Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2005 (26/10/2005)


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NORMAS LEGALES
Separador Central

MORDAZA, miercoles 26 de octubre de 2005

Espacios Habilitados Para el Cobro de la Tasa de E.V Nº 30 31 32 33 34 35 36 Via Ca. MORDAZA Tamayo Ca. MORDAZA MORDAZA Ca. Chinchon (Nardos) Ca. Los Flamencos Av. Del MORDAZA Sur Av. MORDAZA Carriquiry Av. Canaval y Moreyra Cdra. 1 1 2 10 1 1 1 1 Subtotal 486 Subtotal 1,312 463 Diag. Perp. Diag. 10 14 9 Paral. Diag. Diag. 20 30 40 Perp. Subtotal 8 363 Local Local Local Local Local Par Espacios Espacios Impar Diag. Espacios 9 MORDAZA Via Local Local

Total Espacios Habilitados

18054 del Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ano 2005, a efectos de apreciar si contiene vicios de inconstitucionalidad que determinen la aplicacion de las reglas contenidas en el MORDAZA parrafo del numeral 3) de la parte resolutiva de la sentencia del Tribunal Constitucional MORDAZA aludido, proponga los informes tecnicos, legales y financieros correspondientes, y las medidas correctivas que en su opor tunidad seran consideradas por el pleno del Concejo Municipal. Articulo Tercero.- Pagos a cuenta de tributos.- En tanto se materialice la aplicacion y vigencia de la alternativa que determine el Concejo Municipal de San MORDAZA de Miraflores, conforme al articulo 2º de la presente Ordenanza, la Gerencia de Rentas se encuentra facultada a recibir pagos a cuenta de los contribuyentes por concepto de Arbitrios Municipales del presente ejercicio, con cargo a la determinacion o liquidacion de dichos tributos que realice la municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, en cumplimiento a la MORDAZA que expida con vigencia a partir del 1 de enero del 2006. Articulo Cuarto.- Caracter de Liquidaciones.Precisese que, los documentos que MORDAZA emitido o emita la Gerencia de Rentas relacionados con el pago de Arbitrios Municipales por el ano 2005, no constituyen en ningun caso y bajo ninguna forma o modalidad, actos de cobranza de tributos, considerandose unicamente en documentos de caracter referencial, sujetos a la determinacion o liquidacion de los mismos que realice la municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, en cumplimiento a la MORDAZA que expida con vigencia a partir del 1 de enero del 2006. Articulo Quinto.- Normas Reglamentarias.Facultese al MORDAZA de la municipalidad de San MORDAZA de Miraflores para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias que MORDAZA necesarias para la aplicacion de la presente norma. Articulo Sexto.- Vigencia.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18002

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Establecen disposiciones administrativas para el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente N° 000532004-PI/TC
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000046-MDSJM San MORDAZA de Miraflores,14 de octubre del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital de San MORDAZA de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha, Vistos y Oidos: el Informe Nº 094-2005-MDSJM-GR de fecha 13 de octubre del 2005 de la Gerencia de Rentas, y Proyecto de Ordenanza; Informe Nº 898-2005-MDSJM/GM/OAJ de fecha 13 de octubre del 2005 de la Oficina de Asesoria Juridica de esta Comuna; en uso de las facultades conferidas por el Art. 9º Num. 8) y Art. 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, debatido en el pleno del Concejo, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; y, con el MORDAZA mayoritario se aprobo la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL RECAIDA EN EL EXPEDIENTE Nº 00053-2004-PI/TC Articulo Primero.- Objeto de la norma.- La presente Ordenanza establece disposiciones de caracter administrativo a efectos de dar cumplimiento a la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 00053-2004-PI/ TC, seguido por la Defensoria del Pueblo para que se declare la inconstitucionalidad de las Ordenanzas promulgadas por la Municipalidad de Miraflores, que regulan el regimen de Arbitrios de ese distrito, y que por disposicion del numeral 8 de la parte resolutiva de dicha Sentencia: "tiene fuerza de Ley y, es de obligatorio cumplimiento por las autoridades municipales quienes estan obligados a respetar el cumplimiento de su contenido y cumplir, bajo responsabilidad, las reglas vinculantes establecidas". Articulo Segundo.- Evaluacion de la Ordenanza Tributaria.- La Gerencia de Rentas debera proceder a la evaluacion de la Ordenanza Municipal Nº 000021-2004/ MDSJM y su modificatoria que aprueba el MORDAZA legal

Autorizan viaje de MORDAZA Alcaldesa y Regidora para participar en el "I MORDAZA Internacional sobre Gestion Municipal y Desarrollo", a realizarse en Espana
ACUERDO DE CONCEJO Nº 000129-2005/MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 6 de octubre del 2005

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