Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2006 (11/01/2006)


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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, miercoles 11 de enero de 2006

Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, respectivamente, establecen que MORDAZA de convocar a un MORDAZA de seleccion se debe contar con un Expediente debidamente aprobado para la adquisicion o contratacion respectiva, el mismo que incluira la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento; una vez reunida la informacion, la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones remitira el referido Expediente al funcionario competente de acuerdo a las normas de organizacion interna, para su aprobacion; Que, asimismo, las mencionadas normas legales senalan que cada Entidad definira los procedimientos y plazos para la determinacion y aprobacion del citado Expediente; Que, el articulo 53º del referido Reglamento dispone que la aprobacion de las Bases debe ser por escrito, ya sea mediante resolucion o memorando o algun otro medio donde se exprese de manera indubitable la voluntad de aprobacion; en ningun caso podra ser realizada por el Comite Especial; asimismo, senala que las Bases de las Adjudicaciones Directas y las Adjudicaciones de Menor Cuantia, seran aprobadas por la autoridad correspondiente segun los niveles jerarquicos establecidos en las normas de organizacion interna de la Entidad y que de no existir normas de organizacion interna, el Titular o MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad establecera los niveles de competencia respectivos; Que, el tercer parrafo del articulo 33º de la Ley MORDAZA glosada establece que para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial hasta en un 10%, se debera contar con asignacion suficiente de recursos aprobada por el Titular del Pliego; Que, el primer parrafo del articulo 42º del mencionado Texto Unico Ordenado prescribe que la Entidad podra ordenar y pagar directamente la ejecucion de prestaciones adicionales hasta por el quince por ciento de su monto, siempre que MORDAZA indispensables para alcanzar la finalidad del contrato. Asimismo, podra reducir servicios u obras hasta por el mismo porcentaje; de igual forma, el MORDAZA parrafo del mismo articulo dispone que el contratista podra solicitar la ampliacion del plazo pactado por atrasos y/o paralizaciones ajenos a su voluntad, atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad contratante, y por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados que modifiquen el calendario contractual; Que, el articulo 231º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que el Titular o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra disponer la ejecucion de prestaciones adicionales, para lo cual deberan contar con la asignacion presupuestal necesaria; Que, el numeral 4.2) del articulo 4º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que el Titular de la Entidad puede delegar la autoridad que dicha Ley le otorga, siendo en este caso responsable solidario con el delegado; salvo disposicion en contrario de la referida Ley o su Reglamento; Que, debido a las numerosas convocatorias de procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, es necesario que MORDAZA fluidez y celeridad en el curso de dichos procesos, sin perjuicio de garantizar la debida transparencia que debe existir en todo MORDAZA de seleccion, para lo cual es necesario delegar en el Jefe de la Oficina de Administracion las facultades de aprobacion del Expediente, aprobacion de Bases, autorizacion para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial hasta en un 10% que cuenten con la correspondiente asignacion presupuestal, asi como aprobar la ejecucion de prestaciones adicionales y/o su reduccion y las solicitudes de ampliacion de plazo contractual en los procesos de adjudicacion de menor cuantia para la adquisicion de bienes y contratacion de servicios de las Unidades Ejecutoras024 - Sede Central, 026 - Programa Educacion Basica para Todos, 027 Mejoramiento de la Calidad de la Educcion en los Niveles de Primaria y 029 - Programa Huascaran del Pliego 010 Ministerio de Educacion, durante el Ano Fiscal 2006; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificada por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED;

Articulo 1º.- DELEGAR en el Jefe de la Oficina de Administracion las facultades de aprobacion del Expediente, aprobacion de Bases, autorizacion para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial hasta en un 10% que cuenten con la correspondiente asignacion presupuestal, asi como aprobar la ejecucion de prestaciones adicionales y/o su reduccion y las solicitudes de ampliacion de plazo contractual en los procesos de adjudicacion de menor cuantia para la adquisicion de bienes y contratacion de servicios de las Unidades Ejecutoras 024 - Sede Central, 026 - Programa Educacion Basica para Todos, 027 Mejoramiento de la Calidad de la Educcion en los Niveles de Primaria y 029 - Programa Huascaran del Pliego 010 Ministerio de Educacion, durante el Ano Fiscal 2006. Articulo 2º.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento remitira el expediente a la Oficina de Administracion una vez reunida la informacion sobre las caracteristicas tecnicas, el valor referencia y la disponibilidad presupuestal; asimismo, remitira las solicitudes de prestaciones adicionales, reducciones y ampliaciones que se requieran, para su correspondiente aprobacion. Articulo 3º.- DISPONER que el Comite Especial Permanente o la dependencia encargada de las contrataciones y adquisiciones, en su caso, remitira el Proyecto de Bases del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia a la Oficina de Administracion para su aprobacion; asimismo, remitira a dicha Oficina las propuestas que superen el valor referencial hasta en un 10% que cuenten con la correspondiente asignacion presupuestal, a fin de obtener la autorizacion para otorgar la Buena Pro. Articulo 4º.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a las dependencias involucradas, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 00481

Dejan sin efecto la R.M. Nº 0682-2005ED referida a MORDAZA de seleccion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0010-2006-ED MORDAZA, 6 de enero de 2006 VISTO; la Resolucion Ministerial Nº 0682-2005-ED, la Resolucion Ministerial Nº 760-2005-ED y la Hoja de Coordinacion Interna Nº 1597-2005-OAJ, emitida por la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el 15 de noviembre de 2005, mediante Resolucion Ministerial Nº 0682-2005-ED, se dispuso -entre otras materias-, que el Ministerio de Educacion quedaba exonerado del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica por causal de servicios personalisimos a efectos de la realizacion de la MORDAZA publicitaria "CARRERA PUBLICA MAGISTERIAL" y se autorizaba a contratar de forma directa desde el 17 de noviembre de 2005 hasta el 16 de diciembre de 2005, los servicios de difusion de spots a las Estaciones de Radio "Radio Programas del Peru am/fm", "Radiomar Plus", "Inca Sat", "Radio Moda" y "Radio CPN fm"; por un valor referencial de S/. 153, 786.75 (Ciento Cincuenta y Tres Mil Setecientos Ochenta y Seis y 75/100 nuevos soles); Que, el 22 de diciembre de 2005, en virtud a lo informado por la Oficina de Prensa y Comunicaciones mediante Memorandum Nº 694-2005-SG-OPYC-ME, se emitio la Resolucion Ministerial Nº 0760-2005-ED, la misma que disponia la modificacion de los articulos 1º, 2º y 3º de la citada Resolucion Ministerial Nº 0682-2005ED, exonerando al Ministerio de Educacion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica a efectos de la realizacion de la MORDAZA publicitaria "CARRERA

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