Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2006 (11/01/2006)


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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de enero de 2006

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 00522 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 685-2005-EF/10 MORDAZA, 30 de diciembre de 2005 Visto el Oficio Nº 1918-2005-PP-EF/16 del Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, el Instituto de los Hermanos de las Escuelas Cristianas "La Salle" interpuso recurso de apelacion contra la Resolucion del Departamento Nº 66-29-00000892 emitida el 19 de enero de 2004 por el SAT de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que declara inadmisible la reclamacion contra la Orden de Pago Nº 63-11-00000553 girada por impuesto predial del tercer trimestre de 2003; Que, mediante Proveidos Nºs. 00679-1-2004 y 01130-1-2004 del 11 de junio y 20 de agosto de 2004, respectivamente, se requirio y reitero a la Administracion que informara sobre diversos hechos y remitiera diversa documentacion relacionada a la queja interpuesta, otorgandosele para tal efecto el plazo de quince (15) y diez (10) dias habiles, respectivamente; Que, mediante Resoluciones del Tribunal Fiscal Nºs. 08303-1-2004 y 1623-1-2005 del 26 de octubre de 2004 y 11 de marzo de 2005, respectivamente se reitero los referidos Proveidos, otorgandose en ambos casos a la Administracion el plazo de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion respectiva, bajo apercibimiento de formularse la denuncia penal correspondiente; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 034981-2005 del 3 de junio de 2005, se resolvio el recurso presentado con la documentacion que obraba en el expediente y se dispuso se oficie al Procurador del Ministerio de Economia y Finanzas, para que proceda al ejercicio de las acciones legales pertinentes, a fin que proceda a ejercer las acciones legales correspondientes; Que, el articulo 156º del Codigo Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administracion; Que, el incumplimiento por parte del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos contra la Administracion Publica Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 368º y 377º del Codigo Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, ademas, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los

funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto, resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 00523 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 686-2005-EF/10 MORDAZA, 30 de diciembre de 2005 Visto el Oficio Nº 1919-2005-PP-EF/16 del Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpuso queja contra el SAT de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por irregularidades en el procedimiento de ejecucion coactiva referido a la Resolucion Nº 132-016-00000385; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 001471-2005 del 11 de enero de 2005, notificada el 28 de enero de 2005, se declaro fundada la queja interpuesta, debiendo la Administracion proceder a levantar la medida cautelar trabada en el procedimiento de ejecucion coactiva, Expediente Nº 132-074-00005591-ACUM, al haberse interpuesto demanda de revision judicial ante la Primera Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 020112-2005 del 31 de marzo de 2005, notificada el 15 de MORDAZA de 2005, se declaro fundada la queja formulada respecto al mencionado expediente, debiendo procederse al levantamiento de las medidas cautelares trabadas, en tanto al haber la quejosa presentado demanda de revision judicial se suspendio automaticamente el procedimiento de cobranza coactiva materia de queja, lo cual debio implicar el levantamiento de las medidas cautelares, lo que no fue dispuesto expresamente por el ejecutor coactivo; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 031092-2005 del 18 de MORDAZA de 2005, se establecio que del certificado de gravamen que obraba en autos se verificaba que la Administracion no habia cumplido con levantar la medida cautelar de embargo trabada sobre el vehiculo Chevrolet, con placa de rodaje Nº QG-8252, por lo que al

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