Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2006 (21/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 110

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 21 de enero de 2006

no cumplan con presentar su Plan Maestro Optimizado dentro de los plazos establecidos para tal fin, la Superintendencia podra establecer la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion de oficio, de acuerdo con la directiva que para tal efecto apruebe; Que, la Septima Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Supremo Nº 016-2005-VIVIENDA preve que la EPS cuya formula tarifaria concluya en el ano 2005 y que han presentado a la Superintendencia su Plan Maestro, supuesto en el cual se encuentra SEDAPAL S.A., deberan presentar a dicho organismo regulador su Plan Maestro Optimizado para efectos de solicitar la aprobacion de su formula tarifaria conforme al Titulo IV del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, en un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario a partir de la entrada en vigencia del referido Decreto Supremo, plazo que vencio el 7 de octubre de 2005; Que, ademas, resulta necesario establecer las tarifas de la referida empresa para los proximos cinco anos, de manera que propicien la eficiencia economica, la viabilidad financiera, la sostenibilidad en la prestacion del servicio y la atencion a los requerimientos de los usuarios; Que, el articulo 30º de la "Directiva sobre el Procedimiento de Aprobacion de Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion en los Servicios de Saneamiento", Resolucion de Consejo Directivo Nº 0332005-SUNASS-CD, preve que la Gerencia de Regulacion Tarifaria inicia el procedimiento de aprobacion de oficio de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion de las EPS, cuando habiendo transcurrido el plazo previsto para la MORDAZA del Plan Maestro Optimizado, la EPS no ha cumplido con presentarlo; Que, a fin de iniciar el referido procedimiento, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el articulo 31º de la "Directiva sobre el Procedimiento de Aprobacion de Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion en los Servicios de Saneamiento"; En virtud de los dispositivos legales citados y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar el desistimiento del procedimiento de aprobacion de formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion para los proximos cinco anos de la empresa Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA, SEDAPAL S.A., iniciado mediante Resolucion de la Gerencia de Regulacion Tarifaria Nº 001-2006-SUNASS-GRT, y declarar por concluido dicho procedimiento. Articulo 2º.- Iniciar el procedimiento de aprobacion de oficio de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion para los proximos cinco anos de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA, SEDAPAL S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOPEZ-AMERI Gerente de Regulacion Tarifaria 01279

Que mediante la Resolucion de Superintendencia Nº 0022000/SUNAT y normas modificatorias, se aprueba disposiciones sobre la forma y las condiciones generales para la MORDAZA de declaraciones tributarias determinativas e informativas a traves de los formularios virtuales generados por los Programas de Declaracion Telematica (PDT); Que, asimismo, la Resolucion de Superintendencia Nº 1292002/SUNAT y normas modificatorias, precisada por la Resolucion de Superintendencia Nº 133-2002/SUNAT, senala los sujetos obligados a presentar declaraciones determinativas a traves de los formularios virtuales generados por los PDT y, adicionalmente, mediante la Resolucion de Superintendencia Nº 138-2002/SUNAT se senala nuevos sujetos obligados; Que, por su parte, la Resolucion de Superintendencia Nº 193-2005/SUNAT aprueba el PDT Remuneraciones Formulario Virtual Nº 600 - version 4.4; Que, igualmente, la Resolucion de Superintendencia Nº 201-2005/SUNAT aprueba el PDT Fracc. 36º C.T., Formulario Virtual Nº 687 "Solicitud de acogimiento al Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la deuda tributaria"; Que, de otro lado, mediante el Decreto Supremo Nº 176-2005-EF se aprueba el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el ano 2006; Que, asimismo, el Decreto Supremo Nº 016-2005TR contempla el reajuste del monto de la Remuneracion Minima MORDAZA (RMV) de los trabajadores sujetos al regimen laboral de la actividad privada; Que teniendo en cuenta lo senalado, se hace necesaria la actualizacion del valor de la UIT en el PDT Remuneraciones Formulario Virtual Nº 600, con el fin de que permita a los deudores tributarios calcular correctamente el credito contra las aportaciones al Regimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud (RCSSS), asi como la actualizacion del monto de la RMV a efecto de determinar correctamente la base imponible minima para el calculo de las aportaciones al RCSSS de los trabajadores afiliados a la MORDAZA de Beneficios y Seguridad Social del Pescador, mediante la aprobacion de una nueva version del mencionado PDT Remuneraciones Formulario Virtual Nº 600; Que, adicionalmente, resulta necesaria la actualizacion del valor de la UIT en el PDT Fracc. 36º C.T., Formulario Virtual Nº 687, para la determinacion del monto minimo de la deuda tributaria que puede ser materia de una solicitud de aplazamiento, el importe minimo de la cuota MORDAZA del fraccionamiento y el monto de la deuda tributaria materia del aplazamiento y/o fraccionamiento a garantizar; En uso de las facultades conferidas por los articulos 36º y 88º del TUO del Codigo Tributario, el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 005-2005-TR, el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBACION DE LAS NUEVAS VERSIONES DEL PDT REMUNERACIONES Y DEL PDT FRACC. 36º C.T. Apruebase las nuevas versiones del PDT Remuneraciones y del PDT Fracc. 36º C.T. a ser utilizadas por los deudores tributarios para la elaboracion y la MORDAZA de la declaracion determinativa y de la solicitud de acogimiento al aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria, respectivamente, a traves de los formularios virtuales que a continuacion se detallan: PDT Remuneraciones Fracc. 36º C.T. FORMULARIO VIRTUAL Nº 600 - version 4.5 687 - version 1.1

SUNAT
Aprueban nuevas versiones del PDT Remuneraciones, Formulario Virtual Nº 600 y del PDT Fracc. 36º C.T., Formulario Virtual Nº 687
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 015-2006/SUNAT MORDAZA, 20 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que el articulo 88º del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, faculta a la Administracion Tributaria a establecer para determinados deudores tributarios la obligacion de presentar la declaracion tributaria por medios magneticos;

Articulo 2º.- OBTENCION Y UTILIZACION DE LAS NUEVAS VERSIONES DEL PDT REMUNERACIONES, FORMULARIO VIRTUAL Nº 600 Y DEL PDT FRACC. 36º C.T., FORMULARIO VIRTUAL Nº 687 2.1 PDT Remuneraciones Formulario Vir tual Nº 600 - version 4.5 El PDT Remuneraciones Formulario Virtual Nº 600 version 4.5 estara a disposicion de los interesados en SUNAT Virtual a partir del 26 de enero de 2006. Los sujetos obligados a presentar sus declaraciones determinativas a traves del formulario virtual generado por el PDT Remuneraciones deberan utilizar la nueva version

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