Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2005 (26/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, miercoles 26 de octubre de 2005 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 74º y 195º de la Constitucion Politica establecen la facultad de las municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos. En el mismo sentido, el articulo 60º de la Ley de Tributacion Municipal y su Texto Unico Ordenado, establece la potestad municipal para crear, modificar y suprimir tributos; Que, en el Taller de Presupuesto Participativo del periodo 2006 celebrado con fecha 14 de agosto de los corrientes, el MORDAZA dentro del Informe de Gestion 2004 y Primer Semestre 2005 concluia que los dos problemas mas algidos de nuestro distrito es la Falta de Empleo y la Falta de Seguridad; Que, la forma de contribuir desde la Municipalidad para la reduccion de los niveles de desempleo es la de motivar la inversion privada, otorgando el beneficio de la exoneracion temporal de las Tasas Municipales; Certificado de Cambio de Uso, de Compatibilidad de Uso, Licencia de Funcionamiento y de Arbitrios Municipales (Limpieza Publica, Parques y Jardines, y Seguridad Ciudadana) por el periodo de un ano; Que, la importancia que la actual administracion MORDAZA concede a la reduccion de desempleo en nuestra jurisdiccion, se ve reflejada en la creacion de la Sub Gerencia de Desarrollo Economico dentro de la Estructura Organica y Funcional de la Municipalidad, la misma que esta en etapa de implementacion, siendo necesaria medidas que propicien la apertura de nuevas actividades economicas en la jurisdiccion; Estando a lo dispuesto por la Ley de Tributacion Municipal y su Texto Unico Ordenado y Ley Nº 27972 "Organica de Municipalidades" ha dado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGIMEN DE INCENTIVOS PARA APERTURA DE NUEVOS ESTABLECIMIENTOS QUE GENEREN PUESTOS DE TRABAJO EN LA JURISDICCION DE MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- Otorgar Autorizacion Temporal para la Apertura de Negocio en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA de la Legua-Reynoso por el espacio de un ano a cero costo, para aquellos establecimientos que inicien actividad economica a partir de la vigencia de la presente Ordenanza y cuya area de local sea menor a 100 m². Articulo Segundo.- Durante el periodo de Vigencia de la Autorizacion Temporal de Apertura de Negocio, la parte del predio dedicado a la actividad economica estara exonerado de los Arbitrios Municipales. Articulo Tercero.- Exonerar del Pago por Licencia de Anuncios y Publicidad (la medida MORDAZA de anuncio sera de 2 m2) mientras dure la Autorizacion Temporal de Apertura de Negocio, referida en el Articulo Primero de la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- Vencido el periodo anual de Autorizacion, el Titular de la Actividad Economica estara obligado a la obtencion de la Licencia de Funcionamiento Definitiva y de la Licencia de Anuncios y Publicidad, para lo cual tendra que cumplir con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA de la Municipalidad. Articulo Quinto.- Los requisitos para acceder al presente regimen de beneficio son: - Solicitud dirigida al MORDAZA - MORDAZA de Zonificacion - RUC y Fotocopia fedatizada de Constitucion de Empresa para personas juridicas - Contrato de Alquiler y Certificado de Defensa Civil para casos necesarios - Autorizacion del Sector para casos Necesarios - Modelo y Dimensiones de Anuncio (maximo 2 m2.) en los casos requeridos. Este procedimiento asi como sus requisitos seran incluidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA de la Municipalidad bajo la denominacion "Autorizacion Temporal de Apertura de Negocios Pro Fomento de Empleo". Articulo Sexto.- El presente procedimiento de beneficio es optativo, permaneciendo vigente los tramites de Licencia de Funcionamiento Provisional, Licencia de

Funcionamiento Permanente y Licencia de Anuncios establecidos en el MORDAZA de la Municipalidad. Articulo Setimo.- Se delega facultades al MORDAZA para que dicte medidas o normas complementarias para la implementacion del presente regimen. Articulo Octavo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique, y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18080

Modifican Texto Unico de Proce dimientos Administrativos de la Municipalidad, incorporando el derecho que se recaudara por concepto de Deposito Municipal
ORDENANZA Nº 097-2005-MDCLR MORDAZA de la Legua-Reynoso, 18 de octubre del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL MORDAZA DE LA LEGUA-REYNOSO POR CUANTO: Visto: En Sesion de Concejo Ordinaria, celebrada en la fecha mediante Acuerdo de Concejo Nº 186, el Informe Nº 201-05-SGMPyT/MDCLR de la Subgerencia de Policia Municipal y Transporte, el Informe Nº 079-05-GSC/MDCLR de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe Nº 645-A-05-GAL-MDCLR de la Gerencia de Asesoria Legal y la Mocion de Orden del Dia de la Comision Permanente de Administracion, Tributacion y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la MORDAZA Reynoso. CONSIDERANDO: Que, con fecha 2 de agosto del 2005, mediante el Informe Nº 201-05-SGPMYyT-MDCLR, la Subgerencia de Policia Municipal y Transporte, informa a la Gerencia de Seguridad Ciudadana la necesidad de la implementacion del Deposito Municipal con la finalidad de internar vehiculos menores y mayores que infrinjan las Disposiciones Municipales. Para tales efectos se sugiere la emision de una Ordenanza Municipal que cree la tasa por concepto de Deposito Municipal. Asi mismo, se incorpore en el MORDAZA el pago de derecho por dicho concepto y por liberacion de vehiculos; Que, con fecha 10 de agosto del 2005, mediante el Informe Nº 079-05-GSC/MDCLR, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, informa que de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, Decreto Legislativo Nº 776, Articulo 69º numeral 2 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales aprueban mediante Ordenanza la creacion, modificacion de su contribuciones, arbitrios, derechos y licencias. Asi mismo, remiten un Proyecto de Ordenanza, que se recomienda que previo a ser visto por Sesion de Concejo para su aprobacion sea revisado y corregido de ser el caso; Que, el Decreto Supremo Nº 165-99-EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, modificado por el Decreto Legislativo Nº 776 en su MORDAZA Segunda: Sobre ambito de aplicacion establece tributos, tales como tasas y que entre las tasas, se encuentran los derechos, que son tasas que se MORDAZA por la prestacion de un servicio, administrativo publico o el uso o aprovechamiento de Bienes Publicos; Asimismo, el acotado dispositivo en su MORDAZA Cuarta sobre MORDAZA de Legalidad ­ Reserva de la Ley, en uno de sus parrafos establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, puede crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos, licencias o

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