta : Cuatro (4) omnibus : Tres (3) omnibus de placas de rodaje Nºs UO-5867 (1994), UO-3768 (1994) y UB1791 (1992). : Un (1) omnibus de placa de rodaje Nº UB1793 (1992). : Salidas de Chiclayo, a las 09:00 y 10:00 horas. Salidas de MORDAZA MORDAZA, a las 19:00 y 20:00 horas.

FLOTA DE RESERVA HORARIOS

Articulo Segundo.- La Direccion de Registros y Autorizaciones debera inscribir la presente autorizacion en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Articulo Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el ar ticulo 87º del Reglamento Nacional de Administracion disponer la baja de las unidades de placas de rodaje Nºs. UO-5867, UO-3768 y UB-1793 inscritos a nombre de la empresa MORDAZA MORDAZA CICCIA MORDAZA E.I.R.L. en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion debera ser publicada por TOURS MORDAZA DIVINO S.A.C., en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidio la orden de publicacion. Articulo Quinto.- TOURS MORDAZA DIVINO S.A.C., debera iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha

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